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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (16/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G34/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de setiembre de 2005 Nombres y Apellidos P asajes V iáticos Número Total Tarifa US$ por día de días Viáticos Aeropuerto US$ US$ S/. Comandante FAP ---- 20 0.00 3 600.00 ---- José Quintana Castrillón Javier Romero Arzapalo ---- 200.00 3 600.00 ---- Celestino Zacarías ---- 200.00 3 600.00 ---- Poma Cancio Alejandro ---- 200.00 3 600.00 ---- Vivanco Cueva Nombres y Apellidos P asajes Viáticos Número Total T arifa US$ por día de días Viáticos Aeropuerto US$ US$ S/. Ana Teresa 198.12 96.60 17 1,642.20 27.20 Lecaros Terry Gaudens Angel 198.12 96.60 17 1,642.20 27.20 Gózar Manyari Jhony Enrique 198.12 96.60 17 1,642.20 27.20 Quispe Pizarro Comandante FAP 198.12 96.60 17 1,642.20 27.20 José Quintana Castrillón Javier Romero Arzapalo 198.12 96.60 17 1,642.20 27.20 Celestino Zacarías 198.12 96.60 17 1,642.20 27.20 Poma Cancio Alejandro 198.12 96.60 17 1,642.20 27.20 Vivanco Cueva Artículo Tercero.- Los gastos operativos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, ascendentes a US$ 18,543.13 serán cubiertos con cargo a la Función 13:Relaciones Exteriores, Programa 045: Política Exterior, Subprograma 0118: Relaciones Diplomáticas, Actividad 00623, Desarrollo Fronterizo, Límites y Política Antártica,Componente 00802: Límites del Perú, espacio aéreo, marítimo y Política Antártica: Meta Presupuestal 01052, Mantenimiento, Reposición y Densificación de HitosFronterizos del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de 15 (quince) días altérmino de la referida comisión. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las citadas actividades,los mencionados funcionarios deberán presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 15888 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G7A/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G41/G6E/G61/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G73/G65/G67/GFA/G6E/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G70/G72/G65/G76/G69/G73/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G41/G50/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G20/G63/G6F/G62/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 DECRETO SUPREMO Nº 018-2005-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú indica que en la relación laboral se debe establecer el principio de igualdad y oportunidad, sin discriminación de ninguna índole; por lo tanto, siendo el trabajo la base del bienestar social yun medio de realización de la persona, ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador; Que, mediante la Ley Nº 27658 - Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, se declaró en proceso de modernización las entidades públicas y los procedimientos que se vienen efectuando con la finalidadde mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, las Direcciones Regionales de Salud integradas a los Gobiernos Regionales ingresaron a un proceso de reforma y modernización, estableciendo los lineamientos generales de gestión y reestructuración integral de lossistemas y los procesos administrativos a ser implementados en las Unidades Ejecutoras que las conforman; Que, en atención a las necesidades institucionales acorde con el Cuadro para Asignación de Personal, es necesario valorar el conocimiento académico adquiridopor los recursos humanos de salud; y, las funciones profesionales o técnicas que vienen desarrollando por necesidad del servicio; promoviendo un proceso deCambio de Grupo Ocupacional y Cambio de Línea de Carrera; Que, la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, estableció las disposiciones de disciplina, racionalidad y austeridad que permita el cumplimiento de los objetivos del Pliego al menorcosto posible; así como simplificar los procesos administrativos de acuerdo a la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracionesdel Sector Público, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, Ley Nº 27658 - LeyMarco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2005 y artículo 7º de la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto Público para el Año Fiscal 2005; Estando a lo acordado; DECRETA:Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento para la implementación de plazas en el Presupuesto Analítico dePersonal según cargos previstos en el Cuadro para Asignación de Personal para su cobertura mediante el Cambio de Grupo Ocupacional y Cambio de Línea deCarrera en las Direcciones Regionales de Salud que integran los Gobiernos Regionales. Artículo 2º.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE PLAZAS EN EL PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PERSONAL SEGÚN CARGOS PREVISTOS EN EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PARA SU COBERTURA MEDIANTE EL CAMBIO DE GRUPO OCUPACIONAL Y CAMBIO DE LÍNEA DE CARRERA EN LAS DIRECCIONES REGIONALES DE SALUD INTEGRADAS A LOS GOBIERNOS REGIONALES TÍTULO I FINALIDAD, OBJETIVO Y ALCANCE Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene por finalidad establecer los procedimientos para implementar en las Direcciones Regionales de Salud integradas a los Gobiernos Regionales, plazas en el Presupuesto Analítico de Personal