Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2006 (10/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano jueves 10 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

326105

VISTO: El Informe Nº 009-2006-CEPAD-MPM, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, de la Municipalidad Provincial de Maynas; CONSIDERANDO: Que, como resultado de Acciones de Control, el Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Maynas, ha emitido el Informe Nº 002-200502-0438: denominado "EXAMEN ESPECIAL A LA GERENCIA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURA REFORMULADO - PERIODO 2003"; Que, el Articulo 15º inciso f) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, "Como resultado de las Acciones de Control, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales, que MORDAZA recomendadas en dichos informes".- Asimismo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece en su Articulo 163º, "El servidor publico que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de Cese Temporal o destitucion, sera sometido a MORDAZA administrativo ­ disciplinario que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables.- Por su lado el Articulo 166º establece "La Comision de Procesos Administrativos ­ Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de Abrir MORDAZA Administrativo ­ Disciplinario.- En caso de no proceder este, elevara lo actuado al titular de la Entidad con los fundamentos de su pronunciamiento, para los fines del caso. Igualmente el Articulo 173º senala "El MORDAZA Administrativo Disciplinario debera iniciarse en el plazo no mayor de un (1) ano, contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conocimiento de la Comision de la falta disciplinaria, bajo responsabilidad de la citada autoridad". Asimismo el Articulo 174º dice "El servidor cesante podra ser sometido a MORDAZA administrativo por las faltas de caracter disciplinario que hubiese cometido en el ejercicio de sus funciones dentro de los terminos senalados en el articulo anterior".- Finalmente el Articulo 175º indica "Estan comprendidos en el presente capitulo los funcionarios y servidores publicos contratados, en lo que sea aplicable, aun en el caso que MORDAZA concluido su vinculo laboral con el Estado"; Que, en virtud de las normas legales MORDAZA citadas, la apertura de MORDAZA Administrativo - Disciplinario, deviene cuando existan indicios razonables de la Comision de falta administrativa - disciplinaria, por parte de los administrados.- En consecuencia de la revision y analisis efectuado al Informe a que se contraen en el primer considerando de la presente resolucion, queda establecido que se han determinado las siguientes observaciones: OBSERVACION 1.- SE DEJO DE APLICAR PENALIDAD POR MORDAZA EN LA EJECUCION DE LA OBRA POR UN MONTO ASCENDENTE A S/. 11 335,54 AL OTORGAR UNA AMPLIACION DE PLAZO QUE NO CORRESPONDE, OBSERVACION 2.- SE ESTA PAGANDO INDEBIDAMENTE LA SUMA DE S/. 14 214,03 POR CONCEPTO DE VALORIZACION DE PARTIDAS DE OBRA QUE NO SERAN EJECUTADAS, OBSERVACION 3.- EN LAS OBRAS "MEJORAMIENTO DE CALLES I, III, Y IV ETAPAS", SE HA CANCELADO S/. 108 383, 39 NUEVOS SOLES POR CONCEPTO DE MANO DE OBRA QUE NO CUENTAN CON EL SUSTENTO DE SU NECESIDAD PARA EL AVANCE DE OBRA EJECUTADA, OBSERVACION 4.- EN LAS OBRAS "MEJORAMIENTO DE CALLES I, III, Y IV ETAPA", SE PAGO S/. 10 043,05 NUEVOS SOLES POR CONCEPTO DE MATERIALES, QUE NO CUENTAN CON EL SUSTENTO DE SU NECESIDAD PARA EL AVANCE DE OBRA EJECUTADO, OBSERVACION 5, SE PAGO S/. 3 566,23 POR LA VALORIZACION DE PARTIDA INDEBIDAMENTE FORMULADA EN EL EXPEDIENTE TECNICO Y NO JUSTIFICADA EN LA EJECUCION DE LA OBRA, PACTADA EN EL CONTRATO PARA LA PREPARACION, TRANSPORTE Y COLOCACION DE LA CARPETA ASFALTADA PARA LA "PAVIMENTACION MORDAZA CALVO DE MORDAZA CUADRAS 18 Y 19", OBSERVACION 6.-

EXPEDIENTES TECNICOS CON DEFICIENCIAS EN SU FORMULACION HAN OCASIONADO QUE SE LLEVE A CABO PROCESOS DE ADJUDICACION, SUSCRIPCION DE CONTRATOS Y EJECUCION DE OBRAS CON LIMITACIONES DE CARACTER TECNICO, OBSERVACION 7.- DEFICIENCIAS EN LAS FASES DE EJECUCION Y POST EJECUCION DE LAS OBRAS, GENERAN MAYORES COSTOS DE MANTENIMIENTO, E IMPIDEN CUMPLIR ADECUADAMENTE LOS OBJETIVOS PREVISTOS PARA CADA OBRA, OBSERVACION 8.- DEFICIENCIAS EN LA FORMULACION DEL EXPEDIENTE TECNICO ORIGINAN MODIFICACIONES EN EL PROYECTO, (AMPLIACION DE PLAZO Y ADICIONALES) QUE TAMBIEN PRESENTAN DEFICIENCIAS EN SU FORMULACION, ADEMAS DE LIMITACIONES DE CARACTER TECNICO EN LA EJECUCION, OBSERVACION 9.- EN LA OBRA "CONSTRUCCION MORDAZA LA NORTENITA", SE HA CANCELADO S/. 127 731,20 POR CONCEPTO DE MANO DE OBRA Y S/. 9 421,04 POR CONCEPTO DE MATERIALES, QUE NO CUENTAN CON EL SUSTENTO DE SU NECESIDAD PARA EL AVANCE DE OBRA EJECUTADO, OBSERVACION 10.- DEFICIENCIAS EN LA FORMULACION, OPORTUNIDAD DEL TRAMITE Y APROBACION DEL PRESUPUESTO ADICIONAL OCASIONARON AMPLIACION DE PLAZO, POSIBILITANDO EL RECONOCIMIENTO Y PAGO DE MAYORES GASTOS GENERALES AL CONTRATISTA POR UN MONTO DE S/. 265 326,49; Que, en las observaciones descritas, asumen Responsabilidad Administrativa, los funcionarios y ex funcionarios siguientes: MORDAZA MORDAZA Bendayan MORDAZA, Ex Gerente de Obras e Infraestructura, en las observaciones 1,2,6,8,9, MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Sub Gerencia de Obras e Infraestructura, en las observaciones 1,5, MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, ex Supervisor de Obra, en la observacion 1, MORDAZA MORDAZA Ancani, Sub Gerencia de Obras e Infraestructura, en la observacion 1, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Proyectista, en la observacion 2, Max MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sub Gerencia de Obras, en la observacion 2, MORDAZA MORDAZA De MORDAZA Moreyra, ex Supervisor de Obra, en las observaciones 2,7, Heinrrich MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura, en las observaciones 3,5,6,7, MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, ex inspector de la I Etapa de la Obra "Mejoramiento de las calles de Iquitos, en las observaciones 3,4, MORDAZA A. Polonio MORDAZA, ex inspector de la IV Etapa de la Obra "Mejoramiento de las calles de Iquitos", en la observacion 3, MORDAZA MORDAZA Chong, ex Gerente de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura, en las observaciones 4,5,6, MORDAZA Goncalvez MORDAZA, ex Sub Gerente de Obras, en las observaciones 4, 7, Ing. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA, Ex Proyectista, en las observaciones 5,6, MORDAZA Colichon MORDAZA, ex Inspector de Obras, en la observacion 5, Elar MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura, en las observaciones 6, 10, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex jefe de la Oficina de Estudios, en las observaciones 6, 8, Helka MORDAZA Aspiazu, ex jefa de la Oficina de Estudios, en la observacion 6, Freddy MORDAZA MORDAZA, Gerente de Obras e Infraestructura, en la observacion 7, MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Subgerente de Obras, en la observacion 7, MORDAZA Portillo Jange, ex Supervisor de la Obra "Construccion Pavimentacion y Alcantarillado MORDAZA Amazonas", en la observacion 7, MORDAZA MORDAZA Da Costa Freyre, ex Inspector, en la observacion 9, MORDAZA La Torraca MORDAZA, ex Gerente de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura, en la observacion 10, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Sub Gerente de Obras y Ornato, en la observacion 10, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Obras, en la observacion 10; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos - Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Maynas, ha determinado que los funcionarios y ex funcionarios comprendidos en las observaciones de los acotados informes, han incumplido sus obligaciones establecidas en los Incisos a), b) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 y los Articulos 126º, 127º y 129º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, por lo tanto han incurrido en faltas de caracter Disciplinarias, contempladas como tal en los incisos a) y d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276.- Consecuentemente son pasibles de MORDAZA administrativo - disciplinario;

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