Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2005 (28/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de noviembre de 2005

Que, en base a la informacion proporcionada por el area competente, mediante Informe Nº 2010-2005-ME/ SG-OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica concluye que, en el presente caso, se ha configurado el supuesto de hecho de la causal de exoneracion por situacion de desabastecimiento inminente; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que ante una Situacion de desabastecimiento inminente, la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º del mismo cuerpo normativo, el cual regula las responsabilidades y sanciones; Que, mediante Hojas de Coordinacion Interna Nºs. 1024 y 1032-2004-ME-SPE/UP la Unidad de Presupuesto , opino favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para dicha contratacion; Que, siendo el plazo por el cual se pretende exonerar de ochenta y cinco (85) dias o hasta la suscripcion del contrato que se origine del Concurso Publico Nº 00112005-ED, lo que suceda primero, el monto por el cual se efectuara la exoneracion es hasta por la suma de S/. 98,888.15 (Noventa y Ocho Mil Ochocientos Ochenta y Ocho y 15/100 Nuevos Soles), monto que cuenta con certificacion presupuestal correspondiente; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante acciones inmediatas y el articulo 148º de su Reglamento establece que se requiere invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de acciones inmediatas el referido servicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoricese a contratar el "Servicio de Limpieza de la Sede Central y locales anexos del Ministerio de Educacion" a traves de acciones inmediatas por el plazo de ochenta y cinco (85) dias o hasta la suscripcion del contrato que se derive del Concurso Publico Nº 00112005-ED, lo que suceda primero, hasta por la suma de S/. 98,888.15 (Noventa y Ocho Mil Ochocientos Ochenta y Ocho y 15/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Oficina de Administracion del Ministerio de Educacion, y de

conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM. Articulo 3º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 4º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 20105

Autorizan Transferencias Financieras del Ministerio de Educacion - Unidad Ejecutora Programa de Educacion en Areas Rurales al MIMDES - Unidad Ejecutora FONCODES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0701-2005-ED MORDAZA, 23 de noviembre de 2005 Visto, el Informe Nº 007-2005/COMPFE-PME-PEAR, del Area de Programacion, Monitoreo y Evaluacion del Proyecto de Educacion en Areas Rurales; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 131-2003-EF, del 17 de septiembre del 2003, se aprueba la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF, hasta por la suma de US $ 52 500 000, 00 (CINCUENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Educacion en Areas Rurales"- PEAR a ser ejecutado por el Ministerio de Educacion, con la participacion de FONCODES; Que, en virtud al proyecto de Educacion en Areas Rurales, cuyo objetivo es la reduccion de las brechas en acceso y rendimiento en la educacion basica entre las areas MORDAZA y rural contribuyendo a la lucha contra la pobreza y a favor de la equidad, se celebro el Contrato de Prestamo Nº 7176/PE; Que, el Contrato de Prestamo Nº 7176/PE celebrado entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano para la Reconstruccion y Fomento - BIRF, en la Clausula 3.04 del articulo III, establece que el prestatario a traves del Ministerio de Educacion debera celebrar un convenio con FONCODES, a efectos de garantizar la participacion de FONCODES en los subproyectos de infraestructura; Que, el Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Educacion y el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social (FONCODES) para el Proyecto de Educacion en Areas Rurales "Convenio PEAR", en el numeral 4.1 de su clausula cuarta, establece : "El financiamiento de EDUCACION que corresponde tanto al credito externo como los recursos provenientes de la contrapartida nacional, seran presupuestados anualmente dentro del Presupuesto Institucional de Apertura de su Pliego. Asimismo, EDUCACION realizara la transferencia financiera de estos recursos a FONCODES, en base a la normatividad legal vigente con la finalidad de que los administre y ejecute en forma directa. La transferencia estara sujeta a la aprobacion de las programaciones y compromisos mensuales, de acuerdo a lo que indica el manual de Operaciones del PEAR, que debera contar con la no objecion de la entidad financiera correspondiente";

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