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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (07/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G31/G38/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de octubre de 2005 Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia deAdministración Tributaria, Gerencia de Informática yEstadística, y Gerencia de Administración. Regístrese, publíquese y cúmplase. RENNÁN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 17126 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20 /G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20 /G64/G65 /G53/G69/G6E/G63/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G65/G6E/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G73 /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G4E/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G73 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G33/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G4D/G44/G50/G50 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-2005-MDPP Puente Piedra, 29 septiembre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA VISTOS: La Ordenanza Municipal Nº 063-2005-MDPP. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,licencias y derechos municipales; Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señalaque los Bienes, Rentas y Derechos de cada Municipalidad constituyen su Patrimonio; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario D.S. Nº 135-99-EF,establece que los Gobiernos Locales, medianteOrdenanza pueden crear, modificar, suprimir suscontribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 063-2005-MDPP de fecha 11 de julio del 2005, se otorgó en la jurisdicción del distritode Puente Piedra, hasta el 27 de julio del 2005, APRUEBANCAMPAÑA DE SINCERAMIENTO DE CUENTAS DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS; Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ordenanza Nº 063-MDPP, el Alcalde mediante Decreto deAlcaldía puede dictar las medidas necesarias y/oreglamentarias, incluyendo la ampliación de la vigencia delbeneficio de la presente Ordenanza , de ser necesaria la misma; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 017-2005-MDPP de fecha 23 de agosto del 2005, se Amplió el Plazo delBeneficio de la Campaña de Sinceramiento de Cuentas deDeudas tributarias y No Tributarias hasta el 31 de agostodel 2005; Que, es necesario dar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, dada la difícil situacióneconómica actual, con el fin de permitir el cumplimiento desus obligaciones tributarias; Estando a lo dispuesto por el Artículo Séptimo de la Ordenanza Nº 063-2005-MDPP, y por la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo DE LA CAMPAÑA DE SINCERAMIENTO DE CUENTAS DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS, otorgadas mediantela Ordenanza Nº 063-2005-MDPP, hasta el 31 de octubredel 2005. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia deAdministración Tributaria, Gerencia de Informática y Estadística, y Gerencia de Administración. Regístrese, publíquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 17127 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G2C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G41/G6C/G6D/G61/G63/G65/G2D/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G2C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C /G53/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C /G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ORDENANZA Nº 073 San Juan de Lurigancho, 31 de agosto de 2005EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Consejo, lasABSTENCIONES DE LOS SEÑORES REGIDORES JOELESTRAVER TORRES, JUAN BALDEON SURICHAQUI,ROMER BENIGNO LAYME ESCOBAR, NESTORNEPTALI CARPIO SOTO y JUAN NERIO SILVA MALLQUI, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS, PROGRAMACIÓN, ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIÓN, CAPACITACIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad ejecutar una correcta orientación de los procesos que se desarrollan enel Programa del Vaso de Leche y asegurar que la raciónalimenticia principal: leche entera y hojuela de quinuaenriquecida llegue a sus beneficiarios, en especial a losniños de 0 a 6 años, madres gestantes y lactantes, con el fin de contribuir a reducir la desnutrición infantil y proporcionarles un complemento alimenticio. Artículo 2º.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objetivo normar las acciones a seguir para un adecuado control, supervisión y fiscalización así como establecer las disposiciones necesarias para asegurar un cumplimientoregular en las etapas de selección de beneficiarios,programación, almacenamiento, distribución, capacitación,supervisión, evaluación y preparación de los productoscorrespondientes a la implementación del Programa del Vaso de Leche Artículo 3º.- ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza es de aplicación, en lo relacionado a su finalidad y objetivo, para todos losbeneficiarios, organización distrital, organizaciones quepertenecen al programa del Vaso de Leche, Comité de Administración del programa y las Unidades Orgánicas comprendidas de la Municipalidad de San Juan deLurigancho.