Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2006 (09/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 06443

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Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Art. 9º y el numeral 5 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente el pleno del concejo por unanimidad y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 111/ML DE CONSTANCIAS DE POSESION Articulo Primero.- Modificar el Articulo 7º de la Ordenanza Municipal Nº 111/ML estableciendose que la Vigencia de las Constancias de Posesion sera de doce meses a partir de la fecha de su expedicion. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano. Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 06437

Mando se registre, publique y cumpla.

Prorrogan plazo establecido en la Ordenanza Nº 116/ML que regula el uso de elementos de seguridad en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 127/ML
Lurin, 27 de marzo del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 7 de febrero del 2006, el pedido formulado por la Sra. Regidora MORDAZA MORDAZA sobre ampliacion de la vigencia del plazo senalado en el Art. 14º de la Ordenanza Municipal Nº 116/ML hasta por sesenta dias calendario. CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de octubre de 2005 se aprobo la Ordenanza Municipal Nº 116/ML que Regula el Uso de Elementos de Seguridad en el distrito de Lurin. Que, el Art. 14º de la Ordenanza MORDAZA senalada establece: "Quienes a la fecha de publicacion de la presente ordenanza, hayan instalado elementos de seguridad, deberan regularizar su situacion debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el Articulo 7º y contar con las opiniones favorables previstas en el Articulo 8º de la presente Ordenanza y el Plazo para adecuarse sera de noventa (90) dias habiles, vencido el termino senalado, solo podra adecuarse previo pago de la multa correspondiente". Que, el encargado de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves del Informe Nº 031-2006-GDU/ML manifiesta su conformidad con la aprobacion de la ampliacion de la fecha de vencimiento hasta por sesenta dias de lo establecido en el Articulo 14º de la citada Ordenanza Municipal. Que, esta propuesta fue analizada por el Concejo y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y contando con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de aprobacion de Actas el Concejo aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 116/ML QUE REGULA EL USO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN EL DISTRITO DE LURIN Articulo Primero.- Prorrogar por sesenta (60) dias calendario lo estipulado en el Articulo 14º de la Ordenanza Municipal Nº 116/ML Ordenanza que Regula el Uso de Elementos de Seguridad en el distrito de Lurin. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Subgerencia de Catastro, Control MORDAZA y Transporte. Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 06440 FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2006-ALC/ML Mediante Carta Nº 058-2006-GM-ML, la Municipalidad de Lurin solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia Nº 002-2006-ALC/ML, publicado en la edicion del dia 2 de MORDAZA de 2006.

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 115/ML, sobre exoneracion del pago de la tasa por concepto de derecho de tramite de constancias de posesion para las zonas de extrema pobreza de Lurin
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 126/ML
Lurin, 6 de marzo del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 23 de enero del 2006, el Informe Nº 017-2006-GDHPV/ML de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal. CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Municipal Nº 115/ML publicada el 23 de octubre 2005, se aprobo la Ordenanza que exonera del pago de la tasa por concepto de derecho de tramite de constancias de posesion para las zonas de extrema pobreza de Lurin, la misma que contaba con una vigencia de noventa (90) dias calendario. Que, mediante el documento de visto la Gerente de Desarrollo Humano remite los informes de los responsables de las Agencias de Desarrollo Local de las zonas A, B, C, D y E mediante los cuales dan a conocer la solicitud de la poblacion referente a la ampliacion de Plazo de la Vigencia de la Ordenanza Municipal sobre Exoneracion del Pago de la Tasa por Concepto de Derecho de tramite de Constancias de Posesion para las zonas de extrema pobreza de Lurin. Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Art. 9º y el numeral 5 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente el pleno del Concejo por unanimidad y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 115/ML SOBRE EXONERACION DEL PAGO DE LA TASA POR CONCEPTO DE DERECHO DE TRAMITE DE CONSTANCIAS DE POSESION PARA LAS ZONAS DE EXTREMA POBREZA DE LURIN Articulo Primero.- PRORROGAR la Vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 115/ML, que Exonera del Pago de la Tasa por concepto de Derecho de Tramite de Constancias de Posesion para las zonas de extrema pobreza de Lurin, por noventa (90) dias calendario. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano. Articulo Tercero.- Encargar a los Responsables de las Agencias de Desarrollo Local la difusion de la presente Ordenanza.

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