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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326900El Peruano sábado 26 de agosto de 2006 Vistos, la Nota No. 58-2006-MIMDES-OGPP del Director General de la Oficina General de Planificación yPresupuesto y el Informe No. 131-2006/MIMDES-OGPP-OP , de la Jefa de la Oficina de Planificación del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social- MIMDES, establece en su artículo 7, numeral 7.1, que el Ministro como Titular de Sector y de su respectivo Pliego Presupuestal fija los objetivos del Ministerio,aprueba los planes de actuación y asigna los recursosnecesarios para su ejecución, dentro de los límites delas asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece en su artículo 71, numeral 71.1, que las entidades, para la elaboración de sus Planes OperativosInstitucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomaren cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debeser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional(PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC),según sea el caso; Que, mediante Resolución Directoral No. 003-2003-EF- 68.01, se aprobó la Directiva No. 002-2003-EF/68.01“Directiva para la Reformulación de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales para el período 2004 - 2006”, la cual establece las pautas metodológicas para la reformulaciónde los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM)para el período 2004-2006; Que, asimismo, la Programación Estratégica Multianual es una herramienta para priorizar objetivos y orientar la asignación de los recursos al cumplimiento de las funciones primordiales del Estado; Que, el Sector Mujer y Desarrollo Social, es el rector en los campos de las políticas sociales dirigidas a lograr laigualdad de oportunidades para las personas y el desarrollohumano y social, su prioridad está dirigida a la atención integral de la población más vulnerable que vive en grave riesgo social, víctimas de violencia y pobreza, así como dela promoción permanente de la igualdad de oportunidadespara las personas sin ningún tipo de exclusión; Que, mediante los documentos de vistos, la Oficina General de Planificación y Presupuesto del MIMDES, remite el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2007- 2010, correspondiente al Sector Mujer y DesarrolloSocial, señalando que ha sido elaborado con la participación de todas las Unidades Ejecutoras delPliego MIMDES, así como del Pliego CONADIS,tomando en cuenta que en el período 2007-2010, continuará la transferencias de los programas y proyectos, y se pasará a una función netamenterectora, promotora del mejoramiento de capacidades,proveedora de asistencia técnica y de monitoreo yevaluación del gasto social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en la Ley No. 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, enel Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado porDecreto Supremo No. 011-2004-MIMDES, en la Directiva No. 002-2003-EF/68.01 “Directiva para la Reformulación de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales parael período 2004 - 2006”, aprobada por ResoluciónDirectoral No. 003-2003-EF-68.01; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el “Plan Estratégico Sectorial Multianual 2007-2010 del Sector Mujer y Desarrollo Social”, que en anexo forma parte integrante de la presenteResolución. Artículo 2°.- La Oficina de Planificación de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, es el órganoencargado de efectuar el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Sectorial Multianual, aprobado por la presente Resolución. Artículo 3°.- Los responsables de las Unidades Ejecutoras y Unidades Orgánicas de Unidad Ejecutora 001: AdministraciónNivel Central, del Pliego MIMDES, así como el Pliego CONADIS, deberán remitir a la Oficina de Planificación de la Oficina Generalde Planificación y Presupuesto, los informes semestrales yanuales de ejecución de metas, para que en aplicación de lasDirectivas nacionales vigentes, la Oficina de Planificaciónmencionada proceda a elaborar los informes de evaluación de desempeño sectorial. Artículo 4°.- El “Plan Estratégico Sectorial Multianual 2007 - 2010 del Sector Mujer y Desarrollo Social”, materiade la presente resolución podrá ser modificado sobre labase de los resultados del respectivo monitoreo yevaluación, a propuesta de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del MIMDES. Artículo 5°.- Disponer que la presente Resolución se publique en la en la Página Web de la Entidad:www.mimdes.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 01402-4 PRODUCE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 215-2006-PRODUCE Mediante Oficio Nº 1260-2006-PRODUCE/GG, el Ministerio de la Producción solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Ministerial Nº 215-2006-PRODUCE,publicada en la edición del día 24 de agosto de 2006. En el Artículo 2º.- Conformación DICE: "En representación del Sector Privado:- Un representante de la Asociación de Armadores Pesqueros de Chimbote;" DEBE DECIR:"En representación del Sector Privado: - Un representante de la Asociación Peruana de Armadores Pesqueros de Chimbote;" 01486-1 RELACIONES EXTERIORES /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F /G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G79/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G71/G75/G65 /G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G73/G75/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G20/G65/G6C/G20/G41/G43/G45/G20/G4E/GBA/G20/G33/G38/G2C/G20/G73/G75/G73/G41/G6E/G65/G78/G6F/G73/G2C/G20/G41/G70/GE9/G6E/G64/G69/G63/G65/G73/G2C/G20/G50/G72/G6F/G74/G6F/G63/G6F/G6C/G6F/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G6D/GE1/G73 /G69/G6E/G73/G74/G72/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G68/G61/G79/G61/G6E/G20/G73/G69/G64/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G61/G20/G73/G75 /G61/G6D/G70/G61/G72/G6F/G2E/G20/G41/G43/G55/G45/G52/G44/G4F/G20/G44/G45/G20/G4C/G49/G42/G52/G45/G20/G43/G4F/G4D/G45/G52/G43/G49/G4F/G50/G45/G52/GDA/G2D/G43/G48/G49/G4C/G45/G22 DECRETO SUPREMO Nº 057-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo de Libre Comercio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno dela República de Chile, que modifica y sustituye elACE Nº 38, sus Anexos, Apéndices, Protocolos y demás instrumentos que hayan sido suscritos a su