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PÆg. 302025 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de octubre de 2005 Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 710/09/05, del 16 de setiembre de 2005, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a laDirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MTC, solicita a la Dirección General de AeronáuticaCivil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelodel equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAEde la ciudad de Santiago, a su personal aeronáuticopropuesto, durante el día 15 de octubre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 26678 y 26681, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando anterior,ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1848-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector Oscar Gustavo Camino Freundt, para realizarlos chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipoAirbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE, alpersonal aeronáutico propuesto por la empresa Lan PerúS.A., en la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 14 al 15 de octubre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1848-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oscar Gustavo Camino Freundt, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Santiago, República deChile, durante los días 14 al 15 de octubre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 26678 y 26681, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones porconcepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, deacuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 400.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17150Aprueban "Directiva de Atención de Reclamaciones de Usuarios de losServicios Postales" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 691-2005-MTC/03 Lima, 5 de octubre de 2005CONSIDERANDO:Que, el Estado Peruano ha ratificado el Convenio suscrito con la Unión Postal Universal, con el objeto de desarrollar e incrementar las comunicaciones entre los pueblos a través de un eficaz funcionamiento de losservicios postales, y de contribuir al éxito de los elevadosfines de colaboración internacional en el ámbito cultural,social y económico, así como el desarrollo delprocedimiento de reclamación de acuerdo con el Convenio Postal suscrito con la Unión Postal Universal, en 1964, y sus posteriores modificatorias de los Protocolos de Tokio1969, Lausana 1974, Hamburgo 1984, Washington 1989,Seúl 1994 y Beijing 1999; Que, los servicios postales en el país se vienen brindando al público usuario en virtud de las concesiones otorgadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a los operadores público y privados, paralo cual se viene trabajando en el desarrollo de un marconormativo adecuado para estos servicios, encumplimiento de las funciones establecidas en elReglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Que, considerando que a la fecha no existe una norma específica que regule el procedimiento de atención ysolución de las reclamaciones originadas por solicitudesde indemnización por pérdidas, averías o expoliación de los despachos y envíos postales ante los concesionarios postales privados y teniendo en cuenta que la DirecciónGeneral de Servicios Postales, órgano de línea delSubsector Comunicaciones es la encargada de supervisarla correcta prestación de los servicios postales,garantizando el respeto de los derechos de los usuarios en todo el país, es necesario aprobar una directiva para tal efecto; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 685, el Decreto Supremo Nº 032-93-TCC,la Ley del Procedimiento Administrativo General - LeyNº 27444 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002- MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la “Directiva de Atención de Reclamaciones de Usuarios de los Servicios Postales”, la misma que forma parte integrante de la presenteResolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECTIVA DE ATENCIÓN DE RECLAMACIONES DE USUARIOS DE LOS SERVICIOS POSTALES GLOSARIO Para los efectos de los procedimientos de reclamación, se entenderá por: MINISTERIO: Ministerio de Transportes y Comunicaciones DGSP: Dirección General de Servicios Postales. CONCESIONARIO POSTAL: Persona natural o jurídica titular de concesión para operar el servicio postal en el ámbito, local, regional, nacional e internacional. RECLAMACIÓN: Acción mediante el cual el usuario recurre ante el concesionario postal, con el fin de obtener