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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (04/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G31/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de abril de 2006 Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y al Viceministro de Agricultura del Ministeriode Agricultura; De conformidad con lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 102-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 102-2006-PCM, cuyo texto será el siguiente: "Artículo 2º.- La Comisión que se constituye mediante el artículo precedente estará integrada por: - La Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros, o su representante, quien la presidirá; - El Viceministro de Agricultura del Ministerio de Agricultura; - El Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; - La Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; - El Director General de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, del Ministerio de Economía y Finanzas; - El Secretario Técnico de Consejo Nacional de Descentralización; - La Superintendente de la Superintendencia de Bienes Nacionales; - La Superintendente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; - El Jefe del Instituto Geográfico Nacional; - El Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada; - La Coordinadora Nacional de la Formalización, de la Comisión de la Formalización de la Propiedad Informal; - El Director de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; - El Coordinador General de la Unidad Coordinadora del Programa de Modernización y Descentralización del Estado, de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, - Un representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas." Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 06094 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G32/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G50/G43/G4D/G2C /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/GF3/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C /G73/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G49/G67/G75/G61/G6C/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G6F/G72/G74/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G4D/G75/G6A/G65/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G56/G61/G72/G6F/G6E/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G36/G2D/G32/G30/G31/G30 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 132-2006-PCM Lima, 31 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2005- MIMDES se aprobó el Plan Nacional de Igualdad deOportunidades para Mujeres y Varones 2006-2010, el cual establece políticas y lineamientos que implican la acción conjunta del Estado y la Sociedad Civil,constituyéndose en un instrumento de política que servirá de marco orientador para la implementación de acciones dirigidas a eliminar toda forma de discriminación ydesigualdad entre varones y mujeres;Que, por Resolución Ministerial Nº 022-2006-PCM de fecha 26 de enero de 2006, se constituyó la ComisiónMultisectorial encargada del seguimiento del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Varones 2006-2010, integrada entre otros, por un representantedel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, quien la presidirá, estableciendo en su artículo 3º que la Directora General de la Mujer actuará como SecretariaTécnica de la Comisión; Que, para facilitar y optimizar el trabajo de la citada Comisión Multisectorial es necesario modificar el artículo3º de la Resolución Ministerial Nº 022-2006-PCM a efectos de que la Directora de Igualdad de Oportunidades de la Dirección General de la Mujer del MIMDES ejerzala Secretaría Técnica de la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, en el Decreto Supremo Nº 009-2005-MIMDES, en elReglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y en laResolución Ministerial Nº 022-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 022-2006-PCM, quedandoredactado de la siguiente forma: "Artículo 3º.- Secretaria TécnicaLa Directora de Igualdad de Oportunidades de la Dirección General de la Mujer del MIMDES, actuarácomo Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial constituida por la presente Resolución Ministerial". Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 06095 AGRICULTURA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G73/G75/G73/G74/G65/G6E/G74/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73 /G72/G65/G71/G75/G65/G72/G69/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G6F/G6E/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G41/G6C/G67/G6F/G64/GF3/G6E/G20/G54/G61/G6E/G67/GFC/G69/G73/G20/G2D/G20/G43/G6F/G73/G65/G63/G68/G61/G20/G32/G30/G30/G35/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F DECRETO SUPREMO Nº 015-2006-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 28600 se creó el Programa Nacional de Promoción a la Formalización del ComercioAlgodonero de las variedades Tangüis, Pima, Supima, Del Cerro, Hazera y otras producidas en el Perú, cuyo reglamento se aprobó por Decreto Supremo Nº 039-2005-AG; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2005-AG, se modificó la Primera Disposición Transitoria de eseReglamento, en lo referente al pago del incentivo a los productores del algodón Tangüis, cosecha 2005, sustentado en los reportes de las empresasdesmotadoras y en las liquidaciones de compra y/o facturas de venta; Que, los productores que participaron del Programa Especial de Comercialización de Algodón Tangüis - Cosecha 2005, ejecutado en virtud de la Adenda de fecha 5 de abril de 2005 al Convenio de Comisión de Confianzacelebrado entre el Ministerio de Agricultura y el Banco Agropecuario, no disponen de liquidaciones de compra