Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2005 (13/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 13 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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a) El nombre y ubicacion del ANP. b) La modalidad de Contrato de Administracion, de acuerdo a lo senalado en el numeral 5) del articulo 3º de las presentes Disposiciones Complementarias. c) Si el concurso publico de meritos contempla tambien, que el Ejecutor deba coordinar el MORDAZA de elaboracion del Plan Maestro y convocatoria al Comite de Gestion. d) Los recursos economicos disponibles para el area. Las Bases del Concurso publico de meritos deberan establecer el cronograma del concurso publico de meritos, el contenido de las propuestas, los criterios generales y especificos de evaluacion indicando el puntaje asignado, y el proyecto de Contrato de Administracion. Articulo 15º.- De la MORDAZA de las Propuestas Cualquier interesado puede presentar su Propuesta para acceder al Contrato de Administracion dentro de los cuarenta y cinco (45) dias habiles de publicado el aviso, siempre y cuando MORDAZA adquirido previamente las Bases del Concurso Publico de Meritos. Articulo 16º.- Del Contenido de las Propuestas La Propuesta debe contener como minimo la siguiente informacion: a) Documentos legales: i. MORDAZA literal actualizada de la partida registral de la persona juridica o de las personas juridicas, en el caso se presenten de manera asociada, expedida por la Oficina Registral correspondiente. b) Documentos que acrediten una experiencia minima de la persona juridica o de las personas juridicas, en el caso se presenten de manera asociada, de cinco (05) anos a la fecha de la convocatoria, en conservacion y manejo de ambiente en ambitos naturales, detallando: ii. La experiencia de trabajo previa en la propia ANP o en ecosistemas similares a los contenidos en el Area a ser encargada bajo Contrato de Administracion, iii. La experiencia de trabajo previa con los actores socioeconomicos presentes en el ANP, o con actores de similares condiciones, iv. La experiencia y calidades profesionales en gerencia de recursos humanos y administracion de proyectos de similar alcance en el ambito economico, social y ecologico. c) Documentos que acrediten la experiencia y calidades profesionales de los miembros del Equipo de Trabajo que presente con su propuesta asi como de las otras instituciones y personas que apoyaran el trabajo en el area en el MORDAZA de convenios institucionales u otros acuerdos, de ser el caso. El solicitante debe presentar una carta compromiso firmada por cada uno de los profesionales de su equipo de trabajo, donde manifiestan su intencion de brindar sus servicios al Ejecutor por el plazo que dure el Contrato de Administracion. d) Propuesta de Plan de Trabajo para el ANP elaborado de acuerdo a las Bases, debiendo contar como minimo y cuando sea pertinente: i. Descripcion de la forma en que el ejecutor propone alcanzar los resultados a los que se compromete. ii. Propuesta de Sostenibilidad Financiera para el ANP (en Contrato de Administracion Total) o para las actividades que implementara (en Contrato de Administracion Parcial). Como parte de la misma, el ejecutor especificara su compromiso de inversion, destinado a complementar los fondos disponibles para las operaciones que requiere el area. iii. Plazo de vigencia que se solicita para ser Ejecutor del Contrato de Administracion, hasta por un MORDAZA de veinte (20) anos. iv. En caso que el ANP no cuente con Plan Maestro, la Propuesta de Plan de Trabajo debe incluir los componentes necesarios orientados a coordinar un MORDAZA participativo de elaboracion de dicho Plan. v. En caso que el ANP no cuente con un Comite de Gestion, la Propuesta de Plan de Trabajo debe incluir un componente orientado a facilitar un MORDAZA para la convocatoria y conformacion de dicho Comite. vi. Alianzas estrategicas y Mecanismos de Participacion Local. Articulo 17º.- De la Evaluacion de las Propuestas Recibidas las propuestas y vencido el plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles a que se refiere el articulo 15º de las presentes Disposiciones Complementarias, la Comision Ad-Hoc evaluara las mismas, dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes como MORDAZA, asignandoles un puntaje

y emitiendo el correspondiente informe de evaluacion, que contemple los siguientes criterios generales: a) Experiencia y capacidad demostrada del solicitante en manejo de ANP o ecosistemas similares al del ANP, sometida a concurso publico de meritos. b) Calidad y experiencia del Equipo de Trabajo del solicitante. c) Estrategia propuesta para alcanzar los resultados. d) Propuesta para la sostenibilidad financiera. e) Alianzas estrategicas y Mecanismos de Participacion Local. Articulo 18º.- Del otorgamiento de la buena pro, de la conclusion del concurso de meritos de caracter publico, de las impugnaciones y de la suscripcion del Contrato de Administracion. 1. De la Adjudicacion de la buena pro y de la conclusion del procedimiento. La Comision Ad Hoc adjudicara mediante Acta la buena pro al postor que presente la Propuesta que alcance el mayor puntaje en la evaluacion, siempre y cuando supere el minimo del 70% del puntaje MORDAZA de acuerdo a los criterios a que se refiere el articulo anterior y las bases del concurso publico de meritos. Si los postores no alcanzan el puntaje minimo requerido, la Comision Ad Hoc emitira un Acta mediante la cual declarara desierto el concurso publico de meritos. Dichas Actas deberan remitirse con el informe de evaluacion de la Comision Ad-Hoc a que se refiere el articulo anterior a la IANP. La IANP, en un plazo de diez (10) dias habiles de recibido el informe de evaluacion, emitira una resolucion mediante la cual formalizara la adjudicacion de la Buena Pro o la declaracion de desierto. Dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulacion de la circunscripcion del ANP. 2. De las impugnaciones. Cualquier persona que acredite legitimo interes podra interponer ante la Comision Ad Hoc recurso de reconsideracion contra la resolucion que determina la adjudicacion de la buena pro o declara desierto el concurso publico de meritos. El recurso de reconsideracion podra presentarse por escrito dentro del plazo MORDAZA de los diez (10) dias habiles siguientes de realizada la publicacion a la que se hace referencia en el acapite anterior. La Comision Ad Hoc tendra un plazo de diez (10) dias habiles, contabilizadas a partir del dia siguiente de presentado el recurso, para emitir un Acta pronunciandose sobre el recurso de reconsideracion y dando las recomendaciones correspondientes. Dicha Acta sera remitida a la IANP para su formalizacion mediante una Resolucion. Asimismo, cualquier persona que acredite legitimo interes podra interponer recurso de apelacion ante la Jefatura de INRENA. Este recurso sera presentado en el plazo de diez (10) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la resolucion que determina la adjudicacion de la buena pro o declara desierto el concurso publico de meritos; o, contados a partir de la notificacion de la resolucion de la IANP que declara infundado el recurso de reconsideracion planteado, segun corresponda. El recurso de apelacion sera resuelto en MORDAZA y MORDAZA instancia por la Jefatura de INRENA en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles. Si el recurso de reconsideracion o apelacion es declarado fundado, la IANP o la Jefatura del INRENA, segun corresponda, ordenara que regrese a la etapa de evaluacion de propuesta. Los recursos de reconsideracion y de apelacion deberan presentarse adjuntando los requisitos establecidos en el MORDAZA del INRENA y en la Ley del Procedimiento Administrativo General, dada por Ley Nº 27444. La interposicion de la accion contencioso-administrativa no suspende la ejecucion de lo resuelto por la Jefatura del INRENA. La IANP emitira una Resolucion de Intendencia declarando la conclusion del concurso publico de meritos, de acuerdo al numeral 119.4 del articulo 119º del Reglamento cuando el acto de adjudicacion de buena pro quede consentido o firme. Dicha resolucion debera publicarse, en el Diario Oficial El Peruano y un diario de circulacion departamental en el ambito donde se solicita desarrollar la actividad 3. De la Suscripcion del Contrato de Administracion. En un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles de emitida la resolucion que da por concluido el concurso de meritos de caracter publico, se debera suscribir el Contrato de Administracion entre el Jefe del INRENA y el(los) representante(s) legal(es) del Adjudicatario, el que a partir de la suscripcion del contrato se denominara Ejecutor.

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