Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2006 (09/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 9 de agosto de 2006

ORDENANZA MODIFIQUESE LA ORDENANZA Nº 178-MPL, COMO SIGUE TITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo Primero.- Modificar el Articulo Cuatro del Titulo I de la Ordenanza Nº 178-MPL, quedando redactada de la siguiente manera: Articulo 4º.- BASE LEGAL. - Constitucion Politica del Peru. - Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 - Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo - Ley N° 28056 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 1712003-EF y los Instructivos aprobados por RD para cada proceso. TITULO II DE LA ASIGNACION PRESUPUESTAL Y LOS CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y PRIORIZACION Articulo Segundo.- Modificar el Articulo MORDAZA del Titulo II de la Ordenanza Nº 178-MPL, quedando redactada de la siguiente manera: Articulo 7º.- CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD y de PRIORIZACION. 7.1 LOS CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Los Criterios de Elegibilidad fundamentales a considerar, para canalizar las ideas de los proyectos presentados en los talleres locales son: a. Vinculacion con algun programa y/o proyecto de los ejes considerados en el Plan Integral de Desarrollo Sostenible del distrito de Pueblo Libre. b. Propuestas con precisiones tecnicas de la idea del proyecto a presentar por los participantes (m2, metros lineales, hectareas, unidades, servicios, etc.). 7.2 DE LOS CRITERIOS DE PRIORIZACION Los Criterios de Priorizacion permiten establecer el orden de importancia de las ideas de los proyectos identificados, como resultado de los talleres de trabajo, por ello recoge las principales aspiraciones de la sociedad en los terminos de desarrollo, los mismos que deberan ser coherentes con los objetivos, las politicas y estrategias del Plan Integral de Desarrollo Sostenible del Distrito. Se consideran los siguientes criterios: a. Numero proyectado de poblacion beneficiaria. b. Contribucion al desarrollo de actividades economicas. c. Generacion de capacidades para la prestacion de servicios. d. Contribucion al mejoramiento de las condiciones de inclusion social: adultos mayores, jovenes y/o personas con algun MORDAZA de discapacidad. e. Disponibilidad de co-financiamiento. f. Conservacion de los recursos naturales. TITULO III DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Articulo Tercero.- Modificar el Articulo 9º , 10º y 19º del Titulo III de la Ordenanza Nº 178-MPL, quedando redactada de la siguiente manera:

CAPITULO I DE LA COORDINACION, EQUIPO TECNICO Y ETAPA Articulo 9º.- DEL EQUIPO TECNICO.- Dentro del MORDAZA de la programacion participativa se constituira un Equipo Tecnico designado mediante Resolucion de Alcaldia, el cual estara conformado de la siguiente manera: a) El Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. (quien lo presidira) b) El Director de la Oficina de Participacion Vecinal. c) El Gerente de Desarrollo Urbano. d) El Jefe de Obras Publicas. e) El Gerente de Desarrollo Humano. f) Y dos (2) representantes de la Sociedad Civil, conforme lo senala el instructivo, en la condicion Ad Honorem. Los representantes de la Sociedad Civil, seran elegidos al inicio de los talleres, ademas se convocara a los funcionarios de las demas areas a las reuniones del equipo tecnico, de ser necesario, las veces que le MORDAZA requeridas. Articulo 9.1º.- FUNCIONES: 9.1. El Equipo Tecnico tiene a su cargo, la preparacion y suministro de informacion, la evaluacion tecnica, la asesoria y el apoyo permanente al MORDAZA materia de la presente Ordenanza. 9.2. Informar a los agentes participantes con informacion actualizada y relevante para la toma de decisiones. Como la siguiente informacion: 9.2.1. El Plan Integral de Desarrollo del Distrito. 9.2.2. Los proyectos priorizados y detallados en el MORDAZA del presupuesto participativo del ano en curso. 9.2.3. La relacion de proyectos ejecutados por la Municipalidad no contenidos en el presupuesto participativo, sus costos de mantenimiento y responsables de su sostenibilidad. 9.2.4. Los recursos totales por fuente de financiamiento que se asignan para la ejecucion de los proyectos resultantes del proceso. 9.2.5. Informe de los compromisos asumidos por la sociedad civil y otras entidades estatales en procesos participativos. 9.3. La evaluacion del Equipo Tecnico comprende la formulacion y la evaluacion financiera de las alternativas posibles para ejecutar las acciones resultantes de los talleres de trabajo. 9.4. Corresponde al Equipo Tecnico realizar el trabajo de asesoria, orientacion general, participacion en los talleres y capacitacion en los temas de su competencia a todos los participantes de los talleres de trabajo, asi como a las autoridades locales. 9.5. El Equipo Tecnico, tiene como mision, la sistematizacion de la informacion, toma de actas, archivo del acervo documentario, asi como cualquier otro, que requiera ejecutarse para los fines del proceso. 9.6. El equipo tecnico concluye sus funciones a la finalizacion del MORDAZA participativo y la entrega del informe final al Consejo de Coordinacion Local Distrital y al Concejo Municipal, conforme a la presente Ordenanza. Articulo 10º.- FASES DEL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El MORDAZA de Presupuesto Participativo sera realizado siguiendo las siguientes fases: a) Preparacion. b) Convocatoria Publica. c) Apertura del Libro de Registro e Inscripcion de los Agentes Participantes. d) Taller de Capacitacion de los Agentes Participantes. e) Talleres Informativos y Tematicos. f) Evaluacion Tecnica de viabilidad.

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