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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (06/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G32/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de abril de 2006 mediante una solicitud simple donde el solicitante manifestará de manera expresa y formal su desistimiento de la pretensión y procedimiento en trámite. Dicho formato de desistimiento será proporcionado por la Unidad de Control y Fiscalización Tributaria al momento de acogerse al presente beneficio. 5.4. Las Resoluciones de Sanción Administrativa que datan del año 2000 perderán ejecutoriedad declarándolas consecuentemente extinguidas, procediendo al quiebre correspondiente con el informe pertinente del área, quecorresponde en todos aquellos casos en los cuales no se haya podido notificar correctamente la multa y no haya surtido sus efectos legales; y/o en aquellos casos que al finalizar elproceso de cobranza ordinaria y/o coactiva se hayan determinado como incobrables o de dudosa recuperación. 5.5. Las personas que vengan realizando pagos a cuenta de Resolución Administrativa, podrán acogerse a lo regulado en los numerales 5.1 y 5.2. del presente artículo. Artículo 6º.- DE LOS GASTOS Y COSTAS PROCESALES .- Las Resoluciones de Sanción Administrativa que se encontraran en la vía coactiva y que por lo tanto han irrogado un costoeconómico a la Municipalidad en su recuperación, se les acotará por concepto de gastos y costas procesales un monto único de S/. 10.00 nuevos soles. Artículo 7º.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA .- Los contribuyentes acogidos al presente beneficio reconocen expresamente sus obligaciones materia de regularización,por lo que no podrán presentar futuras reclamaciones respecto a las deudas incluidas en dicho beneficio. Artículo 8.- GARANTÍAS O MEDIDAS CAUTELARES .- Las garantías que se encuentran otorgadas a favor de la Municipalidad; así como las medidas preventivas trabadas se mantendrán en tanto se concluya la cobranza de ladeuda tributaria, salvo que el contribuyente la sustituya por otra garantía a satisfacción de la Municipalidad. Artículo 9.- MEDIDAS COMPLEMENTARIAS.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente norma, incluyendo la prórroga del plazo delbeneficio aprobado, que se establece en cuarenta y cinco días a partir de su publicación. Artículo 10.- DEL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA .- Encárguese a la Gerencia de Rentas, a través de sus Unidades, Unidad de Control y Fiscalización Tributaria y la Unidad de Ejecución Coactiva, la Unidad deInformática y la Gerencia de Administración, el cumplimiento de la presente Ordenanza; así como la Secretaría General la publicación de la misma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 06211 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 125 La Molina, 4 de abril del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA; Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo del 30 de marzo del 2006, el Dictamen Nº 003 de la Comisión de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática del 27de enero del 2006, mediante el cual recomiendan al pleno del Concejo la aprobación del Proyecto de Ordenanza que modifica el Capítulo V del Título II del Reglamento deOrganización y Funciones - ROF, relativo al funcionamiento del Órgano de Control Institucional - OCI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 101 se aprobó la Estructura Orgánica de la Municipalidad de La Molina y elReglamento de Organización y Funciones de la Corporación; el cual contempla, en sus Artículos 17º y 18º, las funciones relativas al Órgano de Control Institucional, con arreglo a Ley; Que, mediante Oficio Nº 994-2005-C/OCI-GSNC, la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control, solicita que las funciones relativas al Órgano de Control Institucional contempladas en elReglamento de Organización y Funciones - ROF sean adecuadas a las funciones de la OCI, señaladas en el Artículo 28º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional aprobadopor Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG del 8 de abril de 2003, publicado el 9 de abril de 2003; De conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, inciso 8), Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Capítulo V del Título II del Reglamento de Organización y Funciones -ROF, aprobado mediante Ordenanza Nº 101, de la Municipalidad Distrital de La Molina, en los siguientes términos: CAPÍTULO V TÍTULO II DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 17º.- El Órgano de Control Institucional es el órgano conformante del Sistema Nacional de Control encargado deejecutar el control gubernamental interno posterior y el control gubernamental externo previsto en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la ContraloríaGeneral de la República, teniendo como misión promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos yoperaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de acciones y actividades de control, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales. Seubica estructuralmente al nivel de la Alcaldía, para los efectos del ejercicio del control gubernamental y de la información directa al Alcalde sobre los requerimientos y resultados de lasacciones y actividades de control. Está a cargo de un Funcionario, con categoría de Gerente, quien depende funcional y administrativamentede la Contraloría General de la República en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, representando al Contralor General ante la Entidad, en elejercicio de las funciones inherentes al ámbito de su competencia. Artículo 18º.- El Órgano de Control Institucional ejerce las funciones y atribuciones contempladas en el Artículo 28º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG. Los Órganos de Control Institucional se abstendrán de realizar, intervenir o interferir en funciones y actividades inherentes al ámbito de competencia y responsabilidad de laAdministración y Gestión de la Entidad. Mantienen, sin embargo, una actitud de coordinación permanente con el Titular de la Entidad para el cumplimiento de las normas de control. Particularmente, el Órgano de Control Institucional emite informes anuales al Concejo Municipal sobre el ejercicio de sus funciones y del estado del control del uso de losrecursos municipales, debiendo disponer su publicación en el portal electrónico de la Municipalidad. Las observaciones, conclusiones y recomendaciones de cada acción de control se publicarán en el portal electrónico de la Municipalidad conforme a Ley. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 06140