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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (21/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

PÆg. 317103 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de abril de 2006 pública en el Registro Público del Mercado de Valores y el registro de los prospectos informativoscorrespondientes, deben ser difundidas a través delBoletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruanoy de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido en la sesión del Directorio de CONASEV del 6 de abril de1999, de acuerdo con el cual el Gerente General seencuentra facultado para aprobar trámites anticipados,disponer la inscripción de valores y/o registro de prospectosderivados de trámites anticipados, así como disponer la inscripción de programas de emisión de valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los valores denominados “Bonos de Minera Barrick Misquichilca S.A. - Segunda Emisión” de Minera Barrick Misquichilca S.A., hasta por un importe de US$ 50 000 000,00 (cincuentamillones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos deAmérica), en el Registro Público del Mercado de Valores,a emitirse en el marco del programa de emisióndenominado “Primer Programa de Bonos de Minera Barrick Misquichilca S.A.”, así como disponer el registro del complemento del prospecto marco correspondiente. Artículo 2º.- La oferta pública de los valores, a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución, deberáefectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25ºy, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEVla documentación e información a que se refieren losartículos 23º y 24º del mencionado reglamento. La colocación de los valores a los que se refiere el presente artículo deberá efectuarse en un plazo que no exceda de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado deValores, y siempre y cuando el plazo del programa y deltrámite anticipado no hayan culminado. El plazo decolocación es prorrogable hasta por un período igual, apetición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga deberá ser presentada antes del vencimiento del referido plazo de colocación. Artículo 3º.- La inscripción y el registro a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución no implicanque CONASEV recomiende la inversión en los valores uopine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesadosen el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página deCONASEV en internet. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Minera Barrick Misquichilca S.A.; en su calidad de emisor;a Citibank del Perú S.A., en su calidad de entidadestructuradora; a Citicorp Perú S.A. S.A.B. y CredibolsaS.A. S.A.B., en su calidad de agentes colocadores; aCavali S.A. ICLV y, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR LOZÁN LUYO Gerente GeneralComisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 06711 Aprueban trÆmite anticipado, disponen inscripción del "Cuarto Programa deBonos Telefónica del Perœ" y el registrodel prospecto marco en el RegistroPœblico del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 039-2006-EF/94.11 Lima, 12 de abril de 2006VISTOS: El Expediente Nº 2005033843 y el Memorándum Nº 1122-2006-EF/94.45 del 12 de abril de 2006; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 304º de la Ley General de Sociedades, las sociedades pueden emitirobligaciones que reconozcan o creen una deuda a favorde sus titulares; Que, mediante acuerdo de junta general de accionistas del 26 de marzo de 2004, Telefónica del Perú S.A.A. aprobó la emisión de bonos hasta por un monto deUS$ 680 000 000,00 (seiscientos ochenta millones y 00/100Dólares de los Estados Unidos de América) y se autorizó aldirectorio a determinar los montos y las series de cada unade las emisiones de bonos que resulten necesarias de acuerdo con las necesidades de financiamiento de la empresa; a establecer los términos y condicionescorrespondientes; a aprobar y suscribir cuanto contrato,documento o comunicación se requiera para la colocaciónde los valores; y a delegar sus facultades en todo o en parte; Que, en mérito a las atribuciones otorgadas, el directorio de Telefónica del Perú S.A.A. en sesión del 23 de noviembre de 2005, autorizó el programa de bonosdenominado “Cuarto Programa de Bonos Telefónica delPerú”, hasta por un monto en circulación equivalente aUS$ 450 000 000,00 (cuatrocientos cincuenta millonesy 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) para ser colocados en el mercado nacional o internacional a través de una o más ofertas primarias en monedanacional, dólares, yenes o euros; Que, en esa misma sesión y en sesión del 14 de diciembre de 2005, el directorio acordó delegar en losseñores Antonio Carlos Valente Da Silva; José Fermín Álvarez Carril; Manuel Lara Gómez; Álvaro Julio Badiola Guerra, Julia María Morales Valentín y Michael AlanDuncan Cary - Barnard, los poderes necesarios a efectosde que indistintamente dos de ellos en forma conjuntapuedan establecer los términos y condiciones de lasemisiones de los bonos; determinar los montos y las series de cada una de las emisiones y aprobar o suscribir cuanto contrato, documento o comunicación se requierapara la emisión y colocación de dichos valores en elmercado nacional o internacional; Que, en virtud de los acuerdos señalados, el 7 abril de 2006 Telefónica del Perú S.A.A. completó su solicitud de aprobación del trámite anticipado, inscripción del cuarto programa de bonos denominado “Cuarto Programa deBonos Telefónica del Perú” hasta por un monto máximoen circulación de US$ 450 000 000,00 (cuatrocientoscincuenta millones y 00/100 Dólares de los EstadosUnidos de América) o su equivalente en otras monedas y registro del Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha verificado que Telefónica del Perú S.A.A. hacumplido con presentar la información requerida por laLey del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2º, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las ResolucionesEmitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV,establece que las resoluciones administrativas referidas a la aprobación de trámites anticipados relativos a la inscripción de valores mobiliarios y/o al registro deprospectos informativos correspondientes a programasde emisión en el Registro Público del Mercado de Valores,deben ser difundidas a través del Boletín de NormasLegales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, elReglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta deValores Mobiliarios, así como al acuerdo adoptado ensesión del Directorio de CONASEV del 6 de abril de 1999, según el cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar trámites anticipadosde inscripción de valores, disponer el registro de losprospectos informativos e inscribir programas de emisión;