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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G31/G38/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de octubre de 2005 la Municipalidad Distrital de Cayma, DISPONIÉNDOSE ADEMÁS se amplíe su contenido y alcances. Artículo Segundo.- DECLARAR IMPROCEDENTE la Excepción de Incompetencia, e IMPROCEDENTE lasolicitud de Interrupción del Proceso AdministrativoDisciplinario, ambos presentados por la Abog. Patricia Mónica Aguilar Mamani. Artículo Tercero.- DISPONER se efectúe la correspondiente notificación a la Abog. Patricia MónicaAguilar Mamani, así como las publicaciones conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JACINTO BENAVENTE NÚÑEZ Alcalde 17125 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS ÓRGANOS /G41/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 053-2005.MDLO/CM Los Órganos, quince de julio del año dos mil cinco. EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS ORGANOSVISTO: El Oficio Nº 161.2005.CG.GDES de Contraloría General de la República, Informe Nº 042.2005.MDLO/OAL, de Asesoría Legal, referente a Subsanación de Omisiones en el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 086.2004.MDLO/CM, del 12.12.04; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos del Gobierno Local que emanan de la voluntad popular son personasjurídicas de derecho público con autonomía económica yadministrativa en los asuntos de su competencia. Que, en el Oficio Nº161.2005.CG.GDES, de Contraloría General de la República, solicita se subsane omisiones en el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 086.2004.MDLO/CM, del 12.12.04, a fin de precisar al locador que prestará elservicio en su fundamentación de su especialización y asímismo precisar la fuente de financiamiento a afectar, el valorreferencial y el período que se requiere para contratar elservicio mediante la exoneración. Que, el Asesor Legal en su Informe Nº 142.2004.MDLO/OAL, da a conocer que en cumplimiento a la subsanación de omisionesen el citado Acuerdo de Concejo, se precisa lo siguiente: MedianteResolución de Alcaldía Nº 185.2005.MDLO/A de fecha 4.5.05,se aprobó contratar a la Empresa Maquinaria Junior’s y ServiciosGenerales E.I.R.L. y en su parte considerativa señala que ésta tiene los recursos humanos que se encargarán de la fiscalización, como son el Contador MIGUEL PAZ MORENO, EL INGENIEROALEX ELEXPURO VILLAVICENCIO, EL C.P.C. PEDRO VIERA QUISPE Y EL INGENIERO CIVIL JUAN DIAZ PONCE, losmismos que cuentan con la experiencia y especialización defiscalización tributaria. El valor referencial es de S/.60,000.00nuevos soles como por un período desde el 4 de mayo hasta el31 de diciembre del 2005, según contrato suscrito. Que, la fuente de financiamiento a afectar es la Nº 08: Otros Impuestos Municipales, cuando se trate de impuestopredial y de alcabala y la Fuente de Financiamiento Nº 09:Recursos Directamente Recaudados cuando se trate deotros tributos municipales (arbitrios) y teniendo presenteque el locador cobrará el 20% de lo cancelado por los contribuyentes fiscalizados, caso contrario la Municipalidad no tiene ninguna obligación de realizarle pago alguno. Que, el Concejo en Pleno por UNANIMIDAD ACLARAR el Acuerdo de Concejo Nº 086.2004.MDLO/CM, de fecha12.12.04, de conformidad a lo expuesto en el tercer y cuartoconsiderandos del presente acuerdo. En uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y al acuerdo de SesiónOrdinaria Nº 013.2005.MDLO/CM de fecha 12.7.2005 porUNANIMIDAD. SE ACORDÓ: Artículo Primero.- ACLARAR, el Acuerdo de Concejo tomado en Sesión Ordinaria de Concejo MunicipalNº 027.2004, de fecha 10.12.04, en el Folio Nº 078 del Librode Actas Nº 019.2002.MDLO/CM, oficializado medianteAcuerdo de Concejo Municipal Nº 086.2005.MDLO/CM, de fecha 12.12.04, en el sentido que mediante Resolución de Alcaldía Nº 185.2005.MDLO/A de fecha 4.5.05, se aprobócontratar a la Empresa Maquinaria Junior’s y ServiciosGenerales E.I.R.L. y en su parte considerativa señala queésta tiene los recursos humanos que se encargarán de lafiscalización, como son el Contador MIGUEL PAZ MORENO, EL INGENIERO ALEX ELEXPURO VILLAVICENCIO, EL C.P.C. PEDRO VIERA QUISPE Y EL INGENIERO CIVILJUAN DIAZ PONCE, los mismos que cuentan con laexperiencia y especialización de fiscalización tributaria. Elvalor referencial es de S/. 60,000.00 nuevos soles como porun período desde el 4 de mayo hasta el 31 de diciembre del 2005, según contrato suscrito. Artículo Segundo.- ESTABLECER, que afectará la Fuente de Financiamiento Nº 08: Otros ImpuestosMunicipales, cuando se trate de impuesto predial y dealcabala y la Fuente de Financiamiento Nº 09: RecursosDirectamente Recaudados cuando se trate de otros tributos municipales (arbitrios) y teniendo presente que el locador cobrará el 20% de lo cancelado por los contribuyentesfiscalizados, caso contrario la Municipalidad no tieneninguna obligación de realizarle pago alguno. Artículo Tercero.- DISPONER, que Secretaría General y Abastecimiento cumplan con la publicación del Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles a su emisión o adopción según corresponda. Comuníquese, regístrese y publíquese. IRMA ELIZABETH NEIRA ZAPATA Secretaria General 17032 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos ysentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU