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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (12/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 49

PÆg. 302033 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de octubre de 2005 VIVIENDA Aprueban el Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2005-VIVIENDA Lima, 22 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Habilitación y ConstrucciónUrbana Especial, el cual fue modificado por los DecretosSupremos Nº 030-2002-MTC, 014-2002-VIVIENDA yNº 011-2003-VIVIENDA. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002- VIVIENDA, se declaró de interés nacional la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ámbito delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y bajola administración del Fondo Hipotecario de Promociónde la Vivienda; Que, mediante Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, se creó el Bono Familiar Habitacional como parte de la política sectorial del Ministerio de ViviendaConstrucción y Saneamiento, otorgado por una sola vezal grupo familiar beneficiario, con criterio de utilidadpública, sin cargo de restitución por parte de éstos, y queconstituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, mediante el Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio,aprobado por Resolución Ministerial Nº 273-2003-VIVIENDA, se establecieron los requisitos para lainscripción en el Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, considerados proyectos de viviendas de interés social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2005- VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento del BonoFamiliar Habitacional y, por Resolución Ministerial Nº 215-2005-VIVIENDA y su modificatoria Resolución Ministerial Nº 227-2005-VIVIENDA se aprobó el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional, que contienelas modalidades de aplicación del BFH, así como otrasdisposiciones referidas a la postulación, asignación ydesembolso del mismo; Que, es necesario efectuar modificaciones al Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio adecuándolo al Reglamentodel Bono Familiar Habitacional y su ReglamentoOperativo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; Con la Opinión favorable del Viceministro de Vivienda y Urbanismo. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, queconsta de tres (3) títulos, veintiún (21) artículos, seis (6) disposiciones complementarias, dos (2) disposiciones transitorias y trece (13) anexos, los mismos que formanparte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Dejase sin efecto la Resolución Ministerial Nº 273-2003-VIVIENDA, así como aquellasnormas administrativas que se opongan a lo dispuesto en esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construccióny SaneamientoREGLAMENTO DEL REGISTRO DE PROYECTOS DE VIVIENDAS DEL PROGRAMA TECHO PROPIO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Definicionesa. BFH.- Bono Familiar Habitacional. b. ET.- Entidad Técnica registrada en el Registro de Entidades Técnicas del Programa Techo Propio, con la finalidad de registrar a los Promotores que se encuentren interesados en desarrollar proyectos para las modalidadesde Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento deVivienda. c. FMV.- Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda. d. GFE.- Grupo Familiar Elegible. e. Promotor.- Entidades u Organizaciones jurídicamente reconocidas, que promueven ocomercializan proyectos habitacionales para losbeneficiarios del BFH. f. Predio.- Vivienda, terreno o aires independizados, debidamente inscritos en los Registros Públicos, sobre los cuales se desarrollarán proyectos dentro del ámbitodel Programa Techo Propio. g. Programa.- Programa Techo Propio.h. Proyecto.- Proyecto que cuenta con Constancia de Registro vigente o Aprobación del Comité Ejecutivo, según lo establecido en la presente norma, otorgada por el Registro de Proyectos de Vivienda del Programa TechoPropio. i. Proyecto Cerrado.- Proyecto cuya oferta de viviendas no es difundida, a solicitud del promotor. j. Reglamento.- El presente Reglamento. k. VIVIENDA.- Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento. l. VIS.- Vivienda de Interés Social. Artículo 2º.- Objetivo El Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, tiene como objetivogarantizar que las soluciones habitacionales registradas,cuenten con las mínimas condiciones de habitabilidad,seguridad y durabilidad, puedan ser inmediatamentehabitadas, se encuentren saneadas legalmente y tengan la posibilidad de crecer progresivamente. Artículo 3º.- Alcances1. Permitir el registro de proyectos de Viviendas de Interés Social - VIS, que no superen los valores establecidos para el otorgamiento del BFH, establecidos en el Reglamento del Bono Familiar Habitacional. 2. Proporcionar orientación y facilidades a los promotores y ETs para el adecuado desarrollo de susproyectos durante el tiempo de vigencia del registro. 3. La inscripción en el Registro de Proyectos de Vivienda es gratuita y obligatoria para participar en el Programa Techo Propio y aplicar al Bono Familiar Habitacional. Artículo 4º.- Requisitos Generales Accederán al Registro de Proyectos, los proyectos habitacionales que cumplan con los siguientes requisitos generales: 1. El proyecto que comprenda viviendas de interés social (VIS), de acuerdo al artículo 2º de la Ley del BonoFamiliar Habitacional, Ley Nº 27829. 2. Se desarrollen sobre terrenos elegibles, según la modalidad de aplicación. 3. Cumpla con las normas establecidas en el Reglamento de Habilitación y Construcción UrbanaEspecial; el Reglamento Nacional de Construcciones, elpresente Reglamento y las normas que se emitan alrespecto. Artículo 5º.- Comité Ejecutivo El Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio estará a cargo de un Comité Ejecutivo