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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (28/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G31/G30/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de setiembre de 2005 Nacionales, queda encargada de la implementación y supervisión de los citados Planes Generales. Artículo 4º.- Los establecimientos de salud a nivel nacional, son responsables del cumplimiento de losmencionados Planes Generales, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 5º.- La Oficina General de Comunicaciones se encargará de la publicación de los referidos Planes Generales en la página web del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 16485 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G71/G75/G69/G70/G6F/G20/G64/G65 /G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4D/GE1/G73 /G50/G6F/G62/G72/G65/G73/G20/G2D/G20/G4A/G55/G4E/G54/G4F/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 723-2005/MINSA Lima, 23 de setiembre del 2005 Visto el Expediente R 0529636-5, que contiene el Oficio Nº 047-2005-PCM-PNADP; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres, con el objeto de ejecutar transferencias directas en beneficio de las familias más pobres de la población,articulando políticas integrales de lucha contra la pobreza y canalizando los recursos de los diversos sectores de la sociedad civil y del Estado destinados a otorgarprestaciones de salud y educación, orientadas al aseguramiento de la salud preventiva materno-infantil y la escolaridad, con la participación de las familiasbeneficiadas; Que, por Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM, se ha dispuesto denominar como “JUNTOS” al ProgramaNacional de Apoyo Directo a los Más Pobres, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS; Que, en cumplimiento del Acuerdo del Consejo Directivo del indicado Programa, los sectores que lo integran deben designar a sus respectivos equipos de profesionalesdedicados a tiempo completo a la tarea de coordinar las necesidades e implementación de las ofertas sociales propuestas por cada sector en el marco del mencionadoPrograma Nacional; Con la visación del Viceministro de Salud y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al doctor Julio CASTILLO FERNÁNDEZ y al doctor Pedro VICUÑA VÍLCHEZ, funcionarios de la Dirección General de Salud de las Personas, como miembros del Equipo de Apoyo delMinisterio de Salud al Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - “JUNTOS”, quienes se encargarán de coordinar con dicho Programa, laimplementación de la oferta sectorial en materia de prestaciones de salud, en apoyo directo de la población más pobre del país. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 16486TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 660-2005-MTC/02 Lima, 22 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes delPoder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicablea los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyoscasos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio dela comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citadoConvenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GM Nº 468.05, del 7 de setiembre de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 11 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnicade Aeronaves), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Com unicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar las inspecciones técnicas por renovación de Constancias de Conformidad a las aeronavesBoeing 767 de matrículas CC-CRT y CC-CEK y a las aeronaves Airbus 320 de matrículas CC-COC, CC-COD y CC-COM de la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad deSantiago, durante los días 3 al 14 de octubre de 2005; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotación Nº 25740, la solicitante ha cumplido con el pago del derechode tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes deInspección Nºs. 1813-2005-MTC/12.04-SDA y 1814-2005- MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores Luis Gustavo Satornicio Satornicio y Guillermo Julio Rivero Pun,