TEXTO PAGINA: 6
PÆg. 302126 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de octubre de 2005 complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR PALMA VALDERRAMA Jefe (e)Servicio Nacional de Sanidad Agraria 17421 Aprueban Disposiciones Comple- mentarias al Reglamento de la Ley de`reas Naturales Protegidas en materiade Contratos de Administración RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 210-2005-INRENA Lima, 31 de agosto de 2005 VISTO: El Informe Nº 258-2005-INRENA-IANP-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de INRENA y la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas de INRENA, que recomienda la modificación de las DisposicionesComplementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contratos de Administración, aprobadas por la Resolución JefaturalNº 270-2001-INRENA, así como el Informe Nº 256-2005- INRENA-IANP-DPANP de la Dirección de Planeamiento de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 68º, establece que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, en su artículo 8º, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, en su artículo 3º,establecen que el Instituto Nacional de Recursos Naturales- INRENA es el ente rector y autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por elEstado-SINANPE; Que, en el marco del derecho de participación ciudadana contemplado en el artículo 2º, numeral 17) y el Código delMedio Ambiente, Decreto Legislativo Nº 613, en su artículo 34º, la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en su artículo 17º, establece que el Estado reconoce y promueve la participacióndel sector privado en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas, para lo cual el INRENA podrá suscribir u otorgar, entre otras modalidades, Contratos de Administración; Que, el objeto del Contrato de Administración es contribuir a una gestión más eficiente de las áreas naturales protegidas, con el apoyo de personas jurídicas sin fineslucro, quienes asumen por ello, un conjunto de obligaciones establecidas expresamente en el artículo 120º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas; Que, el citado reglamento, en su artículo 124º, numeral 2), establece que los recursos económicos asignados al área natural protegida, así como los que se generen por su gestióndeben ser utilizados exclusivamente en beneficio de ésta, toda vez que el objeto del contrato de administración es contribuir a una mejor gestión del área natural protegida yno beneficiar económicamente al Ejecutor; Que, el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en su artículo 117º y siguientes, desarrolla elmarco normativo en materia de Contratos de Administración, precisando que el INRENA, mediante Resolución Jefatural, establece los requisitos que debencumplir los Ejecutores de Contratos de Administración; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 270-2001- INRENA, se aprobaron las Disposiciones Complementariasal Reglamento de Áreas Naturales Protegidas para el otorgamiento de Contratos de Administración de áreas naturales protegidas, modificadas en su artículo 40º,mediante Resolución Jefatural Nº 475-2002-INRENA; Que, mediante el Informe Nº 258-2005-INRENA-IANP- OAJ elaborado por la Intendencia de Áreas NaturalesProtegidas y la Oficina de Asesoría Jurídica que recomiendanla modificación de las referidas disposiciones complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, al haberse identificado varios factores que podrían dotar de eficiencia y eficacia al modelo de Contratos de Administración,en orden a alcanzar los objetivos de gestión requeridos por INRENA; así como el Informe Nº 256-2005-INRENA-IANP- DPANP de la Dirección de Planeamiento de la Intendencia deÁreas Naturales Protegidas, que amplía el sustento de la modificación requerida; Que, los precitados informes sustentan, entre otros, la necesidad de prever los procedimientos para la selección de las personas jurídicas sin fines lucro que ejecuten Contratos de Administración de áreas naturales protegidas financiadoscon Fondos de Cooperación Internacional provenientes de Organismos Financieros Internacionales y otras fuentes cooperantes, a través de contratos o convenios, dado que porlos mencionados instrumentos, el Estado Peruano se constriñe a las obligaciones y acuerdos celebrados; Que, lo antes referido se encuentra recogido por la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, en su artículo 68º, numeral 1), que señala que las entidades que utilicen fondos públicos provenientes dedonaciones o de operaciones oficiales de crédito sujetarán la ejecución del gasto y los procesos de Licitación y Concurso a lo establecido en los respectivos Conveniosde Cooperación y en los documentos anexos, así como, supletoriamente, a las disposiciones contenidas en la Ley General y las Leyes de Presupuesto del Sector Público; Que, asimismo, se requiere actualizar la lista de áreas naturales protegidas que no pueden ser encargadas a terceros mediante Contratos de Administración, aprobada medianteResolución Jefatural Nº 155-2002-INRENA, de conformidad a lo establecido por el numeral 5) del artículo 117º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º, literal j) del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003- AG y Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las “Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración”, que consta de cuatro (04) títulos, cuarentay dos (42) artículos y dos (02) Disposiciones Finales, que corren como Anexo adjunto y forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 270-2001-INRENA y la Resolución Jefatural Nº 475- 2002-INRENA. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 155- 2002-INRENA, que aprobó la lista de las áreas naturales protegidas que pueden o no ser susceptibles de ser encargadasa terceros mediante Contratos de Administración. Regístrese, comuníquese y publíquese.LEONCIO ÁLVAREZ VÁSQUEZ JefeInstituto Nacional Recursos Naturales DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE LA LEY DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS EN MATERIA DE CONTRATOS DE ADMINISTRACIÓN ÍNDICE TÍTULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Del Objeto, Finalidad y Alcance Artículo 2º.- De los Acrónimos Artículo 3º.- Del Contrato de AdministraciónArtículo 4º.- De las ANP no susceptibles para ser encargadas en Contrato de Administración Artículo 5º.- De los recursos económicos para la gestión del ANP TÍTULO SEGUNDO: DEL OTORGAMIENTO DEL CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN Capítulo I: Disposiciones generales para acceder a un Contrato de Administración