Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2006 (06/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2006

de los Articulos 39º, 42º y 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Ordenanza Municipal Nº 007-MVES del 22.2.2000, a fin de regular el procedimiento, los requisitos asi como los aspectos tecnicos normativos para efectos del adecuado tramite y aprobacion de los expedientes que presenten los contribuyentes con deudas tributarias que soliciten acogerse al beneficio de canje con bienes o mediante la prestacion de servicios el mismo que consta de 12 Articulos y el Anexo Nº 1 con el formato de la solicitud para acogerse a este tramite y que forma parte de la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administracion y Finanzas tomar las previsiones del caso, a fin de facilitar el ingreso y tramite de los expedientes en las areas correspondientes y disponer los recursos que fueran necesarios para el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

y costas procesales generados en dicha cobranza o en su defecto estos MORDAZA integrados al monto total del canje. Articulo 6º.- REQUISITOS Toda solicitud debe de contener los documentos siguientes: 1. MORDAZA del DNI del deudor o del representante legal, con su respectivo poder. 2. Tratandose de persona juridica, debera adjuntar MORDAZA del testimonio de la Escritura Publica de Constitucion. 3. Relacion detallada de los bienes y/o servicios que se ofrecen en canje, adjuntando la descripcion, uso, precio y garantia de los mismos, ademas de la Declaracion Jurada del solicitante o beneficiario. 4. La Comision Tecnica, se reserva el derecho de solicitar muestras de bienes ofrecidos en canje. Articulo 7º.- DEL PROCEDIMIENTO Y TRAMITACION DEL CANJE 1. La Oficina de Tramite Documentario debera recepcionar la solicitud presentada, verificar si cumple con los requisitos indicados en el articulo 6º del presente Reglamento, caso contrario, recibira la solicitud a condicion de subsanar el defecto u omision existente en la solicitud, en el plazo MORDAZA de 48 horas de presentada la misma, anotandose esta ocurrencia en el documento original y copia. 2. La Comision Tecnica verificara el estado de la deuda, evaluara la solicitud, a fin de determinar la admisibilidad, en el caso de no estar conforme se procedera a notificar al solicitante, para que, cumpla con subsanar lo observado e informar al respecto, dentro del plazo de 48 horas, de lo contrario se tendra, por no presentada la solicitud. 3. En el MORDAZA de evaluacion, la Gerencia de Administracion y Finanzas, opinara sobre las necesidades de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA respecto de los bienes y/o servicios propuestos por el deudor, asi como requerira a la Subgerencia de Logistica y Servicios Internos la comparacion de los precios (Cuadro Comparativo con dos o mas propuestas) y opinion respectiva con relacion a la calidad, precio, estado de conservacion y uso de los bienes segun sea el caso. 4. Al aprobarse la solicitud, la Comision Tecnica emite un Informe que se remitira a la Gerencia de Administracion Tributaria, conjuntamente con el expediente, para disponer la emision de la Resolucion correspondiente. 5. Emitida la resolucion de aprobacion, se comunicara al Deudor para el internamiento de los bienes o el inicio de la ejecucion del servicio. 6. Es la Subgerencia de Logistica y Servicios Internos, la instancia responsable de la verificacion y la conformidad de los bienes recibidos, asi como del internamiento, adjuntando guia o conformidad y factura, boleta o recibo por honorarios profesionales. 7. Luego de entregado el bien o realizada la prestacion del servicio por el deudor, la Gerencia de Administracion y Finanzas remitira lo siguiente a la Gerencia de Administracion Tributaria para que se proceda a la correspondiente reduccion de la deuda tributaria materia del canje: - La conformidad respectiva por los bienes o servicios recibidos mediante la emision de un Acta o Informe respectivamente, a cargo del area correspondiente: Subgerencia de Logistica en el caso de bienes o el area que ha utilizado el servicio brindado por el deudor en el MORDAZA de la resolucion de canje correspondiente, - La Guia de Remision (de ser el caso), - La Factura o recibo por honorarios profesionales. Para el caso de recibo por honorarios profesionales debera firmarse previamente un contrato de servicios donde se establezca que el monto fijado por el servicio prestado podra ser dado en pago unica y exclusivamente para cubrir la deuda tributaria a favor de la Entidad, no siendo posible hacer ningun pago en efectivo por dicho servicio. Asimismo, se MORDAZA entrega de estos documentos a la Subgerencia de Contabilidad para el descargo contable que corresponda. Articulo 8º.- DE LAS UNIDADES ORGANICAS QUE CONSTITUYEN LA COMISION TECNICA. La Comision Tecnica se encuentra conformada por las siguientes Gerencias y Oficinas:

REGLAMENTO DE LA ORDENANZA Nº 007-2000/MVES, REFERIDA AL CANJE DE DEUDA TRIBUTARIA CON BIENES O MEDIANTE LA PRESTACION DE SERVICIOS
Articulo 1º.- FINALIDAD El presente Reglamento, tiene por finalidad establecer los procedimientos, asi como tambien los aspectos tecnicos normativos para efectos del adecuado tramite y aprobacion de los expedientes que presenten los contribuyentes con deudas tributarias que solicitan acogerse al beneficio de canje de bienes o servicios, valuados segun el costo de mercado. Articulo 2º.- BASE LEGAL La presente tiene como MORDAZA legal las siguientes normas: 1. Constitucion Politica del Peru. 2. Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal. 3. Decreto Supremo Nº 135-PP-EF- Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario. 4. Ordenanza Nº 007-2000/MVES. Articulo 3º.- ALCANCE Estan comprendidos y obligados al cumplimiento del presente Reglamento los contribuyentes que manifiestan su voluntad de canje de su deuda, la que se concretiza con la MORDAZA del expediente de solicitud respectivo. Articulo 4º.- DEFINICIONES Deuda. Esta constituida por la obligacion tributaria pecuniaria cuyo monto se solicita canjear, la deuda puede estar constituida por impuestos, contribuciones, tasas, multas (incluido intereses, moras y factor de actualizacion tributaria). Deudor. Persona obligada al pago de la deuda. Canje. Pago de la deuda tributaria en bienes o mediante prestacion de servicios. Solicitud. Escrito presentado por el deudor tributario en el que se solicita el canje de la deuda. Debe proporcionarse informacion sobre la deuda actualizada, asi como el detalle del bien o el servicio ofrecido en canje. Articulo 5º.- DEUDAS QUE PUEDEN SER MATERIA DE CANJE a. Para acceder a esta modalidad de canje de deuda, el importe de la deuda tributaria debera ser equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (1 UIT) como minimo. b. Podran ser materia de canje, las deudas cuya cobranza este administrada por la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA que se encuentren en via ordinaria o coactiva. c. Se podra acceder al canje de deudas en cobranza coactiva, siempre que, se cancele previamente los gastos

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