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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (10/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326028El Peruano jueves 10 de agosto de 2006 ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5404, ubicada con frente al Jirón Manuel Irribarren Nº 1271, urbanización Surquillo, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 9,90 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5404, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 25 de setiembre de 2003, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 173-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad privada, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5404, ubicada con frente al Jirón Manuel Irribarren Nº 1271, urbanización Surquillo, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 25 de setiembre de 2003, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Servidumbre Propiedad terreno 31188006 Subestación de Distribución Suelo: 9,90 m² Privada Urbano Eléctrica Nº 5404 y sus aires. Ubicación: distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 661 073,9278 280 069,6770 B 8 661 070,8461 280 070,0128 C 8 661 070,4961 280 066,8018 D 8 661 073,5084 280 066,4743 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SANCHEZ MEJIA Ministro de Energía y Minas 00382-6RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 348-2006-MEM/DM Lima, 20 de julio de 2006VISTO: El Expediente Nº 31187706, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre deocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal (sótano)para Servicio Público de Electricidad Nº 5854; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energíaeléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96- EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobrebienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal (sótano) para Servicio Públicode Electricidad Nº 5854, ubicada con frente a la Calle Monte Frío (ex Juan Pablo Vizcardo y Guzmán), esquina con la Avenida Los Precursores, urbanización ValleHermoso de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de14,34 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal (sótano) para Servicio Público de ElectricidadNº 5854, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 22 de junio de 2005, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencionalpara el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbreconvencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes,ha emitido el Informe Nº 174-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobreel bien de propiedad privada, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal (sótano) para Servicio Público de ElectricidadNº 5854, ubicada con frente a la Calle Monte Frío (ex Juan Pablo Vizcardo y Guzmán), esquina con la Avenida Los Precursores, urbanización Valle Hermoso deMonterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 22 de junio de 2005, en los términosy condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Servidumbre Propiedad terreno 31187706 Subestación de Distribución Suelo: Privada Urbano Eléctrica Nº 5854 14,34 m² Ubicación: distrito de Santiago de y sus aires.Surco, provincia y departamento de Lima