Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2006 (10/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano jueves 10 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

326103

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 0000172006, se prorrogo el plazo de vencimiento de los Arbitrios Municipales de los meses de enero a MORDAZA del 2006, asi como los beneficios tributarios otorgados mediante Ordenanza Municipal Nº 0000132006; Que, la Decimo Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 000040-2005, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, prorrogue las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias sustanciales que la misma MORDAZA regula; Que, el gran numero de contribuyentes que se han presentado a regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, evidencian la necesidad de prorrogar los plazos otorgados, con la finalidad de promocionar el pago voluntario; Estando a lo dispuesto en el ejercicio de las facultades que confiere al MORDAZA el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese, en via de regularizacion, hasta el 14 de MORDAZA del 2006, la fecha de vencimiento de los Arbitrios Municipales de los meses de enero a junio del 2006. Articulo Segundo.- Prorroguese, en via de regularizacion, hasta el 24 de MORDAZA del 2006, la fecha de vencimiento para la aplicacion del monto MORDAZA de incremento a que se refieren los Articulos 4º y 5º de la Ordenanza Municipal Nº 000013-2006. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informatica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao 00827-1

ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LA MORDAZA DE REGULARIZACION DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La presente Ordenanza regula el procedimiento de formalizacion de establecimientos comerciales, industriales y de servicios denominada: MORDAZA de Regularizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios; incluyendose en el el tramite para la obtencion del Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso, la Licencia de Funcionamiento Provisional, y la Licencia de Funcionamiento Definitiva o Autorizacion Municipal de Apertura de Establecimiento. Articulo 2º.- La Municipalidad de Ventanilla tiene como facultad exclusiva en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo el normar, regular y otorgar las diversas autorizaciones y licencias, y realizar la fiscalizacion de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de servicios de acuerdo con la zonificacion, dentro de su circunscripcion. Ninguna otra autoridad puede avocarse a conocer o normar sobre estos asuntos que son de estricta competencia municipal. Articulo 3º.- La presente Ordenanza rige en todo el ambito del distrito de Ventanilla y para todo establecimiento comercial, industrial o de servicios, sin limitacion alguna, siempre y cuando se cumpla con todos los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del municipio. Articulo 4º.- Para la aplicacion de la presente Ordenanza, considerense las siguientes definiciones: a) ESTABLECIMIENTO.- Inmueble o parte de el destinado con caracter permanente o temporal, a una actividad comercial, industrial o de servicios, que reunen las condiciones minimas indispensables para su funcionamiento, y que no ocupen la via publica de manera parcial o total. b) GIRO.- Actividad comercial, industrial o de servicios que se desarrolla dentro del establecimiento. c) MORDAZA DE ZONIFICACION Y COMPATIBILIDAD DE USO.- Documento mediante el cual se determina si la actividad o giro a desarrollarse en la MORDAZA es compatible con lo establecido en los Planos de Zonificacion y el Reglamento Nacional de Construcciones. Dicha MORDAZA es un requisito previo a la obtencion de la licencia o autorizacion municipal, y es emitida por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras a traves de la Subgerencia de Catastro. Ademas, el Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso definira la naturaleza del giro: comercial, industrial o de servicios. d) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL.- Autorizacion municipal de funcionamiento otorgada en merito a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa, y su Reglamento aprobado por D. S. Nº 009-2003-TR; la cual tiene una vigencia de doce (12) meses contados a partir de la fecha de MORDAZA de la solicitud. e) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVA.Autorizacion municipal de funcionamiento otorgada en merito a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa, y su Reglamento aprobado por D. S. Nº 009-2003-TR; la cual tiene una vigencia indeterminada. La Autorizacion Municipal de Apertura de Establecimiento tiene las mismas caracteristicas que la Licencia de Funcionamiento Definitiva. TITULO II DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O AUTORIZACION MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO CAPITULO I CERTIFICADO DE ZONIFICACION Y COMPATIBILIDAD DE USO Articulo 5º.- El procedimiento administrativo para obtener el Certificado de Zonificacion y Compatibilidad

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Establecen la MORDAZA de Regularizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios en el distrito
ORDENANZA Nº 009-2006/MDV-CDV Ventanilla, 19 de MORDAZA del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VENTANILLA CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27972, que aprueba la Ley Organica de Municipalidades establece que los Gobiernos locales son organos de gobierno con personeria juridica de derecho publico y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Estando a lo dictaminado, en ejercicio a las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º. de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades.

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