Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2006 (10/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano jueves 10 de agosto de 2006 Expediente Descripcion de la servidumbre Coordenadas UTM:
Vertice A B C D E F Norte 8 660 181,06 8 660 181,99 8 660 181,11 8 660 182,93 8 660 180,68 8 660 177,94 Este 284 682,06 284 681,01 284 680,20 284 678,14 284 676,08 284 679,17

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EP

UB

LICA DEL P E

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U

NORMAS LEGALES

326029

Area de MORDAZA de MORDAZA de Servidumbre Propiedad terreno

Administrativo General, y numeral 3 del articulo 75º de la misma Ley; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 170-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad privada, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5553, ubicada con frente a la Avenida MORDAZA, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA (Urbanizacion Chacarilla MORDAZA Cruz), distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 10 de diciembre de 2004, modificado mediante Addendum de fecha 13 de febrero de 2006, en los terminos y condiciones estipulados en los mismos, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente 31176605 Descripcion de la servidumbre Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5553 Ubicacion: distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM:
Vertice A B C D Norte 8 661 483,334 8 661 486,834 8 661 486,764 8 661 483,264 Este 277 312,292 277 312,251 277 306,251 277 306,292

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 00382-7 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 349-2006-MEM/DM MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31176605, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5553; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5553, ubicada con frente a la Avenida MORDAZA, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA (Urbanizacion Chacarilla MORDAZA Cruz), distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 21,00 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5553, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 10 de diciembre de 2004 y modificado mediante Addendum de fecha 13 de febrero de 2006, cuyas copias obran en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, del contenido de la solicitud de la concesionaria se desprende que se refiere a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, razon por la cual, se ha procedido a encausar de oficio su solicitud de imposicion de servidumbre a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, conforme al numeral 1.3 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento

Area de Propietario MORDAZA de Servidumbre terreno Suelo: 21,00 m² y sus aires. Privada MORDAZA

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 00382-8 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 351-2006-MEM/DM MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31188606, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica aerea monoposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 35211; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica aerea monoposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 35211, ubicada en la Avenida

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