Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2005 (28/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 28 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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de las tendencias mundiales de franquicia para lograr una vision de conjunto sobre el MORDAZA, conocer la oferta especializada, identificar las novedades y establecer contactos y redes de cooperacion con otros agentes del sector; Que, en tal razon, PROMPEX ha programado una visita a las ciudades de Mexico D.F. y Jalisco ­ Estados Unidos Mexicanos, del 28 de noviembre al 3 de diciembre del 2005, donde se han coordinado reuniones y visitas a diversas instituciones de Comercio Exterior : PROSOFT, BANCOMEXT, Asociacion Mexicana de Marketing Directo, Camara Nacional de Consultoria Empresarial, Asociacion Internacional de Franquicias Mexico, Asociaciones de Software, entre otras; Que, por ser de interes institucional, el Director Ejecutivo de PROMPEX solicita que se autorice el viaje de dos profesionales, para que en representacion de la Entidad, participen en las referidas reuniones; Que, el literal c) del articulo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, establece que PROMPEX, es un Organismo Publico Descentralizado del sector Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Edery Munoz, Gerente de Programas y Proyectos Multisectoriales de PROMPEX, y de la senorita MORDAZA Velezmoro MORDAZA, profesional que presta servicios en la Gerencia de Programas y Proyectos Multisectoriales de PROMPEX, a las ciudades de Jalisco y Mexico D.F, Estados Unidos Mexicanos, del 28 de noviembre al 2 de diciembre del 2005, para los fines senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comision para la Promocion de Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comision para la Promocion de Exportaciones, Funcion 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promocion Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle:
Sr. MORDAZA MORDAZA Edery Munoz: - Viaticos (US$ 220,00 x 4 dias) : US$ 880,00 - Pasajes : US$ 1 030,00 - Tarifa Corpac : US$ 28,24 Srta. MORDAZA Velezmoro Jauregui: - Viaticos (US$ 220,00 x 4 dias) : US$ 880,00 - Pasajes : US$ 1 030,00 - Tarifa Corpac : US$ 28,24

EDUCACION
Autorizan contratacion de servicio de limpieza de la sede central y locales anexos del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0698-2005-ED MORDAZA, 23 de noviembre de 2005 VISTO; el Memorandum Nº 3344-2005-ME/SG-OAUA, emitido por la Unidad de Abastecimiento; el Memorandum Nº 694-2005-ME/SG-OA-UA-APP, emitido por el Area de Procesos Publicos de la Unidad de Abastecimiento; y, el Informe Nº 2010-2005-ME/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorandum Nº 3344-2005-ME/ SG-OA-UA y el Memorandum Nº 694-2005-ME/SG-OAUA-APP, la Jefe de la Unidad de Abastecimiento comunica la necesidad de contar con el "Servicio de Limpieza de la Sede Central y locales anexos del Ministerio de Educacion" y sustenta la necesidad de contratar dicho servicio por causal de desabastecimiento inminente por el periodo de ochenta y cinco (85) dias o hasta la suscripcion del contrato que derive del Concurso Publico Nº 0011-2005-ED; Que, con relacion a lo anterior, se informa que el citado MORDAZA de seleccion, convocado para la contratacion de servicio cuya contratacion se persigue exonerar, aun se encuentra en marcha, debido a que la buena pro ha sido apelada por dos empresas participantes, encontrandose en tramite la absolucion de las apelaciones en MORDAZA instancia administrativa al interior del Ministerio de Educacion y, eventualmente, el pronunciamiento pueda ser impugnado mediante recurso de revision ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, mediante el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el ar ticulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y el articulo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso b) del articulo 19º de la Ley; Que, en tal sentido, mediante el Memorandum Nº 3344-2005-ME/SG-OA-UA, el Memorandum Nº 6942005-ME/SG-OA-UA-APP y el Informe Nº 2010-2005ME/SG-OAJ, se da cumplimiento a dicho requerimiento legal; Que, mediante el Memorandum Nº 3344-2005-ME/ SG-OA-UA y el Memorandum Nº 694-2005-ME/SG-OAUA-APP, emitidos por Unidad de Abastecimiento, se sustenta tecnicamente la exoneracion en la necesidad inmediata de contar con el "Servicio de Limpieza de la Sede Central y locales anexos del Ministerio de Educacion", precisando que el Ministerio de Educacion podria quedar desabastecido de un servicio esencial para su normal funcionamiento;

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, los representantes de PROMPEX, autorizados mediante el articulo 1º de la presente resolucion, presentaran al Titular de la Entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentaran la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a liberacion o exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 20163

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