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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (02/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 39

PÆg. 301491 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de octubre de 2005 Artículo 14º.- Informe Técnico Los importes de los arbitrios se determinarán de acuerdo al Informe Técnico Anexo que forma parteintegrante de la presente Ordenanza. CAPÍTULO CUARTO DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Los montos pagados hasta el día de la publicación de la Sentencia recaída en el ExpedienteNº 00053-2004-PI/TC, acontecida el 17 de agosto de 2005,no serán objeto de devolución o compensación alguna. Segunda .- Los montos de los arbitrios correspondientes a los ejercicios 1996 a 2000 seránmodificados, conforme a lo establecido en la presenteOrdenanza. No obstante será de aplicación lo dispuestopor el Tribunal Constitucional con relación a la prescripciónde los mismos, la misma que deberá ser solicitada por los contribuyentes. En consecuencia, las Resoluciones de Determinación y otras liquidaciones que al respecto sehubiesen emitido, serán dejadas sin efecto, así como losactos dictados sobre la base de aquellos. La nueva deuda determinada serán actualizados con el IPC hasta la publicación de la presente norma. A partir del 31 de octubre de 2005 será actualizará con la TIM. Tercera.- Para los ejercicios 1998 a 2005, serán aplicables los regímenes tributarios regulados por lasOrdenanzas que a continuación se señala, en cuanto nose opongan a la presente Ordenanza ni a las Sentenciasdel Tribunal Constitucional. Año 1998: Ordenanza Nº 137 Año 1999: Ordenanza Nº 137Año 2000: Ordenanza Nº 137Año 2001: Ordenanza Nº 297Año 2002: Ordenanza Nº 297 Año 2003: Ordenanza Nº 297 Año 2004: Ordenanza Nº 562Año 2005: Ordenanza Nº 562 Asimismo, respecto de los años 1996 y 1997, continúan rigiendo las Ordenanzas Nºs. 182-93, 205, y 108; excepto en lo relacionado con los criterios de distribución del costo y determinación del tributo, así como en todo lo que seoponga a la presente Ordenanza y a las Sentencias delTribunal Constitucional. Cuarta.- El Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, SAT deberá adecuar sus sistemas de información hasta el 3 de octubre de 2005, a efectos de aplicar la presente Ordenanza conforme a loseñalado por el Tribunal Constitucional. Los montos producto de la nueva determinación deberán ser publicados en la página web del Servicio deAdministración Tributaria - SAT. Quinta.- Facultar al Servicio de Administración Tributaria-SAT, a dictar las disposiciones reglamentariasnecesarias para la correcta aplicación de la presenteOrdenanza. Sexta.- Con la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, quedan sin efecto todos los Acuerdos de Concejo que hayan ratificado Ordenanzas Distritales sobre Arbitrios Municipales declarados inconstitucionales o quepresenten vicios de inconstitucionalidad, de acuerdo a lostérminos y criterios expuestos por las Sentencias delTribunal Constitucional. Sétima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Ampliar el plazo señalado en la Ordenanza Nº 727, que regula la presentación de las solicitudes de ratificación de Ordenanzas Tributarias, únicamente enmateria de arbitrios municipales y para el presente periodode ratificación, de conformidad con el siguientecronograma: - Años anteriores al 2006: Hasta el 17 de octubre de 2005.- Año 2006: Hasta el 31 de octubre de 2005. Segunda.- Dejar sin efecto la Disposición Final Única de la Ordenanza Nº 726, en virtud de la cual se modificóel segundo párrafo del inciso a) del artículo 4.2. de la Ordenanza Nº 607, sobre la relación entre costos directose indirectos o gastos administrativos; y en consecuencia, los costos indirectos o gastos administrativos de las tasasantes señaladas, no deberán superar el 10% del costototal incurrido en la prestación de cada uno de los servicios. Tercera.- Excepcionalmente, para los procedimientos de ratificación de las Ordenanzas que regulan los tributosseñalados en la Primera Disposición Transitoria, el Serviciode Administración Tributaria-SAT se encuentra facultadoa emitir un único requerimiento, el cual deberá ser atendidoen el plazo máximo de cinco (5) días hábiles. El incumplimiento de la atención del requerimiento, la contestación parcial del mismo o el cumplimiento fueradel plazo establecido, dará lugar a la devolución de lasolicitud de ratificación. Sin perjuicio de ello, y bajoresponsabilidad de los funcionarios competentes, lasolicitud podrá ser nuevamente presentada, por única vez, en el plazo máximo de diez días hábiles. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los quince días del mes de setiembre del año dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima ANEXO I PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS DEL CERCADO DE LIMA: AÑO 2002 CASA MUNICIPAL Nº 1 Nº NOMBRE Nº de UBICACIÓN Hás. 1 ALAMEDA CHABUCA GRANDA 0.10 2 AV. ALFONSO UGARTE (B. CENTRAL) 0.15 3 AV. WILSON (BERMA CENTRAL) 0.10 4 PARQUE DEL CONGRESO 0.20 Jr. J unín- Jr. Andahuaylas- Pasaje Rodríguez 5 PARQUE MONSERRATE 0.10 Jr. Tayacaja- Jr. Callao 6 PARQUE UNIVERSITARIO 0.60 Av. Nicolas de Piérola- Jr. Azángaro - Av Abancay 7 PASEO DE HEROES NAVALES 0.90 Av. P aseo de la República cuadras 1-2-3 8 PLAZA 2 DE MAYO 0.20 Av. Nicolas de Piérola - Av Alfonso Ugarte- Av Colonial 9 PLAZA BOLIVAR 0.20 Av. Abancay- Psje Simón Rodríguez - Jr. Junín 10 PLAZA ELGUERA 0.03 Jr. Quilca - Jr. Rufino Torrico-Av. Garcilazo de la Vega 11 PLAZA FRANCIA 0.06 Jr. Rufino Torrico- Jr. Camaná- Jr. Tambo de Belen 12 PLAZA CASTAÑETA 0.63 Jr. Miroquesada- Jr. Cuzo- Jr. Ayacucho 13 PLAZA MAYOR 0.20 Jr. Callao-Huallaga-Junín- Conde de S- Jr. De la Unión 14 PLAZA RAMON CASTILLA 0.40 Av. Alf onso Ugarte - Av Emancipación - Av Argentina 15 PLAZA SAN MARTIN 0.60 Av. Nicolas de Piérola - Jr. De la Unión - Jr Carabaya 16 PLAZA SANTA ROSA 0.25 Jr. Tacna-Jr. Callao 17 PLAZUELA SAN MARCELO 0.05 Av. Emancipación- Jr. Rufino Torrico 18 PLAZUELA SANTA CLARA 0.15 Jr. Andahuaylas - Jr. Puno- Jr. Inam 19 PLAZUELA ARAMBURU- GUADALUPE 0.03 Jr. Azángaro- Jr. Miguel Aljovín 20 PLAZUELA MOLINO DEL GATO 1.30 Jr. Jorge Chávez- Callejon Molino del Gato - Jr. Pacasmayo 21 PLAZUELA SAN AGUSTIN 0.01 Jr. Camaná 22 PLAZUELA SANTO DOMINGO 0.06 Jr. Conde de Superunda - Jr.Camana 23 MALECON SANTA ROSA 0.30 Puente Santa Rosa - Polvos Azules 24 CAMPO FERIAL LAS MALVINAS 0.10 Av. Argentina cdra 1 Total Hectáreas 6.72 CASA MUNICIPAL Nº 2 Nº NOMBRE Nº de UBICACIÓN Hás. 1 AV. AREQUIPA (B. CENTRAL) 0.85 2 AV. WILSON (BERMA CENTRAL) 0.10 Entre 28 de Julio y Av Bolivia