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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 10 de agosto de 2006 326031REPUBLICADELPERU /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 346-2006-MEM/DM Lima, 20 de julio de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31172905, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao,sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación de distribución convencional del tipo subterráneo paraServicio Público de Electricidad Nº 1292; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación de bienespúblicos para la instalación de la subestación de distribución convencional del tipo subterráneo para Servicio Público de Electricidad Nº 1292, ubicada en la vereda del Pasaje Aldabass/n, esquina con la Calle Los Delfines, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar atítulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas,líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 161-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribuciónconvencional del tipo subterráneo para Servicio Público de Electricidad Nº 1292 ubicada en la vereda del Pasaje Aldabas s/n, esquina con la Calle Los Delfines, distrito de Santiago deSurco, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Propie- Tipo de servidumbre tario terreno 31172905 Subestación de Distribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 1292. 31,00 m2del Ubicación: distrito de Santiago de subsuelo y Estado Surco, provincia y departamento a ires de Lima. (via pública) Coordenadas UTM: Vértice Este N orte A 284 352,2517 8 658 625,2641 B 284 345,0365 8 658 628,0931C 284 346,4966 8 658 631,8171 D 284 353,7118 8 658 628,9881 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de laservidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SANCHEZ MEJIA Ministro de Energía y Minas 00382-5 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 350-2006-MEM/DM Lima, 20 de julio de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31189706, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima yCallao, sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea(bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 7157; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 7157, ubicada en la vereda yberma de la Calle Julio Calero, Cuadra 1, frente al predio Nº 138, esquina con la Calle San José, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, según las coordenadasUTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de ConcesionesEléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado omunicipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes,ha emitido el Informe Nº 171-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la quees titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) paraServicio Público de Electricidad Nº 7157, ubicada en la vereda y berma de la Calle Julio Calero, Cuadra 1, frente al predio Nº 138, esquina con la Calle San José, distrito deChorrillos, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de servidumbre propiedad terreno 31189706 Subestación de Distribución Suelo: 20,68 m2Pública Urbano Eléctrica Nº 7157. subsuelo y aires Ubicación: distrito de Chorrillos,provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este N orte A 280 262,582 8 653 432,620 B 280 265,998 8 653 428,309 C 280 269,073 8 653 430,746 D 280 265,404 8 653 434,856