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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (05/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G31/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 460-2003-MTC/ 02, de fecha 17 de junio de 2003, se aprobó la tasaciónelaborada por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA de las áreas afectadas por las obras de construcción del Tramo Ancón - Huacho - Pativilca de laCarretera Panamericana Norte, cuyos montos, unidades catastrales y/o partidas registrales se indicaron en el Anexo que forma parte integrante de la referida Resolución; Que, con Resoluciones Ministeriales Nº 585-2004- MTC/02, Nº 536-2004-MTC/02, Nº 072-2005-MTC/02, Nº 225-2005-MTC/02 y Nº 116-2006-MTC/02 de fechas2 de agosto de 2004, 14 de julio de 2004, 9 de febrero de 2005, 15 de abril de 2005 y 13 de febrero de 2006, respectivamente, se modificó el Anexo de la ResoluciónMinisterial Nº 460-2003-MTC/02; Que, mediante Informe Nº 043-2006-MTC/10.05 de fecha 27 de febrero de 2006, la Directora de Patrimonio de la OficinaGeneral de Administración comunica la necesidad de modificar el anexo de la Resolución Ministerial Nº 460-2003-MTC/02, toda vez que 71 predios han sido modificados en cuanto a lasáreas de afectación por el derecho de vía de la Autopista Huacho - Pativilca: Red Vial Nº 5, de los cuales sólo 9 predios cuentan con nueva valuación comercial emitida por el ConsejoNacional de Tasaciones - CONATA, las cuales han sido remitidas por el Coordinador Técnico Sectorial en Asuntos Viales de PROINVERSIÓN, mediante los Oficios Nº 355/2004/CI-RV/PROINVERSIÓN, Nº 184/2005/CI-RV/PROINVER- SION, Nº 329/2005/CI-RV/PROINVERSIÓN y Nº 361/2005/ CI-RV/PROINVERSIÓN; Que, asimismo, la Directora de Patrimonio indica que sólo se modificaran 9 tasaciones aprobadas por Resolución Ministerial Nº 460-2003-MTC/02, en razónque las 63 tasaciones restantes se encuentran en proceso de saneamiento físico por la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, por otro lado, de acuerdo al Anexo 1 del Oficio Nº 3314-2004-COFOPRI/GT del Gerente de Titulación de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal- COFOPRI, remitido con Oficio Nº 355/2004/CI-RV/ PROINVERSIÓN, la Unidad Catastral Nº 000145 ha dado origen a las Unidades Catastrales Nºs. 000152 y 000153;y la Unidad Catastral Nº 106 a la Unidad Catastral Nº 106 B. Asimismo, de conformidad a los Oficios Nº 902-2005- COFOPRI/GT y Nº 255-2005-COFOPRI/GT, remitidosmediante Oficios Nº 361/2005/CI-RV/PROINVERSIÓN y Nº 184/2005/CI-RV/PROINVERSIÓN, los predios identificados con las Unidades Catastrales Nºs. 016861 y14293, cuentan con nuevos Códigos Catastrales, conforme se detalla en el anexo de la presente resolución; Que, en tal sentido, resulta necesario modificar las tasaciones y las Unidades Catastrales, conforme se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs 27628 y 27791 y Decreto Supremo Nº 041-2002- MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 460-2003-MTC/02, modificada por Resolución Ministerial Nº 585-2004-MTC/02, Resolución Ministerial Nº536-2004-MTC/02, Resolución Ministerial Nº 072-2005-MTC/ 02, Resolución Ministerial Nº 225-2005-MTC/02 y Resolución Ministerial Nº 116-2006-MTC/02 respecto de las tasacionesy unidades catastrales que se detallan en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO 1 RELACIÓN DE PREDIOS QUE CUENTAN CON NUEVA VALUACIÓN COMERCIAL Y NUEVA UNIDAD CATASTRAL Nº Correlativo Unidad V alor Tasación Nueva Nuevo Valor RM 460 Catastral RM 460 RM 460 US$ Un idad de T asación Catastral US$ 1 260 013921 1,976.74 ______ 2,039.00 2 279 016861 1,935.31 000158 417.60Nº Correlativo Unidad V alor Tasación Nueva Nuevo Valor RM 460 Catastral RM 460 RM 460 US$ Unidad de Tasación Catastral US$ 3 342 020476 2,627.50 ______ 2,469.60 4 462 030508 7,786.38 ______ 7,726.42 5 485 030560 19,602.17 ______ 19,894.90 6 520 014296 Partida Registral: 2,375.81 ______ 2,421.83 0552 (000105) 7 530 014461 (000106) 7,740.42 106 B 3,801.48 14298 14299 14300 000152 114.00 8 538 14301 (000145) 1,777.51 14298 14299 14300 000153 81.00 14301(000145) 9 542 014293 Partida Registral: 17,094.53 000111 7,836.40 08007242 06052 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G61/G20 /G43/G6F/G6E/G76/G65/G72/G67/G69/G61 /G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G74/G65/G6C/G65/G66/GF3/G6E/G69/G63/G6F/G20/G66/G69/G6A/G6F/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2006-MTC/03 Lima, 30 de marzo de 2006 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2005-019955 por la empresa CONVERGIA TELECOM S.A. para que se le otorgue concesión para la prestación del servicio público telefónico fijo local en la modalidadde abonados, en la provincia de Lima, del departamento de Lima, la provincia de Pasco, del departamento de Pasco y la Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala quecorresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC,establece que los servicios públicos finales se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidosen la Ley y el Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 53º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos finales seencuentra el servicio público telefónico; Que, mediante Informes Nºs. 036-2006-MTC/17.01.ssp y 111-2006-MTC, la Dirección de Concesiones yAutorizaciones de Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones señala que habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos queestablece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público telefónico fijo local en la modalidad de abonados, es procedente la solicitudformulada por la empresa CONVERGIA TELECOM S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto SupremoNº 027-2004-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por DecretoSupremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y del Viceministro deComunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CONVERGIA TELECOM S.A. concesión para la prestación del servicio