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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (04/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G31/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de abril de 2006 Que, habiéndose vencido el plazo de ejecución de obras autorizado, la administrada solicita mediante ExpedienteNº 003011200621 la ampliación de plazo correspondiente; Que, efectuada la inspección ocular correspondiente se verificó que las obras de Habilitación Urbana aún no hansido concluidas, razón por la cual se cursó la Notificación Nº 585-2006-SGLHU-GDU-MSS comunicándole a la administrada que previo a la prosecución de su trámitedebía cancelar la suma de S/. 3,516.56 Nuevos Soles por concepto de liquidación. Dicho monto ha sido cancelado mediante Recibo Único de Caja Nº 2916171 de fecha6.3.2006; Que de acuerdo al Informe Nº 627-2006-SGLHU- GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias yHabilitaciones Urbanas se desprende que la administrada ha cumplido con presentar todos los requisitos exigidos en el TUPA vigente para dicho trámite, por lo tanto esprocedente acceder a la solicitud presentada; Estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General y en concordancia con las competencias señaladas en el Artículo 100º de la Ordenanza Nº 247-MSS de fecha28.12.2005 que aprueba las Modificaciones a la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, otorgando a laSubgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas la facultad para resolver en primera instancia los procedimientos de Habilitaciones Urbanas; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por la empresa FERREYROS S.A.A.y en consecuencia AMPLIAR por 18 meses el plazo de ejecución de las obras de Habilitación Urbana para Uso de Comercio Especializado (CE) del terreno de 10,130.80m2 constituido por la acumulación de 4 unidades en el lote D-4 de la Urbanización San Idelfonso del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima,conforme al plano signado con el Nº 012-2000-MSS- DDU-SDOPRIV aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 641-2000-RASS de fecha 26.5.2000. Artículo Segundo.- DISPONER que la empresa FERREYROS S.A.A., efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano en el plazo decinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado, sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Tercero.- DISPONER se notifique la presente Resolución a la administrada, quien señala domicilio legal en la Av. Industrial Nº 675 - Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de los artículos precedentes a la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENMA VALVERDE MONTOYA Subgerente de Licencias y Hab. Urbanas 06100 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G62/G61/G73/G65/G20/G79/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G50/G41/G4E/G20/G54/G42/G43 ACUERDO Nº 000048 Callao, 31 de marzo de 2006El Concejo Municipal Provicial del Callao, Visto en Sesión celebrada el día 31 de marzo del 2006, con elvoto en UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento deOrganización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; ACUERDA 1. Aprobar el Dictamen N° 030-2006-MPC-CAM, de la Comisión de Administración, de conformidad con los Informes N° 203-2006-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y N° 340-2006-MPC/GGA-GA de la Gerencia de Abastecimiento, que recomienda al Concejo Municipal aprobar la exoneración del proceso de selección para la adquisición y distribución de Insumos paralas organizaciones sociales de base y para el Programa PAN TBC, por dos meses, por S/. 663,180.83 nuevos soles y para el servicio integral de logística para la distribución deproductos por S/.58.000.00 nuevos soles. 2. Encargar a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, establecer lasresponsabilidades que haya lugar por el desabastecimiento ocurrido 3. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde 06072 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G22/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/GED/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20 /G41/G64/G75/G6C/G74/G61/G73/G4D/G61/G79/G6F/G72/G65/G73/G22 ORDENANZA Nº 004-2006/MDV-CDV Ventanilla, 15 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ventanilla en Sesión Ordinaria de fecha 15 de marzo del año 2006; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú , concordantecon lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, se encuentra prescrito que los gobiernos locales gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú, establece que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono; Que, de acuerdo al Artículo IV de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuadaprestación de los servicios públicos y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;