Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2006 (21/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2006

tal fin debe realizarse en los proximos meses (abril, MORDAZA y junio), viabilidad presupuestal para firma de contrato con la empresa COSAPI-DATA; que la UNHEVAL requiere la suscripcion anual para las Licencias en la modalidad de Microsoft School Agreement, hasta por el monto de $ 7,854.00 dolares americanos, mas IGV, para el uso de los productos de Software Microsoft para cubrir las necesidades de software de automatizacion de oficina, sistemas operativos y el dictado de los cursos en sus diversas especialidades, entre otros; que, el inciso e) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nª 083-2004-PCM establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; que, el Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece en su MORDAZA parrafo que se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; que, de la evaluacion de la documentacion administrativa se desprende de la MORDAZA otorgada por Microsoft Peru que, COSAPI DATA S.A. tiene la categoria de Proveedor Unico Directo para los contratos Microsoft School Agreement durante el ano 2006 de acuerdo al convenio Direct Large Account Reseller Agreeement celebrado entre Microsoft Peru y la citada empresa; siendo asi y conforme lo manifiesta la Jefe de la Oficina de Logistica la empresa Cosapi Data S.A. es proveedor unico directo de Microsoft para los contratos School Agreement, por lo tanto se encuentra dentro de los alcances del inciso e) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nª 083-2004-PCM, en tal sentido, debe cumplirse con las formalidades estipuladas en el Art. 20º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S. Nº 083-PCM) en concordancia con el Art. 147º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo en consecuencia emitirse la resolucion correspondiente, elevar dicha resolucion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a la emision de la resolucion y adicionalmente debera publicarse a traves del SEACE; la contratacion para el presente caso debera efectuarse conforme lo dispone el ultimo parrafo del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendose para tal efecto encargar a la Direccion General de Administracion realizar las acciones competentes para la citada contratacion; Que el Rector remite el caso a Secretaria General con proveido Nº 2068-2006-UNHEVAL-R, para que se emita la Resolucion correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Titular del Pliego, por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 1º. APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE LICITACION PUBLICA PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE LICENCIAMIENTO ANUAL DE MICROSOFT SCHOOL AGREEMENT a efectuarse con la Empresa COSAPI DATA. S.A, por ser proveedor unico, en aplicacion del inciso e) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, hasta por un monto de $ 7,854.00 dolares americanos, mas IGV, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. 2º. AUTORIZAR la contratacion con la Empresa COSAPI DATA S.A., de los bienes que no admiten sustitutos mediante un MORDAZA de adjudicacion de Menor Cuantia.

3º. DISPONER que la presente contratacion estara a cargo de la Direccion General de Administracion, Oficina de Logistica de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan de Huanuco. 4º. DISPONER la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion, asimismo remitir la MORDAZA de la Resolucion y de los informes que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 5º. DAR A CONOCER esta Resolucion a los organos internos correspondientes. Registrese, comuniquese y archivese. EDWYN T. MORDAZA MORDAZA Rector 06968

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Disponen inscripcion de los valores denominados "Bonos de Minera Barrick Misquichilca S.A. - MORDAZA Emision" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 038-2006-EF/94.11 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El expediente Nº 2004031360, presentado por Minera Barrick Misquichilca S.A., y el Memorandum Nº 10872006-EF/94.45 del 11 de MORDAZA de 2006 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, el articulo 304º de la Ley General de Sociedades permite a las sociedades emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda en favor de sus titulares; Que, por Resolucion Gerencia General Nº 034-2005-EF/94.11 del 6 de MORDAZA de 2005, se aprobo el tramite anticipado, se inscribio el primer programa de emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos de Minera Barrick Misquichilca S.A." hasta por un monto MORDAZA en circulacion de US$ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 de Dolares de los Estados Unidos de America) y se dispuso el registro del prospecto MORDAZA correspondiente; Que, mediante escritos del 28 de marzo y el 6 y 11 de MORDAZA de 2006, Minera Barrick Misquichilca S.A. completo la solicitud de inscripcion de los valores denominados "Bonos de Minera Barrick Misquichilca S.A. - MORDAZA Emision" hasta por un importe MORDAZA de US$ 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) y de registro del complemento del prospecto MORDAZA correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, la solicitud mencionada en el considerando precedente cumple con los requisitos previstos en la Ley del MORDAZA de Valores, en el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios asi como en las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11 y sus normas complementarias; Que, el articulo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta

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