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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G31/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de abril de 2006 OSIPTEL /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G79 /G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G4F/G72/G61/G63/G6C/G65 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 038-2006-PD/OSIPTEL Lima, 31 de marzo de 2006EXPEDIENTE Nº 00001-2006-GAF/EX MATERIA CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES VISTOS: el Memorando Nº 011-GAF-IS/2006 de fecha 1 de febrero de 2006 y el Informe Nº 009-GAF-IS/2006 de fecha 28 de febrero de 2006, emitidos por el Área de Informática y Sistemas, el Informe Nº 011-GAF/2006 defecha 31 de marzo de 2006, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, y el Informe Nº 014-GL/2006 de fecha 31 de marzo de 2006, emitido por la GerenciaLegal, con relación a la contratación del servicio de Soporte y Actualización de Software Oracle; CONSIDERANDO: Que, el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, establece que se encuentran exonerados de losrespectivos procesos de selección, las adquisiciones y contrataciones cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, acción que debeconcretarse a través de Resolución del Titular del Pliego; Que el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista unsolo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente. Se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicaso relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante el Memorando Nº 011-IS-GAF/2006 de fecha 1 de febrero de 2006, el Jefe de Informática y Sistemas, comunica que debe renovarse la actualizaciónde software y soporte de las licencias ORACLE. Asimismo, señala que los productos ORACLE son ofrecidos por un único proveedor, razón por la cual elproceso de renovación de estos servicios deben realizarse exclusivamente con Sistemas Oracle del Perú S.A.; Que, mediante el Informe Nº 009-GAF-IS/2006 de fecha 28 de febrero de 2006, el Área de Informática y Sistemas, requiere la actualización de software y soportede las licencias de productos ORACLE, por el período de un (01) año, señalándose asimismo, que resulta necesario contar con el servicio de actualización desoftware y soporte, a fin de asegurar la pronta recuperación de los servicios soportados en software ORACLE en caso se produzca alguna contingencia; Que, el valor referencial asciende a la suma de US$ 19,657.71 (Diecinueve mil seiscientos cincuenta y siete y 71/100 Dólares Americanos), el cual equivale a lasuma de S/. 65.872.98 (Sesenta y cinco mil ochocientos setenta y dos y 98/100 nuevos soles), correspondiendo realizar una Adjudicación Directa Selectiva; Mediante carta de fecha 18 de enero de 2006, Oracle Corporation declara que es dueña directa o indirectamente de los derechos de autor y propiedadintelectual de los productos Oracle; o le han sido otorgados los derechos de distribución de productos Oracle, los cuales incluyen derechos de autor ypropiedad intelectual que pertenecen a otra entidad. Asimismo declara que Sistemas Oracle del Perú S.A. es la única empresa autorizada por Oracle Corporation paradistribuir todos los productos y servicios Oracle, a saber licencias, servicios de consultoría, educación certificada y servicios de soporte técnico incluyendo renovación desoporte en todas las plataformas en el territorio de Perú;Asimismo, con carta de fecha 24 de enero de 2006, Sistemas Oracle del Perú S.A. declara que son el único proveedor del Servicio de Actualización y Soporte de Licencias ORACLE en el Perú; Que, mediante los documentos de vistos, se determina que se ha configurado la causal de exoneración prevista en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone quelas adquisiciones y contrataciones exoneradas se efectúan en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuestacumpla con las características y condiciones establecidas en las bases; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; y la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar, al Organismo de Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para lacontratación del servicio de Soporte y Actualización de Software Oracle, por la causal de servicio que no admite sustituto, por un valor referencial máximo deUS$ 19,657.71 (Diecinueve mil seiscientos cincuenta y siete y 71/100 Dólares Americanos), el cual equivale a la suma de S/. 65.872.98 (Sesenta y cinco mil ochocientossetenta y dos y 98/100 nuevos soles), incluidos los impuestos de ley; monto que se encuentra debidamente presupuestado, siendo financiado con RecursosDirectamente Recaudados. Artículo Segundo.- La contratación exonerada mediante la presente resolución, se efectuará por elperíodo comprendido desde el 1 de abril de 2006 hasta el 31 de marzo de 2007. Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas proceda a la contratación del servicio exonerado mediante acciones inmediatas y conforme a lo prescrito por las normas de contratacionesy adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas efectúe la publicación de lapresente Resolución en el SEACE; asimismo, se autoriza a la Gerencia de Comunicación Corporativa a efectuar la publicación en el Diario Oficial El Peruano dentro de losdiez (10) días hábiles siguientes a su emisión y remita una copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del mismo plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMAN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo OSIPTEL 06063 SUNAT /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/GED/G66/G69/G63/G6F /G22/G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G22/G20/G49/G41/G54/G41/G2D /G50/G45/G2E/G30/G34 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 155-2006/SUNAT/A Callao, 23 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que el artículo 167º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-