TEXTO PAGINA: 85
NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 10 de agosto de 2006 326103REPUBLICADELPERU EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 000017- 2006, se prorrogó el plazo de vencimiento de los Arbitrios Municipales de los meses de enero a mayo del 2006, así como los beneficios tributariosotorgados mediante Ordenanza Municipal Nº 000013- 2006; Que, la Décimo Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 000040-2005, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue las fechas de vencimiento de las obligaciones tributariassustanciales que la misma norma regula; Que, el gran número de contribuyentes que se han presentado a regularizar el cumplimiento de susobligaciones tributarias, evidencian la necesidad de prorrogar los plazos otorgados, con la finalidad de promocionar el pago voluntario; Estando a lo dispuesto en el ejercicio de las facultades que confiere al Alcalde el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Prorróguese, en vía de regularización, hasta el 14 de julio del 2006, la fecha devencimiento de los Arbitrios Municipales de los meses de enero a junio del 2006. Artículo Segundo.- Prorróguese, en vía de regularización, hasta el 24 de julio del 2006, la fecha de vencimiento para la aplicación del monto máximo de incremento a que se refieren los Artículos 4º y 5º de laOrdenanza Municipal Nº 000013-2006. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia deInformática el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde del Callao 00827-1 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20 /G6C/G61/G20 /G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20 /G64/G65 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73 /G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 009-2006/MDV-CDV Ventanilla, 19 de julio del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VENTANILLA CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27972, que aprueba la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Gobiernos locales son órganos de gobierno con personería jurídica dederecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Estando a lo dictaminado, en ejercicio a las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º. de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica deMunicipalidades.ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LA CAMPAÑA DE REGULARIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- La presente Ordenanza regula el procedimiento de formalización de establecimientoscomerciales, industriales y de servicios denominada: Campaña de Regularización de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios;incluyéndose en él el trámite para la obtención del Certificado de Zonificación y Compatibilidad de Uso, la Licencia de Funcionamiento Provisional, y laLicencia de Funcionamiento Definitiva o Autorización Municipal de Apertura de Establecimiento. Artículo 2º.- La Municipalidad de Ventanilla tiene como facultad exclusiva en materia de organización del espacio físico y uso del suelo el normar, regular y otorgar las diversas autorizaciones y licencias, y realizar la fiscalización de laapertura de establecimientos comerciales, industriales y de servicios de acuerdo con la zonificación, dentro de su circunscripción. Ninguna otra autoridad puede avocarse aconocer o normar sobre estos asuntos que son de estricta competencia municipal. Artículo 3º.- La presente Ordenanza rige en todo el ámbito del distrito de Ventanilla y para todo establecimiento comercial, industrial o de servicios, sin limitación alguna, siempre y cuando se cumpla con todos los requisitosestablecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del municipio. Artículo 4º.- Para la aplicación de la presente Ordenanza, considérense las siguientes definiciones: a) ESTABLECIMIENTO.- Inmueble o parte de él destinado con carácter permanente o temporal, a una actividad comercial, industrial o de servicios, que reúnen las condiciones mínimas indispensables para su funcionamiento,y que no ocupen la vía pública de manera parcial o total. b) GIRO.- Actividad comercial, industrial o de servicios que se desarrolla dentro del establecimiento. c) CONSTANCIA DE ZONIFICACIÓN Y COMPATIBI- LIDAD DE USO.- Documento mediante el cual se determina si la actividad o giro a desarrollarse en la zona es compatiblecon lo establecido en los Planos de Zonificación y el Reglamento Nacional de Construcciones. Dicha Constancia es un requisito previo a la obtención de la licencia oautorización municipal, y es emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras a través de la Subgerencia de Catastro. Además, el Certificado de Zonificación yCompatibilidad de Uso definirá la naturaleza del giro: comercial, industrial o de servicios. d) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PROVISIO- NAL.- Autorización municipal de funcionamiento otorgada en mérito a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y suReglamento aprobado por D. S. Nº 009-2003-TR; la cual tiene una vigencia de doce (12) meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. e) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVA.- Autorización municipal de funcionamiento otorgada en mérito a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción yFormalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su Reglamento aprobado por D. S. Nº 009-2003-TR; la cual tiene una vigencia indeterminada. La Autorización Municipalde Apertura de Establecimiento tiene las mismas características que la Licencia de Funcionamiento Definitiva. TÍTULO II DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO CAPÍTULO I CERTIFICADO DE ZONIFICACIÓN Y COMPATIBILIDAD DE USO Artículo 5º.- El procedimiento administrativo para obtener el Certificado de Zonificación y Compatibilidad