Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2006 (10/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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UB

LICA DEL P E

RU

326026
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 10 de agosto de 2006

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 344-2006-MEM/DM MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31188406, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de las servidumbres de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5365; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de las servidumbres de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5365, ubicada en Avenida La MORDAZA Nº 1051 - Nº 1055 Nº 1059 - Nº 1063 - Nº 1067 - Nº 1085 - Nº 1089, Conjunto Residencial MORDAZA Talana, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 9,00 metros cuadrados y servidumbre de MORDAZA sobre un area de 347,00 metros cuadrados de propiedad privada, para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5365, conforme al Contrato de Servidumbre de fecha 1 de diciembre de 2003, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 158-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., las servidumbres convencionales de ocupacion y de MORDAZA sobre el bien de propiedad privada, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5365, ubicada en Avenida La MORDAZA Nº 1051 - Nº 1055 - Nº 1059 - Nº 1063 - Nº 1067 Nº 1085 - Nº 1089, Conjunto Residencial MORDAZA Talana, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 1 de diciembre de 2003, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme a los siguientes cuadros:

Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5085, ubicada en la MORDAZA Tripoli Nº 242 ­Nº 250, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 12,00 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5085, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 21 de diciembre de 2004, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 160-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad privada, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal (sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5085, ubicada en la MORDAZA Tripoli Nº 242 - Nº 250, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 21 de diciembre de 2004, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbre 31186106 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5085 Ubicacion: distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM:
Vertice A B C D Norte 8 659 174,244 8 659 174,250 8 659 178,250 8 659 178,244 Este 278 723,681 276 726,681 278 726,673 278 7 23,673

Area de Servidumbre Suelo: 12,00 m² y sus aires.

MORDAZA de MORDAZA de Propiedad terreno Privada MORDAZA

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 00382-2

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