NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (23/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 22
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G38/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de setiembre de 2005 Mes de OctubreNº de Juzgado Magistrado 14 J Penal - MBJ Lucila Rafael Yana San Juan de Miraflores 15 JPenal - MBJ Jesús Germán P acheco Diez Villa María del Triunfo 16 Juzgado Mixto - Miguel Enrique Becerra Medina MBJ Huaycán 17 Juzgado Mixto - José Manuel Quispe Morote MBJ El Agustino 18 1º Juzgado Penal - César Ignacio Magallanes Aymar Cono Este (Chosica) 19 2º Juzgado Penal - Víctor Benjamín Beas Salas Cono Este (Chosica) 20Juzgado Mixto de Lurín Jorge Alejandro Octavio Mena Quispe 21 1º Juzgado Penal José Luis Carrasco Barolo 22 2º Juzgado Penal Luis Jacinto Sánchez Gonzáles 23 3º Juzgado Penal Flor de María Deur Morán 24 4º Juzgado Penal Ruth Monge Guillergua 25 5º Juzgado Penal María Jesús Carrasco Matuda 26 6º Juzgado Penal Sonia Iris Salvador Ludeña 27 7º Juzgado Penal Zoilo Enriquez Sotelo 28 8º Juzgado Penal Eduardo José Gago Garay 29 9º Juzgado Penal Yngrith Grozzo García 30 10º Juzgado Penal César Armando Pecho Peche 31 11º Juzgado Penal Alfredo Catacora Acevedo Artículo Segundo.- La realización del turno establecido en el artículo precedente deberá efectuarsebajo responsabilidad de cada uno de los señoresMagistrados. Artículo Tercero .- PONER la presente resolución a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Distrital de Control de laMagistratura, de la Policía Nacional del Perú, de la Oficinade Administración Distrital, Oficina de Prensa, Oficina de Protocolo y de la Administración del Juzgado Penal de Turno Permanente, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARÍA ZAVALA VALLADARES CARMEN MARTÍNEZ MARAVÍANA PATRICIA LAU DEZA OSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ 16295 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA /G49/G6E/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G74/G65/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G79 /G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G42/G61/G6C/G6F/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G53/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G65/G63/G65/G73/G20/G79/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1086-2005-CNM Lima, 20 de setiembre de 2005 VISTO: El acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de 15 de setiembre de2005; y,CONSIDERANDO: Que, compete al Consejo Nacional de la Magistratura, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú, 2º y 21º inciso a)de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional dela Magistratura, la selección y nombramiento de jueces yfiscales de todos los niveles, previo concurso público deméritos y evaluación personal; Que, por Resolución Nº 990-2005-CNM, de 3 de junio de 2005, se aprobó el Balotario de Concurso para la Selección yNombramiento de Jueces y Fiscales, el mismo que se publicóen el Diario Oficial El Peruano, el 5 del mismo mes y año; Que, la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento de Magistrados del Consejo Nacional de la Magistratura, propuso la inclusión de las materias de Derecho Registral y Derecho Notarial, con sus respectivostemas, en el Balotario de Concurso para la Selección yNombramiento de Jueces y Fiscales, el mismo que debatidoen el Pleno del Consejo y con las sugerencias de losseñores Consejeros se aprobó en sesión de 15 de setiembre del presente año; Que, de conformidad con el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional dela Magistratura; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incluir en el Balotario de Concurso para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales,aprobado por Resolución Nº 990-2005-CNM, de 3 de juniode 2005, las materias de Derecho Registral y Derecho Notarial, con los temas siguientes: Derecho Registral Finalidad. Importancia. Principios registrales: rogación, publicidad, legitimidad, buena fe registral, tracto sucesivo,prioridad, impenetrabilidad. Régimen y estructura legislativa del derecho registral peruano. Procedimiento registral. Clases de Registros. Registro de la propiedadinmueble. Registro de Personas Jurídicas. RegistroPersonal. Registro de Mandatos y Poderes. Registro deTestamentos. Registro de Sucesiones Intestadas. Registrode Bienes Muebles. Derecho Notarial El notario y la función notarial. Principios que regulan la función notarial. Fe pública notarial. Instrumentos públicosnotariales. Protocolo notarial. Escritura pública. Testamento.Acta notarial. Poderes. Deberes éticos. Prohibicioneslegales. Artículo Segundo.- La inclusión de las materias de Derecho Registral y Derecho Notarial, entrarán en vigenciaa partir del día siguiente de la publicación en el Diario OficialEl Peruano y se tomarán en cuenta para los Concursosque a partir de la fecha convoque el Consejo Nacional de laMagistratura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 16264 J N E /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G22/G50/G6F/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G69/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64 /G43/G61/G74/GF3/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G22/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F /G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G63/G75/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G72/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 267-2005-JNE Lima, 20 de setiembre 2005 Vista, la solicitud de inscripción de la Universidad Pontificia Universidad Católica del Perú, en el RegistroElectoral de Encuestadoras del Jurado Nacional deElecciones, presentada por don Augusto Enrique EguigurenPraeli, Director de Administración de la citada institución; CONSIDERANDO: Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electorales