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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (06/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 6 de agosto de 2006 325907REPUBLICADELPERU Nº DerechoCalificación Dependencia Autoridad que resuelve el Or- Procedimiento Administrativo Requisitos de Auto- Evaluación Previa Plazo en Inicio del Aprobación Conclusión Recurso de: Base Legal den Trámite S/. mática Positiva Negativadías hábiles Trámite del Trámite del TrámiteReconsideración Apelación INFORMACION ESTADÍSTICA ELABORADA recibo por le pago efectuado en el Área de Tesorería de ONPE, por medio General - Planificación General - Ley Nº 27444 POR LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS de información impresa o magnética: Área de y Desarrollo Área de Resolución Jef. ELECTORALES a) Impreso por hoja 0.0002 UIT T rámite Electoral T rámite Nº 154-2006-J/ONPE b) Diskette 0.0050 UIT Documentario Documentario c) CD 0.0100 UIT y Constancias y Constancias 9 ATENCION DE SOLICITUDES PARA LA 1. Solicitud para la compra de material educativo e informativo, indicando el X Un día Secretaría Gerencia de Secretaría Ley Nº 26859 COMPRA DE MATERIAL EDUCATIVO número del recibo por el pago efectuado en el Área de Tesorería de ONPE, General - Formación y General - Ley Nº 27444 E INFORMATIVO por medio de información impresa o magnética: Costo del Área de Capacitación Área de Resolución Jef. a) Manuales y afiches Manual T rámite Electoral T rámite Nº 154-2006-J/ONPE b) Impreso por hoja 0.0002 UIT Documentario Documentario c) Diskette 0.0050 UIT y Constancias y Constancias d) CD 0.0100 UIT e) Video 0.0100 UIT 10 ATENCION DE SOLICITUDES PARA LA 1. Solicitud para la compra de material cartográfico electoral, indicando el X Siete días Secretaría Gerencia de Secretaría Ley Nº 26859 COMPRA DE MATERIAL CARTOGRÁFICO número del recibo por el pago efectuado en el Área de Tesorería de ONPE, General - Planificación General - Ley Nº 27444 ELECTORAL por medio de información impresa o magnética: Área de y Desarrollo Área de Resolución Jef. a) Formato A0 0.1 UIT T rámite Electoral T rámite Nº 154-2006-J/ONPE b) Formato A1 0.09 UIT Documentario Documentario y Constancias y Constancias 11 CONSTANCIA DE PARTICIPACION EN EL 1. Solicitud para la constancia de participación en el Programa de Formación x Siete días (12) Secretaría Gerencia de Secretaría Ley Nº 26859 PROGRAMA DE FORMACION FLEXIBLE, Flexible. General - Formación y General - Ley Nº 27444 DURANTE PROCESOS ELECTORALES (10) 2. Presentar copia simple del recibo de pago del Banco de la Nación. 0.005 UIT (11) Área de Capacitación Área de Resolución Jef. T rámite Electoral T rámite Nº 154-2006-J/ONPE Documentario Documentarioy Constancias y Constancias 1 Dentro de los tres meses siguientes a la realización de una elección, dado que en esta época se actualiza la base de datos, el ciudadano que desee obtener la constancia puede presentar una solicitud escrita conforme al procedimiento 3 de este TUPA. 2 De ser aprobada la solicitud se suscribirá un convenio entre ONPE y la entidad correspondiente. 3 Los impedimentos para ser miembro de mesa son los señalados en el artículo 57º de la Ley Orgánica de Elecciones: a) Los candidatos y personeros de los Partidos Políticos, Agrupaciones Independientes y Alianzas. b) Los funcionarios y empleados de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano. c) Las autoridades políticas y los miembros de los Concejos Municipales. d) Los ciudadanos que integren los Comités Directivos de los Partidos Políticos, Agrupaciones Independientes y Alianzas inscrit os en el Jurado Nacional de Elecciones. e) Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los Miembros de una misma Mesa; y f) Los electores temporalmente ausentes de la República de acuerdo con las relaciones correspondientes que remita el Registro N acional de Identificación y Estado Civil. 4 El cargo de Miembro de Mesa es irrenunciable, artículo 58º de la Ley Orgánica de Elecciones: El cargo de Miembro de Mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ause ntarse del territorio de la República, estar incurso en alguna de las incompatibilidades señaladas en el artículo anterior o se r mayor de setenta (70) años La excusa sólo puede formularse por escrito, sustentada con prueba instrumental, hasta cinco (5) días después de efectuada la p ublicación a que se refiere el Artículo 61. 5 Justificación de inasistencia de Miembro de Mesa señalado en el artículo 253º de la Ley Orgánica de Elecciones: Sólo en caso de enfermedad debidamente acreditada con el certificado expedido por el área de salud y a falta de éste por el méd ico de la localidad, puede el miembro de mesa de sufragio, justificar su inasistencia ante la respectiva Oficina Descentralizad a de Procesos Electorales, para este efecto debe presentar el certificado antes de los cinco (5) días naturales previos a la fecha de la elección y excepcionalmente, al día siguiente, ante el Jurado El ectoral Especial. 6 El plazo se computará desde la fecha de recepción de la solicitud en la sede de la Oficina Descentralizada de Procesos Elector ales. 7 El plazo se computará desde la fecha de recepción de la solicitud en la sede de la Oficina Descentralizada de Procesos Electo rales. 8 Se priorizará la atención de aquellos partidos o alianza de partidos que tengan suscrito con la ONPE, convenios marco para la prestación del servicio de asistencia técnica y/o apoyo en material electoral. 9 Este servicio solo se podrá solicitar cuando exista previamente suscrito un convenio marco para la prestación del servicio de asistencia técnica y/o apoyo en material electoral y sólo se presta en el ámbito de Lima Metropolitana. 1 0 No se otorgarán constancias a los que hayan ingresado al Programa de Formación Flexible en la opción de «lectura». 1 1 En caso requiera servicio postal se adicionará el pago de S/. 3.00 1 2 Se incrementará el término de la distancia.