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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (02/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G30/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 2 de abril de 2006 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por International Planned Parenthood Federation a favor del INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES, consistenteen 1 paleta conteniendo 2,800 unidades de DIU-CT 380A (T de cobre C/W Backer Card), 3,500 frascos de Depo Provera 1 ml., 3,500 unidades de jeringas 1ml para Depo Provera Y 680 unidades de Norplant con un peso bruto de 115.00 kilos, valorizado en US$ 21,287.00 (Veintiún mil doscientos ochentisiete y 00/100 dólaresamericanos), será utilizada en los servicios de salud enplanificación familiar que brinda INPPARES a la poblaciónde escasos recursos económicos a nivel nacional. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06009 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G22/G49/G49/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G43/G45/G4C/G2D/G20/G49/G49/G22/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 137-2006-TR Lima, 30 de marzo de 2006VISTOS: La Carta de fecha 20 de enero de 2006, de los organizadores de la I Conferencia de EconomíaLaboral; y los Oficios Nºs. 140 y 423-2006-MTPE/3/11.2de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 27779, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, diseña y promueve las políticasactivas de empleo a fin de obtener un mejoramiento ensu calidad y cantidad; desarrolla mecanismos queaseguren la productividad y empleabilidad de la fuerzalaboral; fomenta el diálogo social; y diseña, propone y supervisa el cumplimiento de las normas y leyes laborales; Que, en mérito a lo expuesto, el Centro de Investigación de la Universidad del Pacífico (CIUP), elGrupo de Análisis para el Desarrollo (GRADE) y el Centrode Estudios para el Desarrollo y la Participación (CEDRED), organizaron la “I Conferencia de Economía Laboral - CEL I”, que se llevó a cabo el 23 y 24 de noviembre de 2004, dicho evento fue auspiciado, entreotros, por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,acordando sus organizadores, la realización de una “ II Conferencia de Economía Laboral - CEL II” , que se llevará a cabo en el presente año; Que, mediante carta de vistos, los organizadores de la I Conferencia de Economía Laboral - CEL I, cursanuna invitación a la Directora Nacional (e) de Promocióndel Empleo y Formación Profesional, a efectos de quegestione nuevamente, la participación del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo, como uno de los organizadores de la “II Conferencia de Economía Laboral - CEL II” , el mismo que se realizará en la ciudad de Lima, del 23 al 24 de noviembre de 2006; Que, el citado evento tiene por objetivo concentrar los estudios más recientes y destacados trabajos desde las perspectivas de la economía y el derecho laboral, contando para ello con la participación de destacadosinvestigadores nacionales e internacionales, y nogenerarán gasto al presupuesto institucional ni al erarionacional; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, de la Directora Nacional (e) de Promoción del Empleo y FormaciónProfesional y del Director General de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica; y, De conformidad con los Artículos 28° y 37º del Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal d) del Artículo 12° de su Reglamentode Organización y Funciones aprobado por ResoluciónMinisterial N° 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la participación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como uno de losorganizadores del evento denominado “II Conferencia de Economía Laboral CEL - II” , que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 23 al 24 de noviembre de 2006. Artículo 2°.- La organización del citado evento no irrogará gastos al Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 06007 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2006-MTC/02 Lima, 30 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, que modifica el incisoj) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, los viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos quedan prohibidos, exceptuándose a los altos funcionarios yautoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212y los Titulares del Pliego, asimismo los destinados aldesarrollo de funciones en el marco de las negociacionesorientadas a la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promoción y/o negociación económica comercial de importancia parael Perú y los que resulten indispensables para asegurar