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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (13/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 302134 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de octubre de 2005 Plan Maestro. La población organizada participa en el Comité de Gestión del ANP. CAPÍTULO III DEL CONTROL Y SUPERVISIÓN AL EJECUTOR Artículo 36º.- Del Informe de Análisis Quinquenal La IANP elabora cada cinco (5) años, directamente o a través de terceros, un Informe de Análisis respecto a la Ejecución del Contrato de Administración y las necesidades de adecuación del Plan Maestro. De los resultados de dichoInforme se podrá reformular o ratificar el Plan Maestro, así como resolver el Contrato de Administración, si se identifican algunas de las causales previstas en el Contratode Administración y la presente Resolución, de conformidad con el numeral 117.6 del artículo 117º del Reglamento. Artículo 37º.- De La Comisión de Supervisión Técnico - Financiera La Comisión de Supervisión Técnico - Financiera es a la que se refiere los artículos 127º y 128º del Reglamento. En el plazo de diez (10) días hábiles de suscrito el Contrato de Administración se emitirá una Resolución Jefatural quedesigne a los miembros de la Comisión de Supervisión Técnica Financiera, la misma que deberá ser notificada a cada uno de los miembros. Dicha Comisión actuará en los siguientes casos: a) Para emitir opinión respecto a los informes anuales y quinquenales a que se refieren los artículos 26º y 36º de las presentes Disposiciones Complementarias. b) Para emitir opinión respecto a las denuncias o quejas presentadas con relación a la ejecución del Contrato de Administración; y, c) Para realizar inspecciones, con o sin previo aviso, al área bajo Contrato de Administración para verificar el cumplimiento de los compromisos del Ejecutor. El Ejecutor brindará las facilidades de información y acceso para el cumplimiento de las funciones de laComisión de Supervisión Técnico – Financiera, bajo responsabilidad contractual. CAPÍTULO IV DE LAS CAUSALES DE RESOLUCIÓN, DE LA SUSPENSIÓN Y RENOVACIÓN DEL PLAZO Y DE LA MODIFICACIÓN Y TÉRMINO DEL CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN Artículo 38º.- De las Causales de resolución del Contrato de Administración Son causales de resolución del Contrato de Administración: a) Incumplimiento reiterado o grave injustificado de las obligaciones asumidas mediante el Contrato deAdministración y el Plan Maestro del ANP. b) No subsanar las observaciones formuladas por el INRENA a los Informes Anuales presentados, dentro delos plazos fijados en el Contrato de Administración. c) Realizar actividades no contempladas en el Plan Maestro, los Planes Complementarios o el Contrato deAdministración, sin autorización previa del INRENA. d) No presentar el Plan Maestro para la aprobación del INRENA, dentro del plazo previsto con este fin en elContrato de Administración. e) No presentar el Informe Anual en los plazos fijados en el Contrato de Administración. f) No presentar Auditorias Anuales en los plazos fijados en el Contrato de Administración. g) Por mutuo acuerdo de las partes. La decisión de resolver el contrato de administración se comunicará al ejecutor, por carta notarial con quince (15) días hábiles de anticipación. Artículo 39º.- De la Suspensión de plazos El plazo de vigencia del Contrato de Administración puede suspenderse a pedido del Ejecutor, por caso fortuitoo fuerza mayor, debidamente probados. La suspensión será aprobada por el INRENA y comunicada al Ejecutor. Ésta no podrá ser mayor a doce (12) meses, en caso contrarioel INRENA resolverá el Contrato de Administración de manera unilateral. Artículo 40º.- De la Ampliación del plazo El Ejecutor puede solicitar al INRENA la ampliación del plazo del Contrato de Administración hasta alcanzar el plazomáximo de veinte (20) años, si acreditara un buen cumplimiento de funciones de acuerdo a los informes anuales y quinquenales que cuenten con la aprobación del INRENA. En caso de ampliación del plazo, el Ejecutor e INRENA, suscribirán una addenda al Contrato de Administración original donde conste el período adicional de vigencia del contrato. Artículo 41º.- De la Modificación del Contrato de Administración Toda modificación de los términos u obligaciones contenidas en el presente Contrato de Administración deberá ser realizada mediante Addenda, la que deberáconstar por escrito. Dicha modificación se realizará de presentarse las condiciones especificadas en el texto de cada Contrato de Administración suscrito. Artículo 42º.- Del Término del Contrato de Administración Un año antes del término del Contrato de Administración, el Ejecutor debe presentar al INRENA un Plan de Salida, el cual debe ser aprobado mediante Resolución de la IANP. En un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del término del Contrato de Administración, el Ejecutor presenta un Informe Final respecto a la ejecucióndel Plan de Salida y entregará mediante Acta los bienes que se hayan definido previamente en el Contrato de Administración o en su addenda correspondiente para sudonación al INRENA. El Ejecutor no podrá retirar del ANP aquellos bienes que sirvan directamente a la conservación del ANP o cuya remoción signifique una alteración gravedel paisaje o degradación de ecosistemas. Cumplidos estos actos a satisfacción del INRENA, el Ejecutor finaliza formalmente su vínculo contractual con el Estado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Cualquier conflicto que pudiera suscitarse entre el INRENA y los solicitantes, postores, adjudicatarios y titulares del Contrato de Administración, se someterán ala jurisdicción y competencia a los jueces y tribunales del Distrito Judicial de Lima. Segunda .- La Ley del Procedimiento Administrativo General, dada por Ley Nº 27444, será aplicada de manera supletoria a las presentes Disposiciones Complementarias. ANEXO 1 FORMATO PARA LA PUBLICACIÓN DE AVISO DE RESUMEN DE SOLICITUD A PEDIDO DE PARTE PARA OTORGAMIENTO DE UN CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN AVISO DE RESUMEN DE LA SOLICITUD PRESENTADA PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN (nombrar modalidad) DEL ANP (nombrar ANP) Se pone de conocimiento del público en general, que el INRENA ha recibido por parte de (nombrar la(s) persona(s) jurídica(s)) la solicitud para la celebración de un contrato de administración (nombrar modalidad) del área natural protegida (nombrar ANP) [o el sector (nombrar sector) del área natural protegida ( nombrar anp)] El solicitante ( nombre de la(s) persona(s) jurídica(s) solicitante) , está inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de (nombrar), en la partida registral (nombrar tomo, ficha o par tida electrónica) y domicilia en (detallar e xactamente el domicilio legal, calle, distrito, provincia y depar tamento). La solicitud para acceder al Contrato de Administración ( nombrar modalidad) del área natural protegida (nombrar anp) [o en el sector (nombrar sector) del área natural protegida ( nombrar anp)], comprende un área de ( especificar ), por un período de (especificar años) , en la(s) provincia(s) de (nombrar provincia) del(los) departamento(s) de (nombrar departamento). El área solicitada se encuentra enmarcada dentro de las coordenadas UTM (especificar vér tices en coordenadas UTM y memor ia descriptiva) Se publica el presente aviso de conformidad con el numeral 119.2 del artículo 119º del Reglamento de la Ley de Áreas NaturalesProtegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG y a las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración,aprobadas por Resolución Jefatural Nº -2005-INRENA. ( nombrar ciudad - f echa) Intendencia de Áreas Naturales Protegidas-IANP Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA