Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2006 (10/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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LICA DEL P E

RU

326030

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 10 de agosto de 2006

La Paz Nº 1516 ­ Nº 1526, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 3,00 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestacion de distribucion electrica aerea monoposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 35211, conforme consta en el Testimonio de Escritura Publica de fecha 17 de noviembre de 1998, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 181-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad privada, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica aerea monoposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 35211, ubicada en la Avenida La Paz Nº 1516 ­ Nº 1526, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Testimonio de Escritura Publica de fecha 17 de noviembre de 1998, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente 31188606 Descripcion de la servidumbre Subestacion de Distribucion Electrica Nº 35211 Ubicacion: distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM:
Vertice A B C D Norte 8 658 277,68 8 658 278,46 8 658 276,60 8 658 275,82 Este 279 753,59 279 754,21 279 756,56 279 755,94

subestacion de distribucion electrica de MORDAZA convencional para Servicio Publico de Electricidad Nº 1497; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica de MORDAZA convencional para Servicio Publico de Electricidad Nº 1497, ubicada en el Lote 12, Mz. B, Urbanizacion Lotizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 52,00 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestacion de distribucion electrica de MORDAZA convencional para Servicio Publico de Electricidad Nº 1497, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 10 de MORDAZA de 2003, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 180-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad privada, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica de MORDAZA convencional para Servicio Publico de Electricidad Nº 1497, ubicada en el Lote 12, Mz. B, Urbanizacion Lotizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 10 de MORDAZA de 2003, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente 31187906 Descripcion de la servidumbre Subestacion de Distribucion Electrica Nº 1497 Ubicacion: distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM:
Vertice A B C D Norte 8 670 172,72 8 670 180,64 8 670 179,67 8 670 171,75 Este 289 454,86 289 453,70 289 447,27 289 448,43

Area de Propietario MORDAZA de Servidumbre terreno Suelo: 3,00 m² y sus aires. Privada MORDAZA

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 00382-10 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 352-2006-MEM/DM MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31187906, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la

Area de Propietario MORDAZA de Servidumbre terreno Suelo: 52,00 m² y sus aires. Privada MORDAZA

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 00382-11

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