Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2006 (26/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano sabado 26 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

326917

CONSIDERANDO: Que por Resolucion de Fiscalia de la Nacion Nº 8612006-MP-FN, de fecha 7 de MORDAZA de 2006, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto contra la Resolucion de Fiscalia de la Nacion Nº 6162006-MP-FN, de fecha 30 de MORDAZA de 2006; Que sobre la materia objeto de la Resolucion de Fiscalia de la Nacion Nº 616-2006-MP-FN, no tiene competencia otro organo respecto del cual la Fiscalia de la Nacion se encuentre en relacion de dependencia administrativa; Que de acuerdo con lo regulado por el articulo 209º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, solo procede el recurso de apelacion cuando la resolucion impugnada puede ser revisada por un organo jerarquicamente superior; Que no siendo una resolucion revisable por instancia administrativa superior, no procede recurso de apelacion contra lo resuelto por la Resolucion de Fiscalia de la Nacion Nº 861-2006-MP-FN, resolucion con la cual, conforme lo dispone el numeral a) del articulo 218.2 de la MORDAZA mencionada Ley del Procedimiento Administrativo General, ha quedado agotada la via administrativa; Por estas consideraciones y de conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelacion interpuesto por el Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Suprema Titular Fiscalia Suprema en lo Civil Encargada de la Fiscalia de la Nacion 01410-3

SBS
Autorizan viaje de funcionarios a EE.UU. y Panama, en comision de servicios
RESOLUCION SBS Nº 1097-2006 MORDAZA, 23 de agosto de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, en virtud del numeral 13 del articulo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, el cual establece que la supervision consolidada de los conglomerados financieros o mixtos constituye una forma de atenuar los riesgos para el ahorrista, se viene realizando una supervision conglomerada al Banco de Credito del Peru; Que, en tal sentido, en el MORDAZA del Programa de Fortalecimiento de la Supervision y Regulacion Bancaria que viene realizando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, se han realizado las coordinaciones necesarias con la Oficina de Instituciones Financieras del Departamento de Banca del Estado de MORDAZA, a fin de que representantes de esta entidad supervisora realicen una visita de inspeccion al Banco de Credito del Peru, Sucursal Miami, la misma que se llevara a cabo del 28 de agosto al 1 de setiembre de 2006 en la MORDAZA de Miami - MORDAZA, Estados Unidos de America;

Que, de igual forma, y de conformidad con el convenio denominado "Acuerdo para la Supervision Consolidada celebrado entre esta Superintendencia y la Superintendencia de Bancos de la Republica de Panama", se han realizado coordinaciones con la citada entidad y la Autoridad Monetaria de las Islas Caiman, a fin de que representantes de esta entidad supervisora realicen una visita de inspeccion al Banco de Credito del Peru, Sucursal Panama y al Atlantic Security Bank, las mismas que se llevaran a cabo del 4 al 8 de setiembre de 2006 en la MORDAZA de Panama, Republica de Panama; Que, el principal objetivo de las citadas visitas de inspeccion, estara centrado en la evaluacion de riesgos de credito, riesgos de MORDAZA y de aspectos de control interno, el sistema de prevencion de MORDAZA de activos; asi como, en la revision del grado de implementacion de las principales recomendaciones del organismo supervisor correspondiente, de los auditores internos y externos; y, de las recomendaciones efectuadas por esta Superintendencia en las Visitas realizadas a las citadas entidades en el ano 2005; Que, la Superintendencia de Bancos de la Republica de Panama, la Autoridad Monetaria de las Islas Caiman y la Oficina de Instituciones Financieras del Departamento de Banca del Estado de MORDAZA, respectivamente, han otorgado su no objecion a la realizacion de las mencionadas visitas, las mismas que contaran con la participacion de funcionarios de las citadas entidades; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-07, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2006, estableciendo en el numeral 4.1.1., que se autorizaran viajes al exterior unicamente para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones oficiales que comprometan la presencia indispensable de funcionarios de la Superintendencia, como el presente caso; Que, por ser de interes para la institucion, se ha considerado conveniente designar a la senorita MORDAZA Zaldivar MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pinas, Supervisoras de Banca del Departamento de Evaluacion Bancaria "A" de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, y al senor MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, Analista del Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que en representacion de esta Superintendencia integren el equipo de trabajo que llevara a cabo las citadas Visitas; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2006; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2005, Nº SBS-DIR-ADM-085-07; y, RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA Zaldivar Terr y , Super visor de Banca del Departamento de Evaluacion Bancaria "A" y del senor MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, Analista del Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones del 27 de agosto al 2 de setiembre de 2006 a la MORDAZA de Miami - MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA y del 3 al 9 de setiembre a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama y de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pinas, Supervisor de Banca del Departamento de Evaluacion Bancaria "A" del 3 al 9 de setiembre a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su

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