Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2006 (06/04/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 316247

Nacion del Templo de Ollantaytambo, registro fotografico, antecedentes legales, contexto historico, memoria descriptiva, planos de planta y elevacion, ficha de informacion basica entre otros. 3. El Oficio Nº 104-DRC-CINC-2006 del Director del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA de fecha 15 de febrero de 2006. 4. El Informe Nº 0262006-INC/DPHCR-SDR-LGCH de fecha 2 de marzo de 2006 de la Arq. MORDAZA Guerzoni MORDAZA, profesional de la Subdireccion de Registro. 5. El Informe Nº 062-2006-INC/ DPHCR-SDR de fecha 2 de marzo de 2006 de la Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirectora de Registro. CONSIDERANDO: 1. Que, el Templo data de mediados del Siglo XVII, la edificacion colonial de adobe tiene MORDAZA prehispanicos al haberse construido sobre una base Kallanka Inka de geometria regular. Destaca la presencia de tres vanos trapezoidales hacia el MORDAZA del Evangelio. 2. Que, la estructura religiosa se encuentra dentro de los linderos que definian la original Plaza Manyaraqui que limita con el sector Qosqo Ayllu y teniendo al Rio Patacancha como un lindero natural. 3. Que, el Templo de Ollantaytambo cuya advocacion es MORDAZA Apostol, presenta una planta en MORDAZA latina, se conforma por la nave central y dos capillas del Senor de Occobamba. En la elevacion principal hacia el MORDAZA de pies se encuentra la Torre-Campanario, cuyo primer cuerpo es de MORDAZA de talla prehispanica reutilizada, el MORDAZA cuerpo es de adobe y cobertura a cuatro aguas. 4. Que, en la fachada destaca el acceso de portada de MORDAZA, hacia el MORDAZA del Evangelio se encuentran tres vanos trapezoidales con dinteles de MORDAZA, este pano se define por la Sacristia, la Capilla del Senor de Occobamba y por la Torre-Campanario. 5. Que, el Templo constituye una expresion de valor historico, arquitectonico, urbanistico y artistico que ameritan su declaracion. El emplazamiento del templo y volumetria de la Torre-Campanario constituyen un hito urbanistico en el contexto de la MORDAZA de Ollantaytambo. SE ACORDO: 1. Proponer se declare Monumento al "Templo MORDAZA Apostol de Ollantaytambo", ubicado en MORDAZA Ventiderio s/n, distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba y departamento de Cusco. 2. Encargar a la Subdireccion de Registro realice los tramites necesarios para la declaracion del Templo como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion. 3. Encargar a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA, realice el inventario, registro y catalogacion de las obras de arte y bienes muebles del citado templo; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles" Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al "Templo MORDAZA Apostol de Ollantaytambo", ubicado en MORDAZA Ventiderio s/n, distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba y departamento de Cusco. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA, realice el inventario, registro y catalogacion de las obras de arte y bienes muebles del "Templo MORDAZA Apostol de Ollantaytambo". Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en los Registros Publicos acerca de la condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del inmueble a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 06138

SUNARP
Designan integrante del Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion de la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 102-2006-SUNARP/SN
San MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Oficio Nº 164-2006-SUNARP-GR del 22 de marzo de 2006, mediante el cual la Gerencia Registral informa sobre la designacion del representante de los Consejos Consultivos de la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna, ante el Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion de dicha MORDAZA Registral; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 101-2006/Z.R.NºXIII-JZ de 1 de marzo de 2006, el Jefe de la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna, comunica a esta Superintendencia, la eleccion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Consultivo Registral de la Region Tacna, como representante de los Consejos Consultivos, ante el Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion; Que, de acuerdo al literal c) del articulo 25º del Codigo de Etica de la SUNARP modificado mediante Resolucion Nº 010, 2006-SUNARP/SN, cada Organo Desconcentrado contara con un Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion, el mismo que estara integrado por una persona de reconocida solvencia moral, designada por el Superintendente Nacional a propuesta del Jefe Zonal respectivo; y, De conformidad al literal w) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, y el Codigo de Etica de la SUNARP, aprobado por Resolucion Nº 287-2002-SUNARP/SN y modificado por Resolucion Nº 010-2006-SUNARP/SN; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Consultivo Registral de la Region Tacna, como integrante del Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion de la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 06172

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Aceptan renuncia y encargan funciones de la Gerencia de Operaciones de la SBN
RESOLUCION Nº 014-2006/SBN
La MORDAZA, 30 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 382-2001/SBN de fecha 14 de diciembre de 2001 se designo, a partir del 17 de diciembre de 2001, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Umbert, como Gerente de Operaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN); Que, el citado funcionario ha formulado su renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que resulta necesario aceptar su renuncia y encargar las funciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Resolucion Nº 3152001/SBN;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.