NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (23/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 19
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G38/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de setiembre de 2005 Que, a través del Oficio de Vistos, el Sr. Lucio Velásquez Pantigoso, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Moya,solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento la donación de módulos de maquicentros; Que, mediante Memorándum Nº 091-2005-VIVIENDA/ VMCS-PREBAM, el Programa de Equipamiento BásicoMunicipal remitió el Informe Técnico Nº 032-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, a través del cual expresósu conformidad en atención a las consideraciones técnicasdel expediente de solicitud de donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidadcon lo dispuesto en la Directiva para el ProcedimientoAdministrativo respecto de los actos de disposición debienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aprobada vía la Resolución de SecretaríaGeneral Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por laprocedencia de la donación de la maquinaria detallada enel Anexo que forma parte integrante de la presenteResolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1,que forman parte integrante de la presente Resolución, afavor de la Municipalidad Distrital de Moya, provincia ydepartamento de Huancavelica, con la finalidad deimplementar un maquicentro para el Colegio Nacional Mixto "San Miguel" de Moya; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779,Ley Nº 27792 y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo 1, que forma parte integrante de lapresente Resolución, valorizada en S/. 5,403.87 (Cinco MilCuatrocientos Tres y 87/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distrital de Moya, provincia y departamento de Huancavelica, con la finalidad de implementar elmaquicentro para el Colegio Nacional Mixto "San Miguel"de Moya. Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar por que se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y ala Contraloría General de la República dentro de lostérminos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 16305 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2005-VIVIENDA Lima, 22 de setiembre de 2005 Vistos; el Oficio Nº 186-2004-A-MDSPCH de fecha 7 de octubre de 2004, presentado por la Municipalidad Distritalde San Pedro de Chunán, provincia de Jauja, departamentode Junín; el Informe Técnico Nº 067-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR del Programa de Equipamiento BásicoMunicipal y el Memorándum Nº 078-2005-VIVIENDA/OGA- CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 41-94 se otorga al Ministerio de la Presidencia una partida económica para la adquisición de maquinaria de mecánica de producción, con la finalidad de promover actividades productivas en lasáreas marginales y rurales más necesitadas del Perúpermitiendo de esa manera la creación y transferencia detecnología apropiadas para lograr mayores niveles deingreso en población que habita dichas áreas; Que, en virtud al Decreto de Urgencia Nº 059-96, se adquirió máquinas y equipos de metalmecánica, con elpropósito de mejorar la calidad y eficiencia de la educación en todos sus niveles con el objeto de mejorar el niveleconómico de la población; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se dispuso la adquisición de maquinaria para la industria del calzado, confección y tejido, procedentes de la RepúblicaPopular China con la finalidad de equipar a pequeños ymicroempresarios; dicha norma fue modificada por Decretode Urgencia Nº 023-97, con el cual se autorizó a destinar ytransferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país, asimismo mediante Decretode Urgencia Nº 086-97 se modificó el Decreto de UrgenciaNº 023-97 disponiendo que del saldo del cincuenta porciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferiren calidad de donación a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, en virtud al Decreto de Urgencia Nº 009-97 se adquirió maquinaria de mecánica automotriz con la finalidadde crear y transferir tecnología apropiada para contribuir almejoramiento de los niveles de ingreso, con objeto de erradicar la pobreza y la situación de marginación; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministeriosregulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del PoderEjecutivo, determinándose el número de Ministerios, entrelos cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministeriode la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía lascompetencias, funciones, atribuciones, los derechos yobligaciones del Viceministerio de Infraestructura, delPrograma de Equipamiento Básico Municipal y los órganosde apoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es un organismo público integrante del PoderEjecutivo, que se rige por su Ley de Organización yFunciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacióny Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una viviendaadecuada y a los servicios básicos, proporcionando elordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento yprotección de los centros de población y sus áreas deinfluencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del Oficio de Vistos, el Sr. Melitón Walter Díaz Maita, Alcalde de la Municipalidad de San Pedro deChunán, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento la donación de maquicentros; Que, mediante Memorándum Nº 203-2005/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Programa de Equipamiento BásicoMunicipal remitió el Informe Técnico Nº 067-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, a través del cual expresósu conformidad en atención a las consideraciones técnicasdel expediente de solicitud de donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidadcon lo dispuesto en la Directiva para el ProcedimientoAdministrativo respecto de los actos de disposición debienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aprobada por la Resolución de SecretaríaGeneral Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por laprocedencia de la donación de la maquinaria detallada enel Anexo que forma parte integrante de la presenteResolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1,que forma parte integrante de la presente Resolución a favorde la Municipalidad Distrital de San Pedro de Chunán,provincia de Jauja, departamento de Junín, con la finalidadde implementar un maquicentro para el CEM "César Vallejo"; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779,Ley Nº 27792 y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2002-VIVIENDA;