Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2005 (23/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 23 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yaringano, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Pomabamba, Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1656-2002-MP-FN, de fecha 9 de setiembre del 2002. Articulo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Maynas, Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1001-2003-MP-FN, de fecha 2 de MORDAZA del 2003. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 16292

UNIVERSIDADES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de pasajes aereos de la Facultad de Educacion de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 04572-R-05
MORDAZA, 14 de septiembre del 2005 Visto el expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 17268-RG-05 de la Oficina de Abastecimiento, sobre Exoneracion del Concurso Publico para la adquisicion de pasajes y viaticos por el periodo de setiembre y octubre de 2005 para la Facultad de Educacion; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Rectoral Nº 03407-R-05 del 7 de MORDAZA de 2005, se autoriza la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2005 de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, del MORDAZA de Seleccion por Concurso Publico-"Contratacion del Servicio de Transporte Aereo" para cubrir 400 pasajes de transporte aereo ida y vuelta a diferentes sedes provinciales para la Facultad de Educacion, por un importe referencial ascendente a S/. 260,000.00 (Doscientos sesenta mil y 00/ 100 nuevos soles); Que la Oficina General de Planificacion mediante Oficio Nº 2064-OGPL-2005, opina favorablemente respecto a la disponibilidad presupuestal para el transporte aereo del personal Docente y Administrativo a las sedes provinciales de los Programas y Maestrias de la Facultad de Educacion; Que mediante Oficio Nº 2060-D-FE-2005 la Facultad de Educacion, solicita la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio de Transporte Aereo durante los meses de setiembre y octubre de 2005 considerando que el promedio de gasto aproximado de transporte solicitado es por un monto mensual de S/. 20,000.00 (Veinte mil y 00/100 nuevos soles) en tanto se realice el MORDAZA de seleccion respectivo, en vista que la duracion del mismo colocaria en situacion de desabastecimiento inminente y en una imposibilidad de continuar con el normal desarrollo de sus actividades; Que la Oficina de Abastecimiento mediante el Oficio Nº2315-OGE-OA-2005, hace MORDAZA el Informe Nº 396-2005 del 06 de setiembre de 2005, y establece que de no

realizarse los viajes programados a las sedes provinciales se estaria comprometiendo la imagen de nuestra institucion, asi como el nor mal desarrollo de las actividades academicas programadas, por lo que sugiere se autorice la exoneracion solicitada por el monto de S/. 40,000.00 (Cuarenta mil y 00/100 nuevos soles) sustentandose en el articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en concordancia con el articulo 141º de su Reglamento, por la causal de situacion de desabastecimiento inminente, sin perjuicio de la responsabilidad de los servidores encargados de la planificacion del MORDAZA de seleccion correspondiente; Que el articulo 47º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado indica que los funcionarios y ser vidores son responsables del cumplimiento de las normas de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, estableciendo sanciones en caso de incumplimiento; Que la Oficina General de Asesoria Legal, con Informe Nº 1111-OGAL-R-05, emite opinion favorable por la exoneracion solicitada, al configurar la causal de desabastecimiento inminente que puede acarrear perjuicios a la Facultad de Educacion, puesto que de no realizarse los viajes programados a las sedes provinciales se estaria comprometiendo la imagen de la Institucion, asimismo se debera ordenar el inicio de las acciones que correspondan a fin de determinar las responsabilidades administrativas por no aplicarse la normatividad vigente, de conformidad con el articulo 47º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que Oficina General de Economia, mediante la Hoja de Ruta Documentaria Nº 023760, emite opinion favorable al respecto; y, Estando a las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente a la Adquisicion de pasajes aereos de la Facultad de Educacion para las sedes provinciales de los Programas y Maestrias de la Facultad de Educacion durante los meses de setiembre y octubre de 2005, por un monto total de S/. 40,000.00 (Cuarenta mil y 00/100 nuevos soles) mensuales, teniendo como fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados por la Universidad, en tanto se ejecute el MORDAZA de seleccion "Concurso Publico para contratar el servicio de Transporte Aereo par la citada Facultad en sedes provinciales", conforme la Descripcion Basica del servicio requerido que se encuentra detallado en la Hoja de Resumen del Informe Tecnico para Exoneracion de MORDAZA de Seleccion y su anexo, los que a fojas dos (2) forman parte de la presente Resolucion Rectoral. 2º Dejar establecido que la dependencia encargada de la contratacion exonerada por medio del primer resolutivo, es la Facultad de Educacion, a la cual se le recomienda el estricto cumplimiento del articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3º Encargar a la Secretaria General de la Universidad la publicacion de la presente Resolucion Rectoral en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de 10 dias habiles de haber sido expedida. 4º Encargar a la Oficina de Abastecimiento remitir a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE MORDAZA de la presente Resolucion Rectoral, conjuntamente con la MORDAZA de los Informes que la sustentan, empleando los formatos adecuados; asi como difundirla a traves del SEACE dentro del plazo establecido por la ley. 5º Encargar a la Oficina General de Auditoria Interna determinar la responsabilidad administrativa por la generacion de la situacion de desabastecimiento inminente que obliga la emision de la presente Resolucion. 6º Establecer que la Exoneracion aprobada por medio del Resolutivo primero surte efecto a partir de la fecha , en sujecion a lo dispuesto por el articulo 20º de la Ley Nº 26850. 7º Encargar a la Secretaria General de la Universidad, a las Oficinas Generales de Economia, Auditoria Interna y a la Oficina de Abastecimiento el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector

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