Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (06/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

PÆg. 301782 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de octubre de 2005 a partir del Oficio Nº 224-2005-GR/MSJL del 24 de julio del presente año, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho reformuló la estructura de costos del servicio señalando que el costo total incurrido para laprestación del servicio en el distrito asciende ahora a S/. 2,535,028.54, lo cual significa un aumento de casi un millón de soles respecto del costo inicialmenteaprobado con la Ordenanza Nº 061. Que, en lo que se refiere a las inafectaciones, en el artículo 15º de la Ordenanza Nº 061, se señala quiénesse encuentran inafectos al pago de la tasa por estacionamiento vehicular temporal. Que, asimismo, en la Ordenanza Nº 061 se indica que la tasa de estacionamiento vehicular temporal (por cada 30 minutos o fracción sea de S/. 0.50) será cobrada en el horario de lunes a domingo de 08:00 a 23:00 horas de acuerdo a loindicado en el artículo 11º, cuyo listado de las áreas establecidas para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular temporal está señalado en el artículo 13º de laOrdenanza Nº 061 (Cuadro de Calles y Avenidas Habilitadas para la Prestación del Servicio de Estacionamiento Vehicular en el Distrito), cuya cantidad de espacios aprobados seráusado para la determinación de la tasa. Que, mediante Ordenanza Nº 068, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, emite una nuevaestructura de costos y estimación de ingresos, por lo que el Servicio de Administración Tributaria-SAT procedió a analizar el cumplimiento de los requerimientos técnicospara la ratificación de la Ordenanza Nº 061. Que, el Servicio de Administración Tributaria-SAT verificó, que en la estructura de costos anual se ha considerado lossiguientes rubros: mano de obra, materiales, mantenimiento de señalización, refrigerios, uniformes, personal administrativo, mantenimiento de pistas y veredas, entreotros. Dicha estructura se encuentra dividida en costos directos, costos indirectos y costos fijos, estando el porcentaje de los costos indirectos alrededor del 9.0%manteniéndose en el margen permitido. Entonces se tiene que el costo de brindar el servicio de estacionamiento temporal en el año asciende a S/. 2,535,028.26 tal como seobserva en el Anexo Nº 1 del informe del Servicio de Administración Tributaria-SAT. Que, para verificar el financiamiento de los costos incurridos por la Municipalidad de San Juan de Lurigancho en la prestación efectiva del servicio, el Servicio de Administración Tributaria-SAT ha efectuado la estimaciónde ingresos y la determinación de la tasa por estacionamiento vehicular temporal siguiendo los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000005. Que, de otro lado, con el cambio y la subsanación realizada, el costo original en que la Municipalidad de San Juan de Lurigancho incurría se incrementó en casi un millónde soles, originándose un incremento del costo en aproximadamente 60% respecto del inicialmente establecido. Que, la metodología especificada en la Directiva antes mencionada ha utilizado como base información como los 908 espacios físicos disponibles, las 15 horas de servicio por zona, los días y porcentajes de uso de losespacios de la semana, el número de semanas del período y el costo anual del servicio para calcular la tasa referida. De esa forma, el ingreso estimado anual asciende aS/. 2,478,840.00 conforme se aprecia en el Anexo Nº 2, del informe del Servicio de Administración Tributaria-SAT. Dicho ingreso permite financiar el 97.8% de los costos. Que, al respecto, es preciso señalar que si bien la información antes mencionada evidencia un aumento en la estructura de costos y estimación de ingresos, la evaluaciónque efectúa el Servicio de Administración Tributaria respecto de la presente solicitud de ratificación se realiza sobre la base de la información y documentación que la MunicipalidadDistrital de San Juan de Lurigancho presentó como sustento de sus costos y cobros, la cual tiene carácter de declaración jurada según lo dispuesto en el inciso b) del artículo 2º de laOrdenanza Nº 607 que regula el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Distritales para la provincia de Lima. Que, cabe señalar que los cambios en la composición de la estructura de costos presentada por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho originan la aparición del supuesto recogido en el incisob) del artículo 2º de la Ordenanza Nº 607, que establece: “en caso de observarse indicios razonables acerca de la presentación de información falsa o adulterada porparte de la Municipalidad Distrital, el Servicio de Administración Tributaria- SAT remitirá la información o documentación a la Contraloría General de la Repúblicao al Ministerio Público, según sea el caso, para la investigación y/o sanción que corresponda”. Que, en atención a ello, sin perjuicio de proseguir con el procedimiento de ratificación, el Servicio de AdministraciónTributaria-SAT ha dispuesto la remisión a la Contraloría General de la República de copia de la documentación correspondiente al expediente de ratificación de las Ordenanzas Nºs. 061 y068, a efectos que dicha entidad evalúe la pertinencia de iniciar una acción de control a fin de verificar la veracidad de los montos establecidos en la estructura de costos sobreestacionamiento vehicular aprobada por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Que, en lo que se refiere a la publicidad de las normas municipales, es preciso anotar que el artículo 44º de la Ley Nº 17972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone la obligación de las Municipalidades Distritales que conformanla provincia de Lima de publicar en el Diario Oficial El Peruano sus Ordenanzas, Decretos de Alcaldía y los Acuerdos sobre remuneración del Alcaldes y dietas de los Regidores. Que, asimismo debe tenerse presente que el artículo 26º de la Ordenanza Nº 739 establece que la publicación de la Ordenanza sobre la tasa de estacionamientotemporal deberá de efectuarse también respecto de los cuadros de estructura de costos del servicio y de estimación de ingresos por el servicio a prestar. Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho no ha publicado aún las Ordenanzas Nºs. 061 y 068, situación que se mantiene pendiente a lafecha. En ese sentido, la procedencia de la solicitud de ratificación se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación del texto Íntegro de las Ordenanzas Nºs. 061 y068, en particular de los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos aprobados en cada uno de los casos. Que, sin perjuicio de lo antes mencionado, deberá tenerse presente que en aplicación del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben serratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia y exigibilidad; por lo que su aplicación antes del cumplimiento de lacondición señalada resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen No. 177-2005-MML-CMAEDO; ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 061-MSJL modificada por la Ordenanza Nº 068-MSJL, mediante las cuales se establece la tasa por estacionamiento vehiculartemporal en el distrito de San Juan de Lurigancho. Se deja establecido que la procedencia de la presente ratificación se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicaciónen el Diario Oficial El Peruano el texto íntegro de las Ordenanzas Nºs. 061 y 068, conjuntamente con los cuadros de estructura de costos y de estimación de ingresosaprobados por dichas Ordenanzas; por lo que su aplicación sin el cumplimiento de dicha condición, es responsabilidad de las funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. Artículo Segundo.- Se exhorta a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a efectos de que se proceda a la publicación de las Ordenanzas Nº 061-MSJLy Nº 068-MSJL y anexos. Artículo Tercero.- Sin perjuicio de proseguir con el procedimiento de ratificación de las presentes Ordenanzas,que se realiza sobre la base de la información y documentación que la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho presentó como sustento de sus costos y cobros, la cual tienecarácter de declaración jurada, de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Nº 607, que regula el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Distritales para la provincia de Lima,teniendo en cuenta que los cambios en la composición de la estructura de costos presentada inicialmente por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho originan laaparición del supuesto recogido en el inciso b) del artículo 2º de la precitada Ordenanza, es necesario que el Servicio de Administración Tributaria - SAT remita toda la documentaciónsustentatoria de las Ordenanzas materia de la presente ratificación a los órganos de control que correspondan, para la investigación y/o sanción pertinente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde