Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2005 (28/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, lunes 28 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Designan Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 502-2005-CG MORDAZA, 24 de noviembre de 2005 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 075-2005-CG/ OCI emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, modificado por Ley Nº 28557, la Contraloria General aplicando el MORDAZA de caracter tecnico y especializado del control, nombra mediante concurso publico de meritos a los Jefes de los Organos de Control Institucional; Que, de acuerdo al MORDAZA parrafo de la Tercera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG, los Jefes de los Organos de Control Institucional que ejercen funciones en calidad de encargados, continuaran prestando servicios temporalmente en dicha condicion, hasta que la Contraloria General de la Republica efectue la designacion correspondiente; Que, conforme al documento de visto, la Jefatura del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA se encuentra en calidad de encargado; Que, en ese sentido a efecto de garantizar el normal desarrollo de las funciones del Organo de Control Institucional de la citada entidad y habiendo este Organismo Superior de Control convocado el concurso publico de meritos Nº 002-2003-CG/GDE para cubrir las plazas de Jefes de los Organos de Control Institucional para las entidades sujetas a control; se ha propuesto designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional seleccionado en el mencionado concurso, en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, la Gerencia de Finanzas mediante Memorando Nº 883-2005-CG/FI, senala que existe la disponibilidad presupuestal para el pago del diferencial remunerativo que corresponde al mencionado profesional, en relacion al nivel y categoria correspondiente aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 433-2003-CG; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, modificada por Ley Nº 28557 a lo dispuesto en el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004CG y en las Resoluciones de Contraloria Nºs. 433-2003CG y 097-2004-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria. Articulo Segundo.- El profesional a que se refiere el articulo precedente, mantendra su plaza de origen, teniendo derecho a percibir el diferencial remunerativo, respecto al nivel y categoria del cargo al que ha sido designado, de acuerdo a lo previsto en la Resolucion de Contraloria Nº 097-2004-CG, durante el ejercicio efectivo de dicho cargo. Articulo Tercero.- El egreso que irrogue lo dispuesto en el articulo precedente, sera con cargo a la Fuente de

Financiamiento 00, Recursos Ordinarios del Pliego 019 Contraloria General, Unidad Ejecutora 001, Funcion 03, Programa 005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 20118

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Declaran no ha lugar la imposicion de sancion administrativa a postor de MORDAZA de seleccion convocado por la Municipalidad Distrital de Ate
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1074/2005.TC-SU

Sumilla: No corresponde sancionar al Postor, al no haberse configurado la infraccion tipificada en el literal a) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM
MORDAZA, 15 de noviembre de 2005 Visto, en sesion de la Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de fecha 31 de octubre de 2005, el Expediente Nº 1421/2004.TC, referido al procedimiento de aplicacion de sancion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por presunta responsabilidad en la omision injustificada de suscribir contrato derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0013-2004-CE/ MDA, convocada por la Municipalidad Distrital de Ate para la contratacion de los servicios de provision e instalacion de puertas contraplacadas, ventanas, mamparas, "tabique-ventana", tabique de melamine y pasamanos de escalera, para la obra de ampliacion del Palacio Municipal; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 07 de diciembre de 2004, la Municipalidad Distrital de Ate, en adelante la Entidad, comunico a este Colegiado, que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en lo sucesivo el Postor, no suscribio injustificadamente el contrato derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 00132004-CE/MDA, convocada para la contratacion de los servicios de provision e instalacion de puertas contraplacadas, ventanas, mamparas, "tabiqueventana", tabique de melamine y pasamanos de escalera, para la obra de ampliacion del Palacio Municipal. Sostiene la Entidad, que mediante Carta Nº 112-2004SGL-GA-MDA del 5 de octubre de 2004, notifico al Postor el consentimiento de la Buena Pro, invitandolo para la suscripcion del contrato "dentro de los proximos 10 dias utiles ". Anade ademas, que en vista de no haberse apersonado el Postor dentro del plazo concedido, fijo el 25 de octubre de 2004, como la MORDAZA fecha para la firma del contrato, ocasion en la que tampoco se hizo presente. De acuerdo con los hechos senalados, la Entidad solicito que se imponga la sancion legalmente establecida, en vista de haberse configurado la conducta tipificada en el inciso a) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. 2. El 9 de diciembre de 2004, el Tribunal dispuso la apertura de procedimiento administrativo sancionador en contra de la Contratista, por la presunta comision de la infraccion tipificada en el inciso a) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0132001-PCM.

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