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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G31/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de abril de 2006 En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por laResolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor José Antonio Echevarría Olazábal con MatrículaNº N-3797 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generalesy de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 06114 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65 /G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G64/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73 /G64/G65/G6C/G20/G46/G49/G44/G45 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 032-CND-P-2006 Lince, 31 de marzo de 2006VISTO: El Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización (CND) en su sesión realizada el 28 de marzo de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Presidencial Nº 005- CND-P-2006 se convocó a los Gobiernos Regionales y Locales a la presentación de proyectos de inversión aser financiados con recursos del Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDE), de conformidad con las disposiciones de la ResoluciónPresidencial Nº 150-CND-P-2003 - Reglamento del FIDE y sus normas complementarias establecidas por la Resolución Presidencial Nº 018-CND-P-2006; Que, por Acuerdo de visto, el Consejo Directivo ha determinado la conveniencia de prorrogar hasta el 2 de junio de 2006, el plazo establecido por el artículo 2º de laResolución Presidencial Nº 005-CND-P-2006; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783 - Leyde Bases de la Descentralización, y en uso de las atribuciones contenidas en las Resoluciones Presidenciales Nº 042-CND-P-2003 y sus normasmodificatorias y complementarias, Reglamento de Organización y Funciones del CND, y Nº 053-CND-P- 2003, Reglamento Interno del Consejo Directivo; y, Con el visto bueno del Secretario Técnico (e) y los Responsables de la Gerencia de Administración y Finanzas y de la Oficina Legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prórroga de plazo Prorróguese el plazo a que se refiere el artículo 2º de la Resolución Presidencial Nº 005-CND-P-2006, hasta el día 2 de junio de 2006. Artículo 2º.- Difusión de la prórroga Sin perjuicio de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la SecretaríaTécnica dispondrá la inmediata difusión de la prórroga dispuesta por el Consejo Directivo, a través de dos (2) medios de alcance nacional. Artículo 3º.- Derogatoria y vigencia Quedan sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución, la misma que rige apartir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS THAIS DÍAZ Presidente 06148 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G50/G72/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G2D/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G74/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65 /G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G33/G2D/G43/G4E/G44/G2D/G50/G2D/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 035-CND-P-2006 Lince, 31 de marzo de 2006VISTO: El Oficio Nº 022-2006-CND/GCAT de la Gerencia de Capacitación y Asistencia Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Descentralización (CND), de conformidad con los artículos 22º, 23º e inciso b) numeral 24.2 del artículo 24º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, del artículo 86º de la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 021-2004-PCM que refrenda el “Plan Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica enGestión Pública para el Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales y Locales”, dictó la Resolución Presidencial Nº 023-CND-P-2006 a través de la cual se oficializó laapertura del “Registro Nacional de Entidades Prestadoras de Servicios de Capacitación en materia de Gestión Pública”, disponiéndose en el artículo 4º de esta última que, en unplazo que no exceda del 6 de abril de 2006, se dictarán las normas relativas a la certificación de dichas Entidades; Que, mediante documento de visto, el Responsable de la Gerencia de Capacitación y Asistencia Técnica ha sustentando las normas a que se refiere el considerando precedente, virtud por la cual, solicita la dación del actoresolutivo que formaliza la aplicación de las mismas; De conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 27783, estando a lo dispuesto por las Leyes Nºs.27867 y 27972 y por el Decreto Supremo Nº 021-2004- PCM, y en uso de las atribuciones contenidas en la Resolución Presidencial Nº 042-CND-P-2003 y susnormas modificatorias y complementarias, Reglamento de Organización y Funciones del CND; y, Con el visto bueno del Secretario Técnico (e) y de los Responsables de la Gerencia de Capacitación y Asistencia Técnica y de la Oficina Legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto de la norma Aprobar la Directiva Nº 002-CND-P-2006 “Normas para la Certificación de Entidades Prestadoras de Servicios de Capacitación y Asistencia Técnica en Gestión Pública,inscritas en el Registro a que se refiere la Resolución Presidencial Nº 023-CND-P-2006”, la misma que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aplicación de la Directiva La Gerencia de Capacitación y Asistencia Técnica, bajo responsabilidad, procederá a la inmediata implementación de los procedimientos contenidos en laDirectiva aprobada por el artículo precedente, quedando