Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2006 (03/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

333965

Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal dispensado el Dictamen de la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto, pase a Orden del Dia para su discusion y votacion; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento final; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º, articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA UNANIME de los senores (as) Regidores (as) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ARSILA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA HAMAMOTO MIYASATO, MORDAZA MORDAZA REBATTA, MORDAZA LARENAS DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la dispensa de lectura y aprobacion del acta se aprobo: ORDENANZA BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA RESPECTO A LOS ARBITRIOS DE LOS ANOS 2003, 2004 Y 2005 Articulo Primero.- Otorguese en el distrito de La MORDAZA un Beneficio de Regularizacion Tributaria respecto a los arbitrios municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los anos 2003, 2004 y 2005. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que tengan deudas pendientes podran acogerse al descuento del 25% por pago al contado de la deuda total, o por cancelacion de cada ejercicio adeudado, quedando excluidos de este beneficio los mencionados en los Arts. 5º y 6º de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Los pensionistas que adeudaran Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los anos 2003 y/o 2004 y/o 2005, y que en dichos anos se encontraban gozando del beneficio que estipula el Art. 19º del T.U.O. de la Ley de Tributacion Municipal, y que hayan, declarado exclusivamente un predio con uso MORDAZA habitacion, tendran un descuento del 50% sobre los arbitrios senalados, a los que se refiere la Ordenanza Nº 015-2006-MDLP. Articulo Cuarto.- Los propietarios de los predios que hayan declarado MORDAZA - habitacion y un comercio o servicio y que adeuden arbitrios de los anos 2003 y/o 2004 y/o 2005, y que ademas MORDAZA conducidos personalmente por el dueno de los mismos, tendran la opcion de pagar unicamente la tasa de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo mas alta, suprimiendose la de menor monto, siempre y cuando su cancelacion se efectue dentro del termino de vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Los contribuyentes que tuvieran deudas por arbitrios municipales de los anos 2003 y/o 2004 y/o 2005, que hayan declarado propiedades con uso de estacionamiento, cochera, deposito, aires, tendal o azotea y que MORDAZA de uso exclusivo del titular, no pagaran arbitrios municipales por Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo por los usos senalados. Articulo Sexto.- Los Beneficios indicados se otorgaran sobre el monto insoluto de la tasa de cada uno de los arbitrios municipales. Articulo Setimo.- Suprimase el cobro de los gastos administrativos de los arbitrios de los anos 2003, 2004 y 2005. Articulo Octavo.- Para efectos de lo dispuesto en los articulos MORDAZA, Tercero y MORDAZA de la presente Ordenanza, el termino de vigencia para los beneficios otorgados, sera hasta el 29 de diciembre de 2006. Articulo Noveno.- La presente Ordenanza regira a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Decimo.- Encargar su cumplimiento a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion y Subgerencia de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6395-1

Otorgan Beneficio de Regularizacion Tributaria por concepto de Impuesto Predial e incluyen en el beneficio a deudas por Arbitrios correspondientes al ano 2006
ORDENANZA Nº 028-2006-MDLP La MORDAZA, 30 de noviembre del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de noviembre del 2006, la Mocion de Orden del Dia presentada por la senora Regidora MORDAZA Larenas de MORDAZA, sobre el Proyecto de Ordenanza de Beneficio de Regularizacion Tributaria, INFORME Nº 505-2006SGCyR-GAT/MDLP emitido por la Subgerencia de Control y Recaudacion, INFORME Nº 168-2006 GAT/MDLP emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, MEMORANDUM Nº 2020-2006-GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal, INFORME Nº 332-2006-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, INFORME Nº 164-2006-GM/MDLP emitido por la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 194º reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, asi mismo se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, la que se ejerce mediante Ordenanzas; Que, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99EF, "los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos, Licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley"; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 41º del TUO del Codigo Tributario establece que "excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, los intereses y las Sanciones respecto de los tributos que administra"; Que, el Art. 52º del TUO del Codigo Tributario, dispone "que los gobiernos locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepcion los impuestos que la Ley les asigne"; Que, la politica de la actual gestion municipal, esta orientada a velar por el saneamiento y actualizacion de los estados de cuenta de sus contribuyentes y responsables, en la linea de fomento del bienestar Distrital, procurando dictar las medidas que permitan la solucion de la problematica planteada, actuando con equidad y tomando en consideracion la situacion economica que se atraviesa a nivel nacional, ofreciendo a nuestros vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por cuanto la presente gestion municipal tiene sentada sus bases en una MORDAZA, humana y eficiente administracion; Que, segun informacion proporcionada por la Subgerencia de Control y Recaudacion con Informe Nº 505-SGCyR-GAT-MDLP, la Base de Datos de Rentas registra saldos por cobrar al 28.11.2006; Que, mediante INFORME Nº 168-2006 GAT/MDLP la Gerencia de Administracion Tributaria presenta el Proyecto de Ordenanza sobre Beneficio de Regularizacion Tributaria; Que, mediante Informe Nº 332-2006-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, opina de acuerdo al articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, es menester se eleve al Concejo Municipal para su aprobacion; Que, mediante INFORME Nº 0164-2006-GM/MDLP la Gerencia Municipal remite al Despacho de Alcaldia, la documentacion MORDAZA senalada, para ser elevado al Pleno del Concejo para su aprobacion;

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