Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2005 (04/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de setiembre de 2005

RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 227-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 1 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 224-2005-SUNARP/ SN, de fecha 1 de setiembre de 2005, se acepto la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de confianza, de Jefe de la MORDAZA Registral Nº X, Sede Cusco; Que, resulta necesario designar a la persona que se MORDAZA cargo de las funciones de la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº X, Sede Cusco; Que, el Directorio de la SUNARP, en su sesion Nº 201, de fecha 25 de agosto de 2005, acordo se designara a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la MORDAZA Registral Nº X, Sede Cusco; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio y de conformidad con lo establecido en el articulo 7º literal v) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir del 5 de setiembre de 2005, a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la MORDAZA Registral Nº X, Sede Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 15113

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican Procedimiento Administrativo Sancionador para el Servicio de Transporte Interprovincial de Personas de Ambito Regional y Transporte de Mercancias y la Escala de Infracciones y Sanciones
ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2005-GR.LAMB./CR. Chiclayo, 12 de agosto de 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de nueve de agosto de dos mil cinco, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente; CONSIDERANDO: Que, es competencia compartida de los Gobierno Regionales senalada en el Articulo 36º, literal c) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion,

concordante con el Articulo 10º, numeral 2. Inciso c) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobierno Regionales, en MORDAZA con el Ar ticulo 45º de la misma Ley, modificado por Ley Nº 27902, el definir, normar, dirigir y gestionar sus politicas y ejercer sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales, en cuya relacion se encuentra lo preceptuado por el Articulo 29º - A, de la MORDAZA de las leyes citadas, articulo adicionado por la Ley Nº 27902, confor me al cual corresponde a la Gerencia de Infraestructura ejercer las funciones especificas sectoriales en materia de transportes senaladas en el Articulo 56º, parrafo g) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, es decir, autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestacion de servicios de transpor te interprovincial dentro del ambito regional en coordinacion con los Gobiernos Locales; Que, este MORDAZA de descentralizacion y regulacion se fortalece con la dacion de la Ley Nº 28172, al adicionar el Articulo 16º - A, a la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, preceptuando que los Gobiernos Regionales tienen en materia de transportes competencia normativa, de gestion y fiscalizacion, conforme a lo senalado en el Articulo 56º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y, asimismo, que los Gobiernos Regionales, aprobaran normas especificas en materia de transporte con sujecion a lo establecido en cada Reglamento Nacional; a lo que se suma lo dispuesto por los Articulos 14º y 15º del Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, que confiere a los Gobiernos Regionales facultades normativas para aprobar las normas complementarias a este Reglamento, necesarias para la gestion y fiscalizacion del servicio de transporte interprovincial de personas de ambito regional de su jurisdiccion, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre y el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, asi como la atribucion de realizar acciones de fiscalizacion mediante la supervision, deteccion de infracciones, imposicion de las mismas por incumplimiento de las nor mas o disposiciones que regulan dicho servicio; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 108-2005GR.LAMB/CR de fecha 24 de junio de 2005, el Consejo Regional, en base a la problematica que atraviesa el transporte publico de mercancias en el departamento de MORDAZA donde al igual que el resto del MORDAZA viene sufriendo la rigidez de la potestad sancionadora del Estado con la imposicion de multas sumamente gravosas, como consecuencia que un significativo porcentaje de transportistas se mantienen prestando servicios en condiciones de informalidad debido a la imposibilidad de inscribirse en el Registro Nacional de Transporte de Mercancias de Servicio Publico, al haberse dado por vencidos los plazos otorgados a este efecto y no haberse habilitado nuevos periodos con este fin, obligando a este importante grupo de transportistas; pequenos empresarios a mantenerse en la informalidad; con la amenaza latente de ser sancionados con multas por montos desproporcionados y al margen de la realidad Regional; en vez de plantearse mecanismos para su incorporacion al MORDAZA formal del transporte publico como seria mantener abier to el referido registro de manera permanente; dispone encargar a los tecnicos de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de MORDAZA, el estudio y revision de la Escala de Sanciones Regionales aprobada por Ordenanza Regional Nº 019-2004-GR.LAMB/CR a fin de ajustarla a criterios de razonabilidad y adecuacion a la realidad economica del transporte de mercancias en su ambito regional; en coordinacion con la Comision de Infraestructura, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, el mismo que fue cumplido conforme consta en el Oficio Nº 1549-2005-GR.LAMB/DRTC del 15 de MORDAZA 2005, y Acta de reunion de la mencionada Comision de fecha 02-082005, cuyos resultados quedaron plasmados, conforme a la indicada Acta, aprobada por unanimidad sus acuerdos en el sentido de que por la naturaleza del servicio de transporte de mercancias de la region MORDAZA y

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