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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (13/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 302129 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de octubre de 2005 operaciones del ANP. Estos recursos serán utilizados exclusivamente en beneficio del ANP. 2. Del compromiso de inversión . Identifica los recursos económicos que el Ejecutor se compromete aaportar para incrementar los fondos disponibles para las operaciones que requiere el ANP. 3. De los recursos financieros obtenidos por actividades dentro del ANP. A efectos de implementar propuestas de sostenibilidad financiera, el INRENA podrá autorizar al Ejecutor la realización de las actividadeseconómicas que no estén siendo desarrolladas por terceros Para el caso de actividades que requieran autorización por otros sectores el Ejecutor, previa opinión favorable de la IANP,podrá iniciar el trámite correspondiente ante el sector competente. La obtención de la opinión previa favorable de la IANP no libera al Ejecutor de seguir el trámite regular previsto por la autoridadsectorial competente, así como de cumplir con la legislación específica sobre evaluación de impacto ambiental y otras normas pertinentes, además de su aprobación por dichos sectores, comocondición previa a su ejecución. Mediante Resolución Jefatural del INRENA se aprobarán las condiciones, requisitos y procedimientos parala realización de actividades económicas en las ANP por parte del Ejecutor. 4. Destino de los recursos obtenidos por las actividades económicas en las ANP desarrolladas por el Ejecutor. Los beneficios económicos provenientes de las actividades a que hace mención el numeral 3) del presente artículo, serándestinados a cubrir el presupuesto especificado en el Plan Operativo Anual y/o Presupuesto Anual del Ejecutor para el cumplimiento de las operaciones de manejo y administración asu cargo. El Ejecutor transferirá al INRENA, a la cuenta de Recursos Directamente Recaudados de la IANP, todo excedente respecto al presupuesto previsto para ser utilizadocomo recursos económicos para la gestión del SINANPE. 5. Del papel subsidiario del ejecutor en el desarrollo de actividades económicas dentro de las ANP. De presentarse, con posterioridad al inicio de actividades económicas previstas en el numeral 3) del presente artículo, personas naturales o jurídicas interesadas en desarrollarlas actividades económicas que lleva a cabo el Ejecutor, el INRENA evaluará la propuesta presentada por el(los) interesado(s) en el marco del procedimiento administrativocorrespondiente para su otorgamiento. Se precisa que todo derecho otorgado a un tercero para el desarrollo de actividades respecto de las cuales se hubieseextendido autorización a favor del Ejecutor, podrá entrar en vigencia sólo a partir del vencimiento del plazo por el cual el INRENA hubiera autorizado al Ejecutor el desarrollo de laactividad o en caso se proceda, de común acuerdo con el Ejecutor, a la resolución del derecho otorgado por el INRENA. TÍTULO SEGUNDO DEL OTORGAMIENTO DEL CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES PARA EL ACCEDER A UN CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN Artículo 6º.- Del procedimiento para acceder a un Contrato de Administración Los Contratos de Administración se otorgan mediante concurso de méritos de carácter público, convocado por el INRENA, de oficio o a pedido de parte, para las ANP del SINANPE, a excepción de las Reservas Comunales, deacuerdo a los lineamientos establecidos en los Capítulos II al IV del presente Título. En el caso del procedimiento a solicitud de parte donde no se abre concurso público porausencia de otros interesados calificados, podrá iniciarse un procedimiento de Otorgamiento Directo, conforme lo establece el numeral 119.3 del artículo 119º del Reglamento. Artículo 7º.- De la participación en el procedimiento administrativo 1. De la participación en el procedimiento de otorgamiento de un Contrato de Administración. Sólo podrán participar en el procedimiento administrativo parael otorgamiento de un Contrato de Administración las personas jurídicas sin fines de lucro de derecho privado con experiencia mínima de cinco (05) años en conservacióny manejo del ambiente en ámbitos naturales, las cuales podrán solicitar acceder al Contrato de Administración en forma individual o en forma asociada. 2. De los requisitos para participar de manera asociada. La presentación en forma asociada de dos omás personas jurídicas para acceder a un Contrato de Administración no excluye de la exigencia a cada persona jurídica, de manera individual, de acreditar los requisitos establecidos en el numeral anterior. Asimismo, si dos o máspersonas jurídicas se presentan de manera asociada se deberá presentar el documento que vincula a las partes. La condición de Ejecutor es única e indivisible, en tal sentido la presentación en forma asociada no implicará la división en alícuotas de participación a favor de los integrantes del Ejecutor del Contrato de Administración sinoque los vinculará frente al INRENA de manera solidaria por las obligaciones y compromisos contraídos a través del Contrato de Administración. CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO A SOLICITUD DE PARTE Artículo 8º.- De la solicitud Toda persona jurídica en forma individual o asociada que cumpla(n) con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 118º del Reglamento y las presentes Disposiciones Complementarias, podrá(n) presentar una solicitud para elotorgamiento de un Contrato de Administración en la cual indicará el nombre de la(s) persona(s) jurídica(s) solicitante(s), el ANP, modalidad de Contrato de Administración y plazo devigencia por el cual lo solicita, precisando además el área específica en coordenadas UTM en caso de solicitar un Contrato de Administración sobre parte del ANP y/o lasoperaciones de manejo y administración en caso de solicitar un Contrato Parcial de Operaciones. En todos los casos la solicitud deberá estar acompañada, además de los requisitos exigidos por el TUPA del INRENA, de los requisitos siguientes: - Copia literal actualizada de la partida registral de la persona jurídica o de las personas jurídicas, en el caso sepresenten de manera asociada, expedida por la Oficina Registral correspondiente. - Copia simple de Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de la persona jurídica o de las personas jurídicas, en el caso se presenten de manera asociada. - Declaración Jurada expresando contar con experiencia mínima de cinco (05) años en conservación y manejo del ambiente en ámbitos naturales. Artículo 9º.- De la evaluación de la solicitud Presentada la solicitud, la IANP evaluará, en el plazo de quince (15) días hábiles, el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos por el Reglamento y las presentes Disposiciones Complementarias. De denegarse la solicitudpresentada, la IANP remitirá al solicitante una comunicación escrita motivada denegando la solicitud, dentro del plazo de quince (15) días hábiles de realizada la evaluación. Artículo 10º.- De la publicación del resumen de la solicitud De aceptarse la solicitud presentada, en un plazo máximo de (15) días hábiles de evaluada, la IANP remitiráal solicitante el Resumen de Solicitud a pedido de parte para otorgamiento de un Contrato de Administración, elaborado según formato inserto como Anexo 1. Dichoresumen deberá ser publicado por el solicitante en un plazo de quince (15) días hábiles a partir de recibida la comunicación realizada por la IANP, por una sola vez en elDiario Oficial El Peruano y en otro de circulación departamental en la circunscripción donde se ubica el ANP, con el objeto de determinar si existen otros interesados. Artículo 11º.- De otros interesados Dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a la publicación del Resumen de la Solicitud a que se refiere el artículo anterior, las personas jurídicas de derecho privadosin fines de lucro interesadas en ser titulares del Contrato de Administración deberán presentar una comunicación solicitando que se abra un concurso público de méritos parael otorgamiento del Contrato de Administración, de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 13º y siguientes de las presentes Disposiciones Complementarias. En estecaso, las personas que soliciten la apertura de concurso público de méritos, así como el solicitante primigenio, quedan obligadas a presentarse formalmente al concurso públicode méritos, bajo sanción administrativa. El proceso de concurso de méritos de carácter público se deberá iniciar en un plazo máximo de sesenta (60) díashábiles siguientes a la publicación del Resumen de la Solicitud, mediante la expedición de una Resolución de la