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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326106El Peruano jueves 10 de agosto de 2006 Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos - Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Maynas, en uso de las facultades conferidas en los Artículos 152º y 166º del Reglamento del DecretoLegislativo Nº 276, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, mediante el informe indicado en la parte de visto, se ha pronunciado recomendando Abrir ProcesoAdministrativo – Disciplinario, en contra de funcionarios y ex funcionarios, comprendidos en las observaciones de los informes a que se contraen en el primerconsiderando de la presente resolución; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680 - Ley de ReformaConstitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización, establece que las Municipalidades son organos del Gobierno Local, tienen autonomía política,económica y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; Que, estando a los considerandos expuestos, a lo recomendado por la Comisión Especial de ProcesosAdministrativos - Disciplinarios, con las visaciones de la Secretaría Técnica de la Comisión, Oficina General de Asesoría Jurídica y Gerencia General de la MunicipalidadProvincial de Maynas; y, De, conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por elDecreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ABRIR PROCESO ADMINISTRATIVO – DISCIPLINARIO a los funcionarios y ex funcionarios siguientes: José LuisBendayan Miguel, Jorge Salvador de la Cruz, Ing. Heinrrich Tello Bardales, Arq. Fernando Fernández Chong, Arq. Rocío Goncálvez Pereira, Ing. ElarHernández Moquillaza, Ing. Roberto Meléndez Ramírez, Arq. Helka Flores Aspiazú, Ing. Freddy Casas Casas, Ramiro César de la Cruz Espino,Ing. Robert La Torraca Coronado, Ing. Ramiro Cueva Obando, Ing. Carlos Rengifo Alvarado, de la Municipalidad Provincial de Maynas, por los motivosexpuestos en los considerandos de la presente resolución y CONCEDER, a los procesados de acuerdo a ley, un plazo de cinco (5) días hábiles,contados a partir del día siguiente de la fecha de haberse notificado y/o publicado la resolución, para que a través de la Oficina de Trámite Documentariode la Municipalidad Provincial de Maynas, presenten sus descargos con los fundamentos legales y pruebas con que desvirtúen los cargos materia delproceso. Artículo Segundo.- La Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Municipalidad Provincial deMaynas, queda encargada de emitir opinión legal, en relación a las personas contratadas por servicios no personales y/o locación de servicios como sigue:Ing. Jorge Calle La Rosa, ex Supervisor de Obra, Bach. Marianella Lozano Ancani, Ing. Luis Galindo Bendezú, ex Proyectista, Ing. Max Donato BlancoDelgado, ex servidor de la Sub Gerencia de Obras, Ing. José Rodrigo De Loayza Moreyra, ex Supervisor de Obra, Ing. Marco A. Castro Pizango, ex inspectorde la I Etapa de la Obra “Mejoramiento de las calles de Iquitos, Ing. Cristian A. Polonio Ramos, ex Inspector de la IV Etapa de la Obra “Mejoramiento delas calles de Iquitos”, Ing. Dante Vidaurre Valera, ex Proyectista, Ing. Jorge Colichón Romero, Ex Inspector de Obra, Ing. Angel Portillo Jange, exSupervisor de la Obra “Construcción Pavimentación y Alcantarillado Calle Amazonas, Ing. Julio César Da Costa Freyre, ex Inspector, recomendando si el casoamerita continuar con las acciones subsiguientes. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE, conforme a Ley, la presente Resolución a los procesados a través de laOficina de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Maynas, en sus domicilios legales, de acuerdo al Anexo Nº 01 de Relación de Personal,considerado por la Oficina de Control Institucional en el Examen Auditado y en caso no fuera posible notificarles personalmente, publicar conforme a ley la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el diarioOficial de la Región Loreto. Artículo Cuarto.- REGISTRAR a través de la Subgerencia de Recursos Humanos de la MunicipalidadProvincial de Maynas, la presente resolución en el legajo personal de los procesados. Regrístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS DEL AGUILA CARDENAS Alcalde 00859-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G22/G45/G73/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G4D/G61/G6C/G65/G63/GF3/G6E/G20/G54/G65/G72/G63/G65/G72/G20/G4D/G69/G6C/G65/G6E/G69/G6F/G22 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 257-2006-ALC-MPT 20 de julio de 2006 VISTO: Los Informes Nº 223-2006/MPT- GGOO.AA.HH.YDU-SGET -MGG, Nº 246-2006/MPT- GGOO.AA.HH.YDU-SGET -MGG evacuados por la Subgerencia de Estudios Técnicos; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Municipalidad Provincial de Tumbes viene ejecutando la Construcción del Malecón Benavides, y se propone la ejecución de trabajos artísticos yescultóricos de "Escultura del Malecón Tercer Milenio", el cual contempla la realización con tipo de revestimiento con teselos cerámicos de figuras y alegorías alusivas altema del tercer milenio, en las paredes laterales de los muros aledaños a los baños del 2º nivel del Malecón Benavides en el sector de la Plazuela El Beso; Que, teniéndose en consideración que se necesita realizar los trabajos antes citados, requiriéndose la contratación bajo la modalidad de serviciospersonalísimos, por persona especializada con experiencia en labores artísticas y escultóricas, a fin de satisfacer la complejidad de la obra a contratar, tal comolo señala el Art. 145º del Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, requisitos que reúne el Maestro Escultor Eliot Pinedo Pajuelo y además por ser el único en esta zona; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Legal en el Informe Legal Nº 188-GAL-MPT, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, y a los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR del proceso de selección para la ejecución de la obra: "Escultura Malecón Tercer Milenio", bajo la modalidad de servicios personalísimos para la contratación del Maestro EscultorEliot Pinedo Pajuelo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Obras, Administración, Asesoría Legal y Tesorería. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL CALLE CASTILLO Alcalde 00834-1