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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (13/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 302137 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de octubre de 2005 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de la Presidencia de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 17462 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 573-2005-DE/SG Lima, 11 de octubre de 2005 CONSIDERANDO:Que, debe cumplirse el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para elIngreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República"; Que, con Facsímil (DGS) Nº 552, de fecha 2 de septiembre del 2005, el Director General para Asuntos deSeguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio de la República, sin armas, de personal militar uruguayo; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, del personal militar de la República Oriental delUruguay, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 26 al 28 de septiembre del 2005, para participar en la XII Reunión del Comité del Acuerdode Viña del Mar, que se realizará en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisiónde Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición,conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro deDefensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de la Presidencia de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 17463 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 574-2005-DE/SG Lima, 11 de octubre de 2005 CONSIDERANDO:Que, debe cumplirse el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para elIngreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República"; Que, con Facsímil (DGS) Nº 597, de fecha 12 de septiembre del 2005, el Director General para Asuntos deSeguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio de la República, sin armas, de personal militarestadounidense; y,De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el ingreso al territorio de la República, del personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presenteResolución, del 1 al 6 octubre del 2005, para efectuar visitas y coordinaciones oficiales con la Comandancia de la Fuerza de Submarinos de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, DesarrolloAlternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de laPresidencia de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 17464 ECONOMÍA Y FINANZAS Modifican el Reglamento de Procedi- miento de Restitución Simplificado deDerechos Arancelarios DECRETO SUPREMO Nº 135-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 104-95-EF aprobó el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios; Que, es conveniente modificar el Decreto Supremo Nº 104-95-EF a fin de perfeccionar la regulación vigente del Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, a efectos de evitar su uso indebido, cautelandoel interés fiscal; sin desmedro del principio de facilitación del comercio exterior que rige los regímenes aduaneros; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1º.- Modifíquese el primer párrafo del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 104-95-EF y normasmodificatorias por el siguiente texto: "Artículo 3º.- La tasa de restitución aplicable a los bienes definidos en los artículos precedentes será el equivalenteal cinco por ciento (5%) del valor FOB del bien exportado, con el tope del 50% de su costo de producción". Artículo 2º.- Incorpórese como segundo párrafo del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 104-95-EF y normas modificatorias el siguiente texto: "Artículo 3º.- (...) La restitución de derechos arancelarios se efectuará hasta los primeros US$ 20 000 000,00 (Veinte millones de Dólares de los Estados Unidos de América) anuales de exportación de productos por subpartida arancelaria y porempresa exportadora no vinculada, monto que podrá ser reajustado de acuerdo a las evaluaciones que realice el Ministerio de Economía y Finanzas."