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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (06/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G32/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de abril de 2006 “Nebraska”, en la localidad de San Gregorio, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción yfiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, seidentificó un terreno libre de inscripción, ubicado sobre parte de la ladera y cumbre del denominado cerro “Nebraska”, en la localidad de San Gregorio, en el distrito de Ate, provinciay departamento de Lima; Que, con fecha 9 de febrero de 2006, se realizó la inspección técnica correspondiente, mediante la cual severificó que el área submateria es de naturaleza eriaza, presentando una topografía accidentada y suelo arenoso con presencia de rocas, que va de una pendiente moderadaa pronunciada; Que, mediante Certificado Catastral de fecha 9 de enero de 2006, emitido conforme con el Informe Técnico Nº 8526-2005-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 29 de diciembre de 2005, el Registro de Predios de Lima concluye que el terreno de 72 435,66 m², se ubica en zona de cerros eriazos sinantecedentes gráficos registrales; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el “Estatuto de laSuperintendencia de Bienes Nacionales” señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primerainscripción de dominio del terreno antes descrito, de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal” y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámitede inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobadapor Resolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir enprimera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556,modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, Decreto SupremoNº 154-2001-EF, “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 039-2006/SBN-GO-JAR, de fecha 28 de marzo de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 72 435,66 m², ubicado sobre parte de la ladera y cumbre del denominado cerro “Nebraska”, en la localidad de San Gregorio, en eldistrito de Ate, provincia y departamento de Lima,según la documentación técnica que sustenta la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la primerainscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA ALCIRA CERRON BALDEON Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 06122/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G6C/G61/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G20/G64/G65 /G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G72/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0226-2006-GRA/PRE Huaraz, 31 de marzo de 2006 EL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0173-2006-GRA/PRE, de fecha 6 de marzo del año 2006, publicada el 13 de marzo del presente año en el Diario Oficial El Peruano, se delegó en el Gerente Generaldel Gobierno Regional de Ancash, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, de conformidad a lo establecido en elnumeral 40.2 del artículo 40º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, que prescribe: 40.2 Las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas medianteResolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a travésde disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Que, no obstante lo expuesto, circunstancias de índole técnico justifican la necesidad de que la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel FuncionalProgramático, sea delegada al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; en consecuencia, es pertinente, dejar sin efecto, ladelegación de competencia efectuada mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0173-2006-GRA/PRE, correspondiendo delegar tal facultad al Gerente Regionalde Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; En mérito a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, a partir de la fecha, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0173-2006- GRA/PRE, a través de la cual se delegaba en el GerenteGeneral del Gobierno Regional de Ancash, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. Artículo Segundo.- DELEGAR, a partir de la fecha, en el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional deAncash, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se requieran efectuar, funcionario que asumirá la totalresponsabilidad por los actos que se expidan en el marco de la presente delegación. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del quinto día de emitida. Regístrese, comuníquese y archívese. RICARDO NARVÁEZ SOTO Presidente 06129