Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2005 (16/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de setiembre de 2005 RESOLUCION SUPREMA Nº 210-2005-JUS

Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa de Generacion Electrica Machupicchu S.A. - EGEMSA y el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el articulo primero de la presente Resolucion, a fin de que procedan a realizar las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA, 15 de setiembre de 2005 Vista la recomendacion favorable de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por razones humanitarias; y, CONSIDERANDO:

GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 15899

JUSTICIA
Conceden derecho de MORDAZA e indulto a internas de establecimientos penitenciarios de mujeres de Chorrillos y Tacna
RESOLUCION SUPREMA Nº 209-2005-JUS MORDAZA, 15 de setiembre de 2005 Vista la recomendacion favorable de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por razones humanitarias; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARAOZ o MORDAZA MORDAZA CHUQUIPUMA ARAOZ, se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres Chorrillos; Que, de acuerdo al Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 54-2005-INPE/DSP y el Informe Medico Nº 75-05-INPE/ 16-231-ASP, la mencionada interna ha sido diagnosticada con cancer de cuello uterino EC III B, neuralgia de pierna izquierda y vulvovaginitis, enfermedad fatalmente progresiva y de mal pronostico; Que, estando a que la Constitucion Politica de 1993 en su articulo 139º inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad terminal, la persecucion de la accion penal y prision pierden todo sentido juridico y moral; Que, el caso de la referida interna, por la avanzada patologia que le afecta, se adecua a los requisitos establecidos para la concesion del Derecho de MORDAZA Humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada en los documentos MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder EL DERECHO DE MORDAZA POR RAZONES HUMANITARIAS a MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARAOZ o MORDAZA MORDAZA CHUQUIPUMA ARAOZ, quien se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres Chorrillos. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica de MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 15978

Que, de conformidad con el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Tacna; Que, de acuerdo al Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 22-2005 de fecha 19-07-05 y el Informe Medico de fecha 5 de agosto del presente ano, emitidos por el Jefe de Salud del Establecimiento Penitenciario, la mencionada interna ha sido diagnosticada con una enfermedad en fase terminal; Que, estando a que la Constitucion Politica de 1993 en su articulo 139º inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad terminal, la continuidad de la ejecucion de la pena y prision pierde todo sentido juridico y moral; Que, el caso de la referida interna, por la avanzada patologia que le afecta, se adecua a los requisitos establecidos para la concesion de un Indulto Humanitario, por encontrarse debidamente acreditada en los documentos MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, quien se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Tacna. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica de MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 15979

Designan Procurador Publico Ad Hoc de la SBS para que asuma representacion y defensa de acciones legales relativas al sometimiento a Regimen de Intervencion de los Bancos MORDAZA MORDAZA y NBK Bank
RESOLUCION SUPREMA Nº 211-2005-JUS MORDAZA, 15 de setiembre de 2005 Visto: el Oficio Nº 17268-2005-SBS de fecha 31 de agosto de 2005, de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 265-2004-JUS, de fecha 15 de diciembre de 2004, se designo a los senores abogados MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Santander

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