Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2006 (06/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA 6 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

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solicitante no se encuentre o no se MORDAZA encontrado en posesion del bien durante el plazo previsto en el articulo 14º. El Registrador, habiendo verificado que la oposicion se sustenta en las causales senaladas y que ha sido presentada dentro del plazo previsto, procedera de oficio a extender el asiento de cancelacion de la anotacion preventiva. En este supuesto, el solicitante tiene MORDAZA su derecho para activar los demas mecanismos juridicos que el ordenamiento preve. Articulo 12º.- Saneamiento de tracto interrumpido y su inscripcion registral Transcurrido el plazo previsto en el articulo 9º o en el MORDAZA parrafo del articulo 5º sin que se MORDAZA formulado oposicion, o cuando esta no hubiera sido admitida, el interesado solicitara la inscripcion definitiva de la transferencia acompanando a su solicitud el original de la pagina del diario oficial El Peruano en la que conste la publicacion mencionada en el articulo 8º. Dicha solicitud se presentara hasta el ultimo dia de vigencia de la anotacion preventiva y tendra efectos retroprioritarios a la fecha del asiento de MORDAZA del titulo que dio merito a la anotacion. La solicitud de inscripcion de propiedad presentada con posterioridad al vencimiento del plazo de vigencia de la anotacion preventiva MORDAZA lugar a su inscripcion, siempre que la publicacion MORDAZA sido realizada en el plazo previsto en el articulo 8º y no existan obstaculos que emanen de la partida. Dicha inscripcion surtira efectos desde la fecha de su asiento de presentacion. Articulo 13º.- Contenido del asiento de inscripcion de saneamiento de tracto interrumpido El asiento de inscripcion del derecho de propiedad del solicitante contendra, ademas de los requisitos generales establecidos en el articulo 50º y siguientes del Reglamento General de los Registros Publicos, un resumen de las sucesivas transferencias de dominio desde la efectuada por el titular registral. Articulo 14º.- Requisito adicional para el saneamiento de tracto cuando falta acreditar una o mas transferencias de dominio En el caso a que se refiere el literal b) del articulo 1º, el solicitante debe acreditar su propiedad mediante la posesion por un plazo igual o mayor a cuatro anos, salvo que presente la declaracion jurada con firma legalizada del o de los transferentes en las transmisiones dominiales no acreditadas documentalmente o de sus respectivos herederos reconociendo las transferencias efectuadas. La declaracion jurada a que se refiere el parrafo anterior debe presentarse acompanada de MORDAZA copias simples como transferentes y notarios o jueces de paz hayan intervenido. Articulo 15º.- Documentos acreditativos de posesion La posesion a que se refiere el articulo anterior sera acreditada por el solicitante mediante la MORDAZA de por lo menos dos de los documentos que a continuacion se senalan: a) Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA o el respectivo contrato, en original, en el caso de vehiculos. b) Comprobantes de pago por mantenimiento, reparacion o modificacion de caracteristicas del bien, en original. c) Recibos de pago del impuesto al patrimonio vehicular, en original. d) Testimonio de no menos de tres ni mas de seis testigos mayores de 25 anos, con caracter de declaracion jurada, contenido en documento privado con firmas legalizadas notarialmente. Estan impedidos de brindar testimonio el conyuge y los parientes del solicitante dentro del MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad. e) Comprobantes de pago de multas, en original. f) MORDAZA certificada del acta de ministracion de posesion judicial otorgada a favor del solicitante. g) MORDAZA certificada de actuados judiciales que acrediten la posesion del bien. h) Original del acta de constatacion notarial de la

posesion realizada en el domicilio del solicitante o, en el lugar donde se encuentra el bien, de ser el caso, en la que se consignen los datos de identificacion plena del bien. i) Original de contratos de arrendamiento del bien, en los que el solicitante aparezca como arrendador, siempre que consten en documentos de fecha cierta. j) MORDAZA certificada de la resolucion de otorgamiento de permiso de pesca, en el caso de embarcaciones pesqueras. k) Otros que acrediten la posesion del bien a titulo de propietario. Los documentos senalados deben acreditar la posesion del bien por el solicitante durante el plazo de cuatro anos continuos. Tratandose de vehiculos, necesariamente debe presentarse como uno de los documentos que acreditan la posesion del solicitante, el Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA o el contrato respectivo celebrado durante el periodo de posesion. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Adecuacion del Sistema Informatico Para efectos de lo dispuesto en los articulos 6º y 13º del presente Reglamento, la Gerencia de Informatica de la Sede Central, en coordinacion con la Gerencia Registral de la Sede Central, procedera a adecuar el Sistema Informatico de los Registros Juridicos de Bienes Muebles. Segunda.- Efecto supletorio de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano La publicacion del aviso del procedimiento de saneamiento del tracto registral interrumpido en el diario oficial El Peruano a que se refiere el literal c) del articulo 8º del presente Reglamento, suple la notificacion personal realizada infructuosamente o la que resulte impracticable. MODELO DEL AVISO A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 10º
"PROCEDIMIENTO DE SANEAMIENTO DEL TRACTO REGISTRAL INTERRUMPIDO" Por el presente aviso se comunica a los interesados que ante la Oficina Registral de ..., MORDAZA Registral Nº ...., Sede..., se ha iniciado el procedimiento de saneamiento del tracto registral interrumpido conforme al detalle que aparece en el cuadro siguiente: DATOS IDENTIFICACION DEL BIEN PARTIDA REGISTRAL Y ASIENTO EN EL QUE CORRE EXTENDIDA LA ANOTACION PREVENTIVA SOLICITANTE TITULAR REGISTRAL INTERVINIENTES EN LA CADENA DE TRANSMISIONES NOTARIOS O JUECES DE PAZ INTERVINIENTES Nº DEL TITULO CON EL QUE SE SOLICITA LA REGULARIZACION DETALLE

La presente publicacion tiene por objeto que los interesados puedan formular oposicion dentro del plazo de 30 dias siguientes, de conformidad con lo previsto en los articulos 8º y 9º del Reglamento de Saneamiento del Tracto Registral Interrumpido en los Registros Juridicos de Bienes Muebles, en la siguiente direccion: ... (Precisar la direccion de la Oficina Registral correspondiente). En caso de no formularse oposicion en dicho plazo, se procedera a la inscripcion del derecho de propiedad del solicitante. Nombre y firma del Registrador"

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