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PÆg. 317117 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de abril de 2006 3. En caso de no encontrarse operativo el sistema electrónico del control de asistencia y/o el reloj marcador,se procederá al Control de ingreso y/o la salida del 4. trabajador en las tarjetas de control de asistencia ante la Subgerencia de Personal, o ante el Funcionarioque ésta señale oportunamente. Artículo 11º .- La Subgerencia de Personal o las que hagan sus veces, son las responsables del Control diariode la Asistencia y puntualidad de los trabajadores. Lapermanencia del trabajador en su puesto de trabajo esde responsabilidad directa del jefe inmediato; sin excluir la que corresponde al propio trabajador. Artículo 12º .- Los Jefes de las Gerencias y Subgerencias, según corresponda, remitirán diariamentea la Subgerencia de Personal los informes de lasinasistencias y otros, de los trabajadores a su cargo,utilizando formatos preestablecidos. Artículo 13º .- El personal de portería, bajo responsabilidad, solo permite la salida de la entidadrespectiva, al trabajador que este premunido deldocumento que le autorice la salida en horas de labor,con excepción del titular de la dependencia. CAPÍTULO III DE LAS TARDANZAS E INASISTENCIAS TARDANZA Artículo 14º.- Constituye tardanza el ingreso al centro de trabajo, entre uno (1) a quince (15) minutos posterioresa la hora inicial de entrada; pasado este tiempo seconsidera como inasistencia. Las tardanzas no puedenser compensadas. INASISTENCIA Artículo 15 º.- Se considera inasistencia: - INJUSTIFICADA a) La no concurrencia al centro de trabajo sin causa justificada. b) La salida del local del centro de trabajo, antes de la hora establecida, sin autorización escrita. c) Omitir marcar el correspondiente foto check al ingreso y/o salida. d) El Ingreso excediendo el máximo establecido como tardanza. e) No asumir las funciones asignadas en su puesto de trabajo dentro de la tolerancia permitida, aún cuandohubiera registrado ingreso en el sistema de controlestablecido. - JUSTIFICADA a) Licencias. b) Comisiones.c) Compensaciones. CAPÍTULO IV DE LOS PERMISOS Y LICENCIAS PERMISOS Y LICENCIAS Artículo 16º.- Los permisos y Licencias son las autorizaciones que en forma PREVIA se concede altrabajador para no asistir o para ausentarse del centrode trabajo. La respectiva solicitud de licencia, deberá contar con la opinión favorable del jefe inmediato del trabajador recurrente y la conformidad, de acuerdo a lasnecesidades del servicio, de la Gerencia respectiva;requisitos sin los cuales, ésta no podrá ser tramitada y,de producirse la inasistencia del trabajador, seráconsiderada como falta injustificada, sujeta a la sanción de acuerdo a las normas legales vigentes. En el caso de no encontrarse el jefe inmediato del trabajador, debe autorizar dicha licencia o permiso elsuperior Jerárquico y en ausencia de éste debe recurrirsea su vez a su superior Jerárquico.Artículo 17º.- Cuando se otorgue permiso por motivos particulares o personales, debe de aplicarse lossiguientes criterios: a) Se otorga previa presentación de la boleta de permiso debidamente autorizada y con el visto bueno de la Subgerencia de Personal. b) Si se otorga de lunes a viernes se incluye sábado y domingo, computándose siete días, para lostrabajadores que laboran en esta Modalidad. c) Si la ausencia se produce el día anterior y el inmediato posterior a un día no laborable, dicho día se computa como tal, es decir como ausencia, para los fines pertinentes. d) Cuando se comprende días de semana independientes o consecutivos, y se acumula cinco (5)días, dentro del ciclo laboral de cada trabajador, secomputa como siete (7) días. e) Los permisos acumulados durante un mes por motivos particulares debidamente justificados no podránexceder del equivalente a un día de trabajo. Artículo 18º.- Las Autorizaciones a los trabajadores para ausentarse del centro laboral, se entregan en portería, en donde se registra la hora de salida y de retorno. Posteriormente son recepcionadas por laSubgerencia de Personal para su procesamiento. Artículo 19ª.- Esta prohibido al personal de la Municipalidad Distrital de La Perla, salir fuera de susinstalaciones sin la autorización correspondiente, y sin la papeleta de salida debidamente firmada y sellada por la Subgerencia de Personal. Artículo 20º.- Los servidores en casos excepcionales debidamente fundamentados pueden solicitar permiso ala autoridad respectiva, para ausentarse por horas delcentro laboral durante la Jornada de trabajo. Los permisos acumulados durante un mes debidamente justificado no pueden exceder del equivalente a un díade trabajo. Artículo 21º.- Los permisos y Licencias que se conceden a los trabajadores, son los siguientes: 1. CON GOCE DE REMUNERACIONES O SUBSIDIADOS a) Enfermedad. b) Licencia Pre y Post-Natal.c) Fallecimiento del cónyuge, padres, hijos, y hermanos. d) Capacitación oficializada y/o perfeccionamiento profesional. e) Citación expresa, Judicial, Militar, o Policial.f) Por instrucción y entrenamiento Militar.g) Comisión de Servicio. h) Onomástico del Servidor. i) Representación Deportiva.j) Representatividad Sindical de acuerdo a Ley.k) Lactancia.l) Por Función Edil, de acuerdo a Ley Nº 27972. 2. SIN GOCE DE REMUNERACIONES a) Por motivos Particulares. b) Por capacitación No Oficializada. 3. A CUENTA DEL PERIODO VACACIONAL a) Por Matrimonio. b) Por enfermedad grave del cónyuge, Hijos o padres. POR ENFERMEDAD Artículo 22º .- Las Licencias y/o permisos por enfermedad se otorgan por: a) Enfermedad común. b) Neoplasia Maligna.c) T.B.C. Artículo 23º.- Los permisos y/o licencias por enfermedad son otorgados al trabajador como resultadode alguna de las siguientes situaciones: