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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 31 de agosto de 2006 327165REPUBLICADELPERU - Situación de la vivienda. - Participación en Organizaciones Funcionales (Vaso de Leche, Comedores y Clubes de Madres). - Situación de Salud Familiar.- Número de dependientes a su cargo, aptos para el trabajo y/o en edad escolar. Con su informe remitirá el expediente al Secretario de la Comisión Técnica Evaluadora. d) El Secretario de la Comisión Técnica Evaluadora, verificará si el expediente que se le remite cumple con los requisitos y formalidades señalados en el artículo 3º del presente Reglamento y luego de lo cual emitirá informerespecto a la procedencia o improcedencia de lo solicitado por el recurrente; seguidamente, lo alcanzará, acompañado de la documentación que lo sustenta, alpleno de la misma Comisión, para su evaluación. e) Reunidos los miembros de la Comisión, con el informe de Servicios Social y del Secretario Técnico, seprocederá a determinar la PROCEDENCIA o IMPROCEDENCIA del pedido, formulado por el administrado. El Presidente, tendrá el voto dirimente, encaso de empate, ninguno de los miembros, puede abstenerse de votar o hacerlo en blanco. f) La Comisión Técnica Evaluadora, se reunirá previa convocatoria de su Presidente, todos los primeros miércoles de cada mes, a efectos de iniciar la calificación de los expedientes, la misma que deberá culminar, conla publicación de los resultados en la Gerencia de Promoción y Bienestar Social. De ser el caso necesario, la Comisión, podrá solicitar a las diferentes áreas de laMunicipalidad, para que dentro de tres (3) días hábiles, emitan opinión respecto a los servicios ofrecidos por los solicitantes, bajo responsabilidad. TÍTULO III DE LA PROCEDENCIA E IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD Artículo 5º.- a) Con el informe de PROCEDENCIA del pedido, redactado por el Gerente de Asesoría Jurídica, en su calidad de Secretario de la Comisión, el informe social emitido por el asistente social miembro de la Comisión,determinando la situación del administrado, como caso social se remitirá a la Gerencia de Servicios Ambientales o a la que corresponda informar respecto al servicio quese ofrece brindar, los actuados por un plazo de 5 días hábiles para efectos de la valorización del servicio respecto de la mano de obra calificada o no calificadasegún corresponda. Debiendo establecerse dicho valor en términos de días, horas y áreas. b) Con los tres informes mencionados en el literal anterior, se emitirá la Resolución de Gerencia de Bienestar y Promoción Social, respecto a la procedencia del pedido. c) El expediente, con su respectiva Resolución de Gerencia, que establece la procedencia del pedido será derivado a las Gerencias pertinentes, en tanto hayanformulado el requerimiento del servicio que presten los administrados. d) La Resolución Gerencial que ordena LA PROCEDENCIA de lo solicitado deberá contener: - Datos completos del solicitante. - Nº de informe por el cual se determina el caso del solicitante como CASO SOCIAL. - El monto total de la deuda. - Valoración de la mano de obra, días, horas, turno y área en que se llevará a cabo el servicio, de resultarprocedente. - Fundamento legal y técnico que ampare lo resuelto. - Otros que la Comisión considere pertinentes. e) Una vez concluido el servicio, y con el informe de conformidad del servicio prestado emitido por el Gerenteo Subgerente del área, se remitirán los actuados a la Gerencia de Administración Tributaria. f) El monto de la deuda acogida, se dará por cancelada con la emisión de la Resolución, que para dichos efectos emita la Gerencia de Administración Tributaria, una vez se haya concluido con brindar el servicio ofrecido; lamisma que se fundamentará en el Certificado de Pago remitido por la Comisión Técnica Evaluadora. En caso el servicio prestado no cubra el cien por ciento de la deuda, la Resolución de cancelación emitida por la Gerencia deAdministración Tributaria, deberá especificar los períodos, años y conceptos, en forma específica respecto de los cuales se dará por cancelada la deuda. Artículo 6º.- En caso de IMPROCEDENCIA se emitirá la Resolución de Gerencia de Promoción yBienestar Social, la misma que contendrá de manera expresa el sustento social y legal de la improcedencia del pedido, sobre el Canje de Deuda Tributaria porServicios. Artículo 7º.- La Resolución de IMPROCEDENCIA deberá: - Contener todos los requisitos establecidos en el artículo 5º Inc. d). - Dejar a salvo el Derecho del Administrado de solicitar el fraccionamiento de la deuda, de conformidad con la Legislación Tributaria vigente. Artículo 8º.- Las Resoluciones Gerenciales de Procedencia o Improcedencia deberán ser notificadasal solicitante en el plazo de cinco días hábiles, desde la fecha de su emisión. TÍTULO IV LA COMISIÓN TÉCNICA Artículo 9º.- La Comisión Evaluadora, de las solicitudes de Canje de Deuda Tributaria por Servicios,estará integrada por cuatro miembros: - Un asistente social con título profesional. - El Gerente de la Oficina de Asesoría Jurídica, quien se desempeñará como Secretario Técnico de la Comisión. - El Gerente de Administración y Finanzas.- El Gerente de Promoción y Bienestar Social, quien presidirá la Comisión (tendrá voto dirimente en el caso de discrepancia). Artículo 10º.- DE LA APROBACIÓN DE ACUERDOS Para la aprobación de la solicitud, deberá contarse por lo menos con el voto conforme de tres de sus miembros. Todo miembro de la Comisión presente en la sesión, deberá emitir un voto, ya sea a favor de la aprobación o en contra, la misma constará en el acta. Artículo 11º.- DE LA PÉRDIDA DEL CANJE Se perderá automáticamente la aprobación de la solicitud del canje, por las siguientes causales. 1.- No brindar los servicios dentro del plazo que, otorga la Comisión Técnica. 2.- Cuando los servicios prestados, no cumplan con las características señaladas en su solicitud de canjesaprobados, o no sean adecuados a las necesidades de la Municipalidad. Artículo 12º.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Si es aprobada la solicitud y realizada la prestación del servicio, la fecha de pago para los efectos de cancelación de la deuda será el de la fecha de concluido el servicio brindado. Segunda.- Un deudor después de haber concluido con el canje inicial, podrá tramitar un nuevo canje de la deuda siempre y cuando tenga saldo pendiente, onuevas deudas determinadas en la Administración Tributaria. Tercera.- Todas las solicitudes, que se encuentren en trámite podrán adecuarse a lo establecido en la presente norma. Cuarta.- Deróguese toda norma que se oponga a la misma, sobre el canje de deudas tributarias por servicios. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 01571-1